STSJ Comunidad de Madrid 1004/2008, 3 de Noviembre de 2008

PonenteGUSTAVO RAMON LESCURE CEÑAL
ECLIES:TSJM:2008:20471
Número de Recurso1934/2005
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución1004/2008
Fecha de Resolución 3 de Noviembre de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 01004/2008

Recurso nº 1934/05

Ponente Sr. Gustavo Lescure Ceñal

Recurrente: Proc. Dª. Mª Paz Martín Martín (de D. Augusto )

Parte demandada: Letrado de la Comunidad de Madrid

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

_______________

SENTENCIA NÚM. 1004.

ILTMO. SR. PRESIDENTE:

D. Gustavo Lescure Ceñal

ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. Juan Ignacio Pérez Alférez

Dª. Pilar Maldonado Muñoz

En Madrid, a tres de Noviembre del año dos mil ocho.

Visto el recurso contencioso-administrativo núm. 1934/05 formulado por la Procuradora Dª. Mª Paz Martín Martín en nombre y representación de D. Augusto, contra resolución de la Consejería de Hacienda de 23 de Febrero de 2.005 sobre declaración de jubilación y orden de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Justicia e Interior de 4 de Marzo de 2.005 sobre cese como funcionario de carrera; habiendo sido parte demandada la COMUNIDAD DE MADRID representada Letrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida parte actora promovió el presente recurso contencioso-administrativo contra las resoluciones reseñadas, y seguido el cauce procesal previsto legalmente, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por su orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y de contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos consignados, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto de impugnación y la desestimación de ésta, en los términos que figuran en aquéllos.

SEGUNDO

Seguido el proceso por los cauces legales, y efectuadas las actuaciones y los trámites que constan en los autos, quedaron éstos pendientes de señalamiento para votación y fallo, que tuvo lugar el día 3 de Noviembre de 2.008.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Gustavo Lescure Ceñal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo por D. Augusto, como cesado funcionario del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid (Escala Ejecutiva u Operativa), de un lado contra la resolución de 23.2.05 de la Consejería de Hacienda de la Comunidad de Madrid, delegando en la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, que declara su jubilación por incapacidad permanente total con fecha 1.3.05, y de otro lado contra la orden de 4.3.05 de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Justicia e Interior que a consecuencia de la resolución anterior le cesa como funcionario de carrera del citado Cuerpo con efectos administrativos y económicos de 28.2.05.

Demanda el recurrente que con anulación de las resoluciones recurridas se declare "el reingreso como funcionario de carrera en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid y reintegre en sus funciones de segunda actividad realizando trabajos administrativos en el Parque de Bomberos de Aldea de Fresno, abonándosele las cantidades que ha dejado de percibir desde la fecha del cese", y alega, en síntesis, que a raíz de accidente de trabajo sufrido el 23.4.01 prestando servicios como bombero de la CAM que le provocó una disminución notoria de sus aptitudes y capacidades para el desempeño de sus funciones habituales, la Administración le comunicó el 5.6.02 su incorporación a la situación de segunda actividad realizando trabajos administrativos en el Parque de Bomberos de Aldea de Fresno, y el 24.3.03 el Equipo de Valoraciones de Incapacidades del INSS le declaró la incapacidad permanente en el grado total para la actividad de bombero pero no para desempeñar actividades administrativas, pudiendo esta clasificación ser revisada por agravación o mejoría a partir del 1.7.05, no obstante lo cual por las resoluciones ahora recurridas se declara su jubilación por incapacidad o invalidez permanente y cese en el servicio activo,...

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