STSJ Comunidad de Madrid 178/2004, 17 de Febrero de 2004

PonenteJOSE FELIX MARTIN CORREDERA
ECLIES:TSJM:2004:1890
Número de Recurso2231/1997
Número de Resolución178/2004
Fecha de Resolución17 de Febrero de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA: 00178/2004

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION PRIMERA

RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2.231/97

ORDINARIO

SENTENCIA NUMERO 178

PRESIDENTE

Don Alfredo Roldán Herrero.

MAGISTRADOS

Doña Clara Martínez de Careaga y García.

Doña Francisca Rosas Carrión.

Doña María Jesús Vegas Torres.

Don José Félix Martín Corredera.

En la Villa de Madrid, a diecisiete de febrero de dos mil cuatro.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 2.231/97 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna el decreto del alcalde presidente del ayuntamiento de Alcalá de Henares, de fecha 4 de julio de 1997, por el que se desestima el recurso interpuesto contra la providencia de apremio dictada para exaccionar las cuotas correspondientes a la Junta de Compensación del Polígono 21-E del Plan General de Ordenación de dicho municipio.

Son partes en dicho recurso: como recurrentes, la compañía mercantil METROPOLITANA COMPLUTENSE, SL, doña María Inés y doña Celestina , representadas por la procuradora doña María Dolores Girón Arjonilla y dirigidas por el letrado don Jesús María Blanco Terán.Como demandado: El Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares, representado por el procurador don José Granda Molero y dirigido por el letrado don Angel Francisco Llamas Jiménez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante el pertinente escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dictara sentencia estimatoria del recurso anulando los actos impugnados en el presente recurso.

SEGUNDO

Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó mediante el correspondiente escrito, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando la desestimación del recurso, y que se declarara la plena adecuación a derecho de los actos administrativos impugnados.

TERCERO

Mediante Auto se acordó el recibimiento del recurso a prueba, llevándose a la practica las pruebas propuestas por las partes declaradas pertinentes, y no estimándose necesaria la celebración de vista pública se confirió traslado a las partes por término de quince días para la formulación de conclusiones y, tras la presentación de los oportunos escritos, se señaló para votación y Fallo el día 12 de febrero de 2004, fecha en que tuvo lugar.

Ha sido ponente el magistrado don José Félix Martín Corredera, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de este recurso contencioso administrativo el decreto del alcalde presidente del ayuntamiento de Alcalá de Henares, de fecha 4 de julio de 1997, por el que se desestima el recurso interpuesto contra la providencia de apremio dictada para exaccionar las cuotas correspondientes a la Junta de Compensación del Polígono 21-E del Plan General de Ordenación de dicho municipio.

Sostiene la parte recurrente que como con anterioridad a que se le notificara la certificación de descubierto y se dictara la providencia de apremio (12 de mayo de 1.997), había pagado a la Junta de Compensación las cantidades...

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