STSJ Comunidad Valenciana 201/2009, 27 de Enero de 2009

PonenteINMACULADA CONCEPCION LINARES BOSCH
ECLIES:TSJCV:2009:1808
Número de Recurso1596/2008/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución201/2009
Fecha de Resolución27 de Enero de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA Nº 201/2009

En el Recurso de Suplicación núm. 1596/08, interpuesto contra la sentencia de fecha 19 de febrero de 2008, dictada por el Juzgado de lo Social núm. Diecisiete de Valencia, en los autos núm. 78/07, seguidos sobre Minusvalía, a instancia de Dª Amelia asistida por la Letrada Dª María de Sales Pérez Gaspar, contra CONSELLERÍA DE BIENESTAR SOCIAL asistida por el Letrado D. Julián Clavel Padro, y en los que es recurrente la parte demandada, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª Inmaculada Linares Bosch.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 19 de febrero de 2008 , dice en su parte dispositiva: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda deducida por Amelia contra la CONSELLERIA DE BENESTAR SOCIAL debo declarar y declaro que la actora se encuentra afecta de un grado de minusvalía del 59% categoría psíquica, condenando a la Consellería a estar y pasar por esta declaración".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- Solicitado por DÑA Amelia con DNI NUM000 , y nacida el 6-1-1961, el reconocimiento de grado de minusvalía, se tramito el correspondiente expediente administrativo dictándose resolución por la Dirección Territorial de la Consellería de Bienestar Social en fecha 12-9-2005, previo dictamen -propuesta del EVO de 6-9-2005, reconociendo a la parte actora un grado de minusvalía del 56 % del que correspondía un 45% a grado de discapacidad global y 11 puntos a factores sociales complementarios.- El grado de discapacidad global le fue reconocido en función de la patología de Transtorno mental por esquizofrenia paranoide- SEGUNDO.- La actora frente a tal resolución formulo reclamación previa ante la Consellería de Bienestar social en fecha el día 27-2-2006, dictándose resolución por la Dirección Territorial de Bienestar social el dia 20-11-2006 por la que y visto el dictamen técnico emitido por el EVO se estimaba la reclamación previa y se reconocía a la actora un grado de minusvalía del 57% categoría psíquica, desde el28-7-2005, del que correspondía un 45% al grado de discapacidad global por transtorno mental por esquizofrenia residual y 12 puntos por factores sociales complementarios.- Frente a tal resolución se formulo demanda en fecha 31-1-2007 en solicitud de un grado de minusvalía de cuanto menos el 65 %, presentándose por la parte actora en fecha 21-2-2007 ulterior reclamación previa en cuyos hechos se hacia referencia a todos aquellos que constan en el escrito de demanda.- Con fecha 5-6-2007 se suspendió el acto del juicio para que la actora especificara, y conforme al baremo , el grado de minusvalía, que postula lo que verifico mediante escrito de 12-6-2007 en el que se fijaba tal grado en el 59%, capitulo 16,RD 1971/19999 de 23 de diciembre, baremo de enfermedades mentales, apartado 2 dedicado a la esquizofrenia y trastornos paranoides clase IV en grado mínimo de 60% o clase III en grado máximo del 59%.- TERCERO.- En el dictamen psicológico de 10-11-2006 obrante en el expediente administrativo se hace constar y en relacion con la actora: Mujer de 45 años, que refiere presentar apatía, ansiedad ocasional, pobreza de relación social, apragmatismo, cierta autorreferencia, y otros síntomas de carácter residual. Tiene un discurso coherente, ordenado, aunque quejoso. Tiene clara conciencia de enfermedad. Parece ser que los primeros síntomas aparecen hacia los 21 años, en forma de delirios de perjuicio, agitación, inquietud, rompía fotos, obsesión por los temas religiosos y otras conductas absurdas. La ingresaron entonces en el Clínico. Ha estado ingresada unas siete veces, si bien las últimas, el año pasado, de solo dos o tres días y por iniciativa propia. El cuadro ha ido evolucionando en forma de crisis, si bien no claramente con síntomas activos predominantes, Sigue cierto patrón estacional, centrado en el otoño y primavera. Se dedica a cuidar de su casa y de un hermano esquizofrénico. Ha estado siempre cuidando a los padres (ya murieron). Hace mucho que no trabaja fuera de casa. Tiene amigas, pero están todas casadas y las ve poco. Está siendo medicada en salud mental de zona con un neuroléptico oral y otro depot, un tranquilizante y un antiparkinsoniano. Aporta informe del mencionado centro en el que diagnostican una esquizofrenia desorganizada. En otros informes figura como residual lo que me parece más apropiado.- La actora presenta el siguiente cuadro clínico...

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