STSJ Murcia 1067/2007, 17 de Septiembre de 2007
Ponente | RUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ |
ECLI | ES:TSJMU:2007:2512 |
Número de Recurso | 955/2007 |
Número de Resolución | 1067/2007 |
Fecha de Resolución | 17 de Septiembre de 2007 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA
En el recurso de suplicación interpuesto por doña Melisa , contra la sentencia número 0162/2007 del Juzgado de lo Social número 2 de Murcia, de fecha 26 de abril, dictada en proceso número 0011/2007, sobre accidente de trabajo, y entablado por doña Melisa frente a doña Lucía ; Mutua Ibermutuamur; Instituto Nacional de la Seguridad Social; Tesorería General de la Seguridad Social.
Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, quien expresa el criterio de la Sala.
La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO: La actora, nacida el 12/12/1963, venía prestando servicios para la empresa Juana Sánchez García, con la categoría profesional de Ayudante de cocina, cuando del 6/2/2005, sufrió un accidente de trabajo resultando