STSJ Comunidad Valenciana 2997/2006, 6 de Octubre de 2006

PonenteMARIA MONTES CEBRIAN
ECLIES:TSJCV:2006:6562
Número de Recurso851/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2997/2006
Fecha de Resolución 6 de Octubre de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA Nº 2997/2006

En el Recurso de Suplicación núm. 851/2006, interpuesto contra la sentencia de fecha 27/10/2005, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 13 de Valencia, en los autos núm. 900/04, seguidos sobre RECONOCIMIENTO DE DERECHO, a instancia de D. Romeo , asistido del Letrado D. Francisco Soler Pérez, contra BAYER CROPSCCIENCE S.L., representada por el Letrado D. Enrique Mora Rubio, e INDUSTRIAS QUÍMICAS DEL VALLES S.A. representada por el Letrado D. Rubén Doctor Sánchez-Migallón , y en los que es recurrente la parte actora, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª María Montés Cebrian.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 27/10/2005 , dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que desestimado las excepciones opuestas por las demandadas; debo desestimar y desestimo la demanda formulada por Don Romeo , contra las empresa BAYER CROPSCIENCE, S.L. e INDUSTRIAS QUÍMICAS DEL VALLÉS, S.A. (IQV), absolviendo a éstas de las pretensiones deducidas en su contra.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "Primero.- El demandante D. Romeo , ha venido prestando servicios laborales para la demandada Bayer Cropscience, S.L. (En lo sucesivo Bayer), con Centro de Trabajo en Cheste (Valencia), dedicada a la fabricación de productos fitosanitarios, desde el 21/12/1989, con categoría profesional de Ayte.Esp.Ind., percibiendo salario de 2.127,81 euros mensuales, con prorrata de pagas extraordinarias.- Segundo.- La empresa Bayer tenía tres centros de trabajo en la provincia de Valencia: Cheste, Quart de Poblet y Alcacer; además de los de Barcelona y Brenes (Barcelona).- En el centro de Cheste prestaban servicio 84 trabajadores, habiéndose celebrado elecciones sindicales en febrero de 2002, estando compuesto el Comité de Empresa por 9 miembros, entre ellos el aquí demandante Sr. Romeo , cuyo mandato finalizaría en el año 2006.- La distancia entre los centros de Cheste y de Quart no supera los 15 kms.- Tercero.- 1.Ya en el año 2003, la empresa Bayer había comunicado a los trabajadores que iba a proceder a la venta del centro de Cheste a la codemandada Industrias Químicas del Vallés, S.A. (En lo sucesivo IQV), que se haría cargo delcentro con toda su estructura, excepto la de personal que lo sería de forma parcial; habiendo decidido Bayer concentrar en la planta de Quart todas las actividades de producción y logística a partir del año 2004; para lo que iniciaría los contactos con la Plataforma Social al objeto de acordar los planes de integración de las plantillas existentes y, como consecuencia, el proceso de racionalización necesario (Doc. 1 a 3 demandada Bayer)..- 2.El 18/05/2004 se levanta acta de la reunión celebrada entre Bayer y la Plataforma Social para la racionalización de la producción, en la que el representante de la empresa informó sobre la organización resultante en la empresa de perfeccionarse la operación de venta a la empresa IQV: La fábrica de Quart pasaría de tener 71 a 105 trabajadores; la de Cheste seguiría con 31 trabajadores que pasarían a IQV; 2 trabajadores pasarían al centro de Alcacer; y 16 trabajadores cesarían en la empresa. A preguntas de los trabajadores sobre la posibilidad de dejar a su libre elección seguir en Cheste, cambiar de centro o cesar en la empresa, se informó por la empresa de la imposibilidad de esta propuesta, con independencia de comprometerse a estudiar algún cambio, como excepción.(Doc.4 actora). En esta reunión se facilitó a la representación de los trabajadores copia de los organigramas. (Doc. 4 demandada).- 3.El 25/05/2004 se celebra nueva reunión entre la Empresa Bayer y la Plataforma, uniéndose al acta las relaciones de personal que permanecía en Cheste (IQV), los que pasarían a Quart y los dos que irían a Alcacer; relaciones y acta firmadas por los asistentes. Entre el personal que pasaría a Quart se encontraba el aquí demandante y los demás miembros del Comité de Empresa elegidos en el 2002. En esta reunión estuvieron presentes, con voz pero sin voto, tres miembros del Comité de Empresa de Cheste, entre ellos el demandante Sr. Romeo , debatiéndose sobre el personal relacionado y los traslados en los términos que consta. (Doc. 5 actora). Se unió también al acta de la reunión la relación de personal que salía de la empresa, los beneficios incluidos en la compensación y la propuesta de Bayer para el traspaso de empleados a IQV. (Doc.5 demandada Bayer).