STSJ Cantabria 742/2007, 1 de Octubre de 2007

PonenteRAFAEL LOSADA ARMADA
ECLIES:TSJCANT:2007:1473
Número de Recurso72/2007
Número de Resolución742/2007
Fecha de Resolución 1 de Octubre de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA: 00742/2007

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SENTENCIA

Iltma. Sra. Presidenta:

Doña María Teresa Marijuán Arias

Iltmos. Sres. Magistrados:

Doña María Josefa Artaza Bilbao

Don Rafael Losada Armadá

En la ciudad de Santander, a uno de octubre de dos mil siete.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso de apelación nº 72/2007 contra el auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº 1 de Santander de 27 de octubre de 2006, formulado por GOBIERNO DE CANTABRIA representado y defendido por el letrado de los servicios jurídicos, siendo parte apelada DON Francisco , representado por la procuradora doña Begoña Peña Revilla y defendido por el letrado don Emilio San Martín de Hoz.

Es ponente el Ilmo. Sr. magistrado don Rafael Losada Armadá quien expresa el parecer de la sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso de apelación se formuló el día 28 de noviembre de 2006 contra el auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Santander de 27 de octubre de 2006 , que en su parte dispositiva establece: "Denegar la autorización de entrada en la vivienda y explotación agraria sita en Puente Espina nº 1 de Viérnoles (Torrelavega) a fin de poder llevar a efecto el acta de ocupación de la indicada finca que ha sido objeto de expropiación".

SEGUNDO

Del recurso de apelación se dio traslado a la contraparte que formuló oposición al mismo y solicitó de la sala su desestimación y la confirmación del auto apelado.TERCERO.- En fecha 7 de marzo de 2007 se elevaron las actuaciones a esta sala y tras la denegación por auto de 14 de marzo de 2007 del recibimiento a prueba, se declaró el recurso concluso para sentencia, señalándose para la votación y fallo el día 12 de julio de 2007 en que se deliberó, votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se formula el presente recurso de apelación contra el auto de 27 de octubre de 2006 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Santander que deniega la autorización de entrada administrativa solicitada por el Gobierno de Cantabria a fin de llevar a efecto el acta de ocupación de la finca expropiada con el consiguiente desahucio y lanzamiento de la vivienda y explotación agraria de Puente Espina nº 1 de Viérnoles (Torrelavega).

SEGUNDO

El auto apelado considera que el acto administrativo objeto de ejecución para el que se pide la autorización de entrada administrativa es la ocupación de la finca por el beneficiario de la expropiación una vez hecho efectivo el justiprecio mediante la correspondiente consignación.

Este auto justifica la denegación de la entrada administrativa en la pendencia del recurso de alzada contra la denegación del realojo resuelta por el Director General de Industria de 30 de junio de 2006, en el que se solicita la suspensión de la ocupación de la finca sin que conste la resolución de dicho recurso de alzada.

TERCERO

La parte apelante fundamenta su recurso de apelación en los siguientes motivos:

  1. Que el recurso de alzada contra la resolución del Director General de Industria de 30 de junio de 2006 que desestima las solicitudes de realojo no constituye propiamente el acto administrativo que se pretende ejecutar que es el acta de ocupación de la finca expropiada por lo que la suspensión solicitada afecta a la denegación del realojo pero no a la ocupación del inmueble.

  2. Consecuentemente, la potencial estimación del recurso de alzada sobre el desalojo no impide la efectiva ocupación del inmueble expropiado ni afecta a su eficacia.

  3. Además, se aporta resolución del Consejero de Industria, Trabajo y Desarrollo...

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