STSJ Comunidad de Madrid 343/2003, 24 de Marzo de 2003
Ponente | ALFREDO ROLDAN HERRERO |
ECLI | ES:TSJM:2003:4694 |
Número de Recurso | 921/2000 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 343/2003 |
Fecha de Resolución | 24 de Marzo de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA N° 343
PRESIDENTE:
D. Alfredo Roldán Herrero
MAGISTRADOS:
Dª. Clara Martínez de Careaga y García
Dª. Fátima Arana Azpitarte
Dª. Francisca Rosas Carrión
Dª. María Jesús Vegas Torres
D. José Félix Martín Corredera
En Madrid, a veinticuatro de marzo de dos mil tres.
Vistos los autos del recurso número 921/00 que ante esta Sala ha promovido la Procuradora Dª. Patrocinio Sánchez Trujillo, en nombre y representación de D. Jose Pedro , sobre seguridad ciudadana. Ha sido parte la ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO representada por el Sr. Abogado del Estado. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Alfredo Roldán Herrero.
Por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso- administrativo mediante escrito presentado en fecha 4-7-00, acordándose su admisión en fecha 18-10-00, con todo lo demás procedente en derecho.
En el momento procesal oportuno la parte actora formalizó demanda mediante escrito presentado en fecha 5-12-00, en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho oportunos, suplicó la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.
El Sr. Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito presentado en fecha 12-1-01, en el cual suplicó la desestimación del recurso.
Recibido el pleito a prueba por auto de fecha 23-1-01, se propuso por la parte actora la documental, admitiéndose con el resultado que obra en autos y en su caso se analizará.
No pedida vista ni conclusiones se señaló para votación y fallo el día 20-3-03, en que tuvo lugar.
Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo resolución de la Dirección General de Política Interior de fecha 7-4-00 que modificando anterior de la Delegación del Gobierno en Madrid de fecha 8-10-99, impuso al recurrente D. Jose Pedro , sanción de multa de 100.000 pts por infracción prevista en el art. 23-a de la LO. 1/92 de 21 de febrero sobre Seguridad Ciudadana.
Los hechos se originaron por denuncia formulada por la Guardia Civil de Valdemoro contra el recurrente en fecha 19-3-99 a las 3 horas en Torrejón de Velasco porque en el paraje Camino de la Fuente de la Teja le fue ocupado un machete (se añade un tiragomas que no ha sido tenido en cuenta en la...
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SJCA nº 2 67/2007, 23 de Febrero de 2007, de Valladolid
...pero no a aquellos datos que no resultan del contenido de la denuncia. En relación con un supuesto similar, puede citarse la STSJ de Madrid de 24 de marzo de 2003 (La Ley Juris 1475929/2003 ), en la que puede leerse: TERCERO.- El art. 23-a de la LO. 1/92 considera infracción grave, entre ot......