STSJ Andalucía , 30 de Octubre de 2008

PonenteRAFAEL SANCHEZ JIMENEZ
ECLIES:TSJAND:2008:11792
Número de Recurso570/2002/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Octubre de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

Dña. María López Luna Secretaria de la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de

Andalucía

CERTIFICO: que en el recurso de que se hará expresión se ha dictado por la Sala siguiente

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA.

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN SEVILLA.

SECCIÓN TERCERA

REGISTRO NÚMERO 570/02

SENTENCIA

Iltmos. Sres. Magistrados

Don Joaquín Sánchez Ugena

Don Eloy Méndez Rodríguez

Don Rafael Sánchez Jiménez (Ponente)

En la ciudad de Sevilla, a 30 de octubre de 2008.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ha visto el recurso tramitado en el registro de esta Sección Tercera al N° 570/02 interpuesto por ASAJA (Huelva), contra la Resolución de 25 de marzo de 2002 de Clasificación de las Vías Pecuarias del Término Municipal de Valdelarco (Huelva) expediente VP 1670/01, de la Consejería de Medio Ambiente, siendo parte demandada dicha Consejería, turnándose la ponencia al Ilmo. Sr. D. Rafael Sánchez Jiménez, que expresa el parecer de la Sala,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Dentro de legal plazo, se presentó ante esta Sala escrito de interposición de recurso contencioso-administrativo, acompañando los documentos y copias exigidos por el artículo 45 LJCA.

SEGUNDO

Verificada la concurrencia de los requisitos legalmente prevenidos y remitido por la Administración el expediente administrativo interesado junto con justificación de haberse practicados los emplazamientos previstos en el artículo 49 de la ley procesal contenciosa, se acordó entrega al recurrente para deducción de demanda en el plazo de 20 días. Presentada la misma, se dio traslado a las partes demandadas para contestación en idéntico plazo.

TERCERO

En los presentes autos se ha acordado el recibimiento del procedimiento a prueba, y se siguió con el legal trámite. En la tramitación de este recurso se han cumplido los trámites legales, salvo determinados plazos procesales debido al cúmulo de asuntos que pesa sobre esta Sección.

CUARTO

Señalada votación y FALLO, ésta se celebró el día de ayer, siendo el presente recurso efectivamente deliberado, votado y fallado con el resultado que a continuación se expone.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso la Resolución de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, dictada con fecha 25 de marzo de 2002 en el expediente VP 1670/01, que aprobó la clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Valdelarco (Huelva).

La actora alega en síntesis, como fundamento de su pretensión, la caducidad del expediente, la falta de notificación personal del mismo a todos los afectados con la consiguiente vulneración del derecho de propiedad al acceder a las fincas sin autorización de estos, y la falta de toda base documental para la clasificación, lo cual, según razona, constituye la infracción de normas esenciales del procedimiento lo que produce, por tanto, la nulidad del mismo.

SEGUNDO

Planteado el recurso en los precedentes términos, procede examinar en primer lugar la causa de...

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