STSJ Comunidad de Madrid 536/2014, 23 de Junio de 2014

JurisdicciónEspaña
Número de resolución536/2014
EmisorTribunal Superior de Justicia de Comunidad de Madrid, sala social
Fecha23 Junio 2014

307/2014 -RJ- Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 06 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27 - 28010

Teléfono: 914931967

Fax: 914931961

34002650

NIG : 28.079.00.4-2013/0009814

Procedimiento Recurso de Suplicación 307/2014

ORIGEN:

Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid Despidos / Ceses en general 243/2013

Materia : Despido

RECURRENTE/S: IRON MOUNTAIN ESPAÑA S.A.

RECURRIDO/S: DON Jeronimo

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID

En MADRID, a veintitrés de junio de dos mil catorce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de MADRID, formada por los Ilmos. Sres. DON ENRIQUE JUANES FRAGA, PRESIDENTE, DON BENEDICTO CEA AYALA, Dª EMILIA RUIZ JARABO QUEMADA, Magistrados, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A nº 536

En el recurso de suplicación nº 307/14 interpuesto por el Letrado DON SANTIAGO LANDETE DÍAZ en nombre y representación de IRON MOUNTAIN ESPAÑA S.A., contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 29 de los de MADRID, de fecha 26 DE NOVIEMBRE DE 2013, ha sido Ponente la Ilma Sra. Dª EMILIA RUIZ JARABO QUEMADA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos nº 243/13 del Juzgado de lo Social nº 29 de los de Madrid, se presentó demanda por DON Jeronimo contra, IRON MOUNTAIN ESPAÑA S.A. en reclamación de DESPIDO, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en 26 DE NOVIEMBRE DE 2013 cuyo fallo es del tenor literal siguiente : "Que estimando la demanda promovida por D. Jeronimo frente a la empresa IRON MOUNTAIN ESPAÑA S.A., declaro la improcedencia del despido del actor de fecha 10.01.2013 y condeno a la demandada a optar, en el plazo de cinco días siguientes al de la notificación de esta Sentencia, entre su readmisión, opción que conllevará al abono de los salarios de tramitación, a razón de 99,03 euros diarios desde la fecha del despido hasta la fecha de notificación de esta Sentencia. O bien, a optar por la extinción del contrato de trabajo mediante el abono de una indemnización al actor por importe de 14.090,14 euros."

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

" PRIMERO.- El demandante ha venido prestando servicios para la empresa demandada, Iron Mountain España SA, con antigüedad reconocida desde el 1-9-2009, con la categoría profesional de comercial y percibiendo un salario de promedio mensual de 3.012,30 euros con prorrata de pagas extras.

SEGUNDO

Es aplicable a la relación laboral entre las partes el Convenio Colectivo de empresas de consultoría, estudios de marcado y de la opinión pública.

TERCERO

La empresa comunicó al demandante su despido disciplinario mediante carta de fecha 10-1-2013, que obran a los folios 31 al 35 y 83 al 87 de autos, en los siguientes términos:

"Muy Sr. Nuestro:

Por medio de la presente, le comunicamos que la Dirección de la Empresa, en base a lo establecido en el Art. 54 del Estatuto de los Trabajadores y en el Art. 24 del Convenio Colectivo de aplicación (Convenio Colectivo de Empresas de Consultoría y Estudios de Mercado y de la Opinión Pública), ha tomado la decisión de sancionarle con despido disciplinario basado en la disminución continua y voluntaria en el rendimiento del trabajo normal o pactado en base a los hechos que a continuación se relatan:

PRIMERO

No consecución de los objetivos de venta fijados para usted en el año 2012. Usted ha conseguido a fecha 31 de octubre de 2012 un 7.41% de los objetivos de venta respecto al plan acumulado a ese mismo mes.

Usted fue contratado por Iron Mountain el 1 de septiembre de 2009 con la categoría de BDE o comercial para la venta de una línea de negocio específica, la línea de Data Protection, consistente en la custodia y gestión de información en soporte magnético.

Para el año 2012 la compañía estableció que sus objetivos anuales de venta nueva serían de 345.600 euros de ingresos facturados de custodia y servicios en la línea de negocio de Data Protection y de 5.000 euros por otros ingresos facturados. Dichos objetivos le fueron comunicados por escrito en su plan salarial variable asociado al rendimiento para 2012. Dicho plan fue aceptado y firmado por usted el 6 de Febrero de 2012. (Se adjunta plan salarial variable asociado al rendimiento para 2012 que incluye los objetivos de venta para ese año como Documento Número Uno).

Los resultados de la compañía a fecha 31 de octubre de 2012, muestran que usted tan sólo ha conseguido un 7,41% de los objetivos de venta respecto a su plan para ese mismo periodo.

Dichos resultados muestran igualmente que usted es el BDE con la consecución de objetivos más baja y por tanto con los peores resultados en este sentido respecto al resto de BDE's de España.

