STSJ Castilla y León 294/2004, 4 de Mayo de 2004

PonenteMARIA LOURDES FERNANDEZ ARNAIZ
ECLIES:TSJCL:2004:2414
Número de Recurso122/2004
Número de Resolución294/2004
Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2004
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En la ciudad de Burgos, a cuatro de Mayo de dos mil cuatro.

En el recurso de Suplicación número 122/2004 interpuesto por ALLIANZ RAS S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Burgos, en autos número 943/2003 seguidos a instancia de DON Esteban , contra el recurrente, METALIBERICA S.A. LA ESTRELLA SEGUROS, FEDERACION DE EMPRESARIOS DEL METAL EN BURGOS, en reclamación sobre Cantidad. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Doña María Lourdes Fernández Arnaiz, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicita se dicte sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el oportuno juicio oral, se dictó sentencia con fecha 12 de Enero de 2004, cuya parte dispositiva dice: "FALLO.- Que estimando como estimo la demanda interpuesta por Don Esteban contra Allianz Ras S.A. de Seguros y Reaseguros y desestimándola en cuanto formulada contra Metaliberica S.A. La Estrella Seguros y la Federación de Empresarios del Metal de Burgos, a quienes se absuelve, debo condenar y condeno a la primera a que abone al actor la suma de 12.020,24 €."

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes: PRIMERO

.-El demandante, Don Esteban , comenzó su relación laboral con la empresa Metaliberica SA el 2/1/1968 con categoría de oficial de 3ª. SEGUNDO .-Con fecha 28/8/2000 causo baja por IT derivada de enfermedad común, siendo declarado afecto de incapacidad permanente absoluta por resolución del INSS de 16/10/2002 en virtud de dictamen del EVI de 4/10/2002, en el que se estableció el siguiente cuadro clínico residual: incontinencia urinaria tras intervención de prostatectomia radical. D.M. en tratamiento insulinico, con las limitaciones orgánicas y funcionales propias de la incontinencia urinaria. TERCERO .-El art. 36 del Convenio Colectivo provincial para la industria siderometalúrgica, al que esta sometido la empresa, dispone que las empresas afectadas por este Convenio concertarán a favor de sus trabajadores, para los tres años de vigencia del mismo, un seguro de vida, invalidez y muerte con una cobertura de 12.020,24 € por invalidez permanente y absoluta. CUARTO.- Al efecto Metaliberica SA se adhirió a la póliza EF 90.025.200 de seguro colectivo de vida suscrito entre Seguros La Estrella y la Federación de Empresarios del Metal de Burgos, con vigencia entre el 1/1/999 y el 31/12/2001 y que entre los riesgos asegurados incluye la incapacidad profesional total y permanente por un capital de 12.020,24 €, siendo objeto del contrato, según el art. 2.1.b) de las condiciones generales la invalidez absoluta y permanente. Desde el 1/1/2002 tal cobertura es realizada por Allianz Ras SA de Seguros y Reaseguros en virtud de póliza 015262206, de la que es tomador la Federación de Empresarios del Metal de Burgos, con un capital asegurado de 12.020,24 € por incapacidad permanente absoluta derivada de contingencia común. QUINTO.- Con fecha 6/11/2003 se celebro acto de conciliación ante la UMAC en virtud de papeleta de 29/10/2003, que concluyo sin avenencia. SEXTO.- Con fecha 24/11/2003 se interpuso demanda que fue turnada a este Juzgado.

TERCERO

Contra dicha sentencia, interpuso recurso de Suplicación Allianz Ras S.A. de Seguros y Reaseguros siendo impugnado por Metaliberica S.A. y la Estrella Seguros. Elevados los autos a este Tribunal y comunicada a las partes la designación del Ponente, le fueron, a éste, pasados los autos para su examen y resolución por la Sala.CUARTO.- En la resolución del presente recurso se han observado, en sustancia, las prescripciones legales vigentes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.- Acciona el demandante en reclamación de cantidad por Incapacidad Permanente Absoluta derivada de enfermedad común, tras ser afirmada y ratificada la demanda en el acto del juicio, y elevar las partes sus conclusiones a definitivas, el Juez a quo dicta sentencia estimando dicha demanda contra Allianz Ras S.A. de Seguros y Reaseguros a quien condena a abonar el actor 12.020,24 €, desestimandola frente a Metalibérica S.A., La Estrella Seguros y la Federación de Empresarios del Metal de Burgos a quienes absuelve.

Frente a dicha sentencia se alza en suplicación la representación letrada de Allianz Ras S.A. de Seguros y Reaseguros formulando un único motivo al amparo del artículo 191 c) de la Ley de Procedimiento Laboral en el que invoca infracción de la doctrina legal y jurisprudencial, aunque no especifica ninguna en concreto en el encabezamiento del motivo, pero luego a lo largo del mismo cita el artículo 9 de la Constitución y los artículos 1 y 4 de la Ley de Contrato de Seguro.

El único problema sometido a debate en este procedimiento es determinar el momento del hecho causante, a efectos de establecer qué compañía aseguradora debe cubrir la mejora de la prestación por Incapacidad Permanente Absoluta prevista en el artículo 36 del Convenio, si ha de situarse en la fecha en la que el trabajador causa baja por enfermedad común (28-8-2000) o...

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