- 4.El 28/05/2004 tiene lugar nueva reunión de la empresa y la plataforma con presencia de los tres miembros del Comité de Cheste citados, tratándose del traslado del personal del Centro de Cheste; planteándose por la Plataforma el resultado de su reunión con los afectados por el pase a IQV en la que por unanimidad se aceptó la legitimación de la citada plataforma para negociar (Doc. 6 demandada Bayer). En la reunión de 3/06/2004 la Plataforma Social informó del resultado de la Asamblea con los afectados por el pase a IQV en la que se aceptó por unanimidad la legitimación de la plataforma para negociar (Doc.7 Bayer). En la reunión de 16/06/2004, Bayer informó de la necesidad de recabar la firma individualizada de cada trabajador afectado, comunicando que pasaría a la firma el documento de acuerdo personal de novación contractual a los afectados, informando a la plataforma del resultado de las reuniones particulares, finalizando la reunión, pendiente de los acuerdos individuales entre la empresa y los trabajadores afectados (Doc. 8 Bayer).- 5.el 10/11/2004 se celebra nueva reunión entre Bayer y Plataforma Social, informando aquella sobre las negociaciones con IQV y los trabajadores afectados, adjuntándose la lista definitiva de empleados trasferidos a IQV, con la única excepción de un trabajador que tenía planteada demanda. En la reunión se acordó dar por definitivos los traslados de los trabajadores al centro de Quart de Poblet y Alcacer, finalizando las funciones de la mesa creada al efecto el 27/03/03, manteniéndose las funciones de la Comisión de Seguimiento hasta la vigencia del acuerdo firmado el 8/07/2003, finalizando el 31/12/2005. (Doc.9 Bayer).- Cuarto.- El 4 de junio de 2004, la empresa Bayer dirigió escrito al demandante Sr. Romeo en la que le comunicaba que debido a la venta de la planta de Cheste a IQV y de acuerdo con las negociaciones en curso con la Plataforma Bayer, prestaría sus servicios laborales en el Departamento de Producción de la planta de Quart a partir del 14 de junio de 2004, confirmándole que mantenía los mismos derechos y obligaciones adquiridos hasta la fecha siendo el GP3 su grupo profesional dentro del Convenio General de la Industria Química.(Doc.9 actora).- El 11 de junio de 2004 , el Sr, Romeo remite carta a Bayer en la que le comunica que en su condición de representante de los trabajadores y de conformidad con lo previsto en los artículos 40 y 41 del Estatuto de los Trabajadores , solicitaba permanecer en el centro de Cheste en el que venía prestando trabajo (Doc.10 actora. No consta que la empresa Bayer contestara a este escrito.- El 3/09/2004 la empresa Bayer remitió al Sr, Romeo carta de contenido similar al de la de 4 de junio, fijando la fecha de 3 de octubre de 2004 como la de su incorporación al cebntro de Quart (Doc. 13 actora). El demandante contestó a Bayer que acataba la orden y se incorporaría a Quart, sin perjuicio de poder reclamar el derecho a permanecer en Cheste que le asistía como delegado de personal y delegado de prevención de dicho centro de trabajo.(Doc. 14 actora).- Quinto.- La empresa Bayer firmó con cada uno de los trabajadores afectados por la compra de su centro de trabajo de Cheste, un Pacto Novatorio de Condiciones Laborales, recogiendo las condiciones que regirían desde el momento en que se produjera la sucesión empresarial que operaría de conformidad con el artículo 44 del ET, con arreglo a las condiciones pactadas.(Doc. 16 actora). El pacto novatorio fue firmado por todos los trabajadores afectados, con la excepción del aquí demandante Sr. Romeo .- Los trabajadores que integraban el Comité de Empresa de la empresa Bayer en Cheste y que pasaron al centro de Quart no presentaron reclamación alguna, con la excepción del aquí demandante.- Uno de los trabajadores, Sr. Darío , previsto en la lista de Quart, pasó a Cheste (Doc.15...

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