STSJ Comunidad de Madrid 455/1998, 29 de Abril de 1998

PonenteENRIQUE CALDERON DE LA IGLESIA
Número de Recurso1092/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución455/1998
Fecha de Resolución29 de Abril de 1998
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA N° 455

Presidente Iltmo. Sr. Enrique Calderón de la Iglesia

Magistrados Ilmos. Sres.

D° Juan Ignacio González Escribano

Dª Mª Antonia de la Peña Elías

En Madrid, a veintinueve de abril de mil novecientos noventa y ocho.

Visto por la Sala del margen el recurso N° 1092 de 1996 interpuesto por la Procuradora doña Valentina López Valero en representación de la entidad SOCIEDAD ANÓNIMA DE CONSTRUCCIONES REUNIDAS SANAHUJA (SACRESA), contra el acuerdo del AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN de 12 de marzo de 1996 desestimatorio del recurso formulado contra liquidación de la Tasa de Obras N° 136-A/94; habiendo sido parte el Ayuntamiento de Alcorcón representado por el Procurador Sr. Granda Molero.

La cuantía del recurso es de 17.935.419 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrita presentado en fecha 21 de junio de 1996 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos, ordenando al Ayuntamiento demandado la práctica de otra nueva liquidación sobre fundamentos válidos legalmente en sustitución de la recurrida, como abono de gastos derivados del mantenimiento del aval desde que fue prestado.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda medianteescrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

Recibido el pleito a prueba, se practicaron las que obran unidas a autos.

CUARTO

Dado traslado a las partes por su orden para conclusiones, las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

QUINTO

Con fecha 28 de abril de 1998 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. Enrique Calderón de la Iglesia.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en este recurso la liquidación tributaria practicada por el Ayuntamiento de Alcorcón, en concepto de tasa por licencias urbanísticas; con motivo de la solicitud de licencia de obras, por la demandante para la construcción de un edificio en la parcela C-1.8 del Proyecto de Compensación de San basé de Valderas, en Alcorcón. La demandante fundamenta la impugnación de dicha liquidación en dos motivos: primero, en que a su juicio se ha vulnerado el art. 24 de la Ley 39/88 Reguladora de las Haciendas Locales, en relación con el contenido del los artículos 20.1 y 25, y según la interpretación jurisprudencial que cita porque no existe un informe o estudio técnico financiero previo, ya que los documentos aportados en el expediente no pueden considerarse como tal informe técnico económico; y como segundo motivo de impugnación se alega la indebida inclusión en la base imponible de la tasa girada el importe del Estudio de Seguridad...

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