STSJ Comunidad de Madrid 1767/2004, 5 de Noviembre de 2004

PonenteGUSTAVO RAMON LESCURE CEÑAL
ECLIES:TSJM:2004:13733
Número de Recurso1854/2003
Número de Resolución1767/2004
Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA NÚM.

ILTMO. SR. PRESIDENTE:

D. Gustavo Lescure Ceñal

ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. Juan Ignacio Pérez Alférez

Dª. Pilar Maldonado Muñoz

En Madrid, a cinco de Noviembre del año dos mil cuatro.

-------------------------------------Visto el recurso contencioso-administrativo núm. 1854/03 formulado por la Procuradora Dª. Africa Martín Rico en nombre y representación de "U.T.E. LIMPIEZAS ROYCA S.L., MAPEFRA, S.A. Y DUMA, S.A.", contra resolución de la Junta de Contratación Delegada del Cuartel General del Ejército del Aire de 25 de Marzo de 2.003 que desestimó la solicitud de reconocimiento de compensación económica en ejecución de contrato administrativo; habiendo sido parte demandada el MINISTERIO DE DEFENSA representado por Abogado del Estado. La cuantía del recurso se ha fijado en 286.262'07 euros (47.630.001 ptas.).

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida representación de la parte actora promovió el presente recurso contenciosoadministrativo contra la resolución reseñada, y seguido el cauce procesal previsto legalmente, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por su orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y de contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos consignados, suplicaron respectivamente la anulación del acto objeto de impugnación y la desestimación de ésta, en los términos que figuran en aquéllos.

SEGUNDO

Seguido el proceso por los cauces legales, y efectuadas las actuaciones y los trámites que constan en los autos, quedaron éstos pendientes de señalamiento para votación y fallo, que tuvo lugar el día 5 de Noviembre del 2.004.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Gustavo Lescure Ceñal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo trae causa de la resolución de 25.3.03 de la Junta de Contratación Delegada del Cuartel General del Ejército del Aire, del Ministerio de Defensa, que desestimó la solicitud de la "U.T.E. Limpiezas Royca S.L., Mapefra S.A. y Duma S.A." en orden al reconocimiento de cantidad en compensación de gastos por incremento del coste salarial de los trabajadores motivado por la entrada en vigor del nuevo convenio colectivo del correspondiente sector laboral, y cuya pretensión se enmarca en la ejecución del contrato administrativo de "Servicio de Limpieza de diversos UCO's del Ejército del Aire" adjudicado a la parte hoy recurrente.

Tal resolución denegatoria razona sustancialmente "que la modificación de salarios determinada por los nuevos convenios del sector es un suceso contingente pero previsible aún a corto plazo dada su periodicidad y su propia naturaleza, por lo que dicha contingencia no debe ser considerada de fuerza mayor, sino que debe ser incluida en el concepto de riesgo y ventura a cargo del contratista, no dándose por tanto las condiciones previstas en el art. 101 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (Real Decreto...

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