Le mostramos los porcentajes de consecución de objetivos del resto de equipo Todos estos datos corresponden al periodo Enero-Octubre de 2012, dado que el cálculo de los resultados se realiza con dos meses de carencia:

Romeo . 125,62% de consecución de objetivos de venta

- Montserrat .155,05% de consecución de objetivos de venta

- Petra . 144,02% de consecución de objetivos de venta

- Teofilo . 39,18% de consecución de objetivos de venta

- Jose Manuel . 30,6 1% de consecución de objetivos de venta.

Usted fue contratado en 2.009 por su perfil y conocimientos para la venta específica de la línea de negocio de Data Protection. Ha recibido la formación necesaria de la compañía y el coaching y seguimiento necesario desde su incorporación por parte de sus diferentes responsables y más recientemente por el actual Jefe de Ventas, Carlos Antonio, razón por la cual sus resultados son inadmisibles. Por otra parte, Ion Mountain cuenta con un departamento de Tele marketing que da soporte al departamento de ventas, proporcionando al equipo de ventas con un gran número de nuevos contactos y oportunidades de nueva venta y cerrando visitas concertadas para cada uno de los miembros del equipo comercial. En este sentido, usted ha recibido un total de 86 visitas concertadas, siendo uno de los miembros del equipo que más visitas ha recibido por parte de este departamento, por lo que el soporte que usted ha recibido por parte de Tele marketing ha sido incluso superior a la media del resto del equipo comercial. No existe por tanto en este sentido una correspondencia entre el soporte recibido y los resultados de ventas alcanzados por usted.

SEGUNDO

No consecución de ninguno de los objetivos del rendimiento acordados por usted y su responsable y fijados para el año 2012.

Usted como todos los empleados de la compañía tiene acordados y fijados anualmente unos objetivos de rendimiento que son revisados, evaluados y consensuados por usted y por su responsable, dos veces al año.

Ninguno de los objetivos del rendimiento fijados se ha cumplido por usted, teniendo todos ellos la calificación de "necesita mejorar" o "insatisfactorio". (Se adjunta formulario de evaluación del rendimiento de Junio como Documento Número Dos y formulario de evaluación del rendimiento de Diciembre como Documento Número Tres. Ambos documentos firmados por usted y su responsable).

El primer objetivo fijado fue "Completar en tiempo y forma y con información de calidad en la aplicación CRM de kan Mountain". Tanto en la evaluación de junio como en la de diciembre, este objetivo obtuvo la calificación de "Necesita Mejorar".

El segundo objetivo: "Uso y gestión del Pipeline". Tanto en la evaluación de junio como en la dé diciembre, este objetivo obtuvo la calificación de "Necesita Mejorar". Tanto en la evaluación de junio como en la de diciembre, este objetivo obtuvo la calificación de "Necesita Mejorar".

El tercer objetivo: "Actividad comercial: dos visitas diarias de media a clientes con un 50% de nuevo negocio". Tanto en la evaluación de junio como en la de diciembre, este objetivo obtuvo la calificación de "Necesita Mejorar". Tanto en la evaluación de junio como en la de diciembre, este objetivo obtuvo la calificación de "Necesita Mejorar".

El cuarto objetivo: "Objetivos anuales de venta", como ya se ha detallado en el punto primero de la presente carta, ha obtenido una calificación de "Insatisfactorio" .

El quinto y último objetivo del rendimiento "Gestión Administrativa y comercial y mantenimiento de compromisos". 'Tanto en la evaluación de junio como en la de diciembre, este objetivo obtuvo la calificación de "Necesita Mejorar". Tanto en la evaluación de junio como en la de diciembre, este objetivo obtuvo, la calificación de "Necesita Mejorar".

Las calificaciones del rendimiento están fijadas por la compañía y están estandarizadas, siendo las siguientes:

- Demasiado pronto para evaluar. Se ha unido a la compañía recientemente y no es posible valorar.

- Insatisfactorio. No cumple los requisitos básicos del trabajo. No es capaz de asumir las responsabilidades del puesto de forma sistemática en el nivel esperado.

- Necesita Mejorar. El nivel de rendimiento está por debajo de las expectativas.

Normalmente necesita una supervisión cercana y formación y desarrollo adicionales.

- Bueno. Cumple las expectativas y hace un buen trabajo. Cumple los requisitos y las responsabilidades del puesto de manera sistemática. Este nivel de rendimiento es sistemáticamente bueno.

- Muy Bueno. Supera las expectativas. Demostración frecuente de unos logros superiores a los requisitos y responsabilidades del puesto. Este nivel de rendimiento es perceptiblemente mejor que el nivel de la mayoría.

- Excelente. Demostración sistemática de unos logros muy superiores a los requisitos y responsabilidades del puesto. Este nivel de logro es claramente obvio para los individuos de dentro y fuera del propio departamento.

TERCERO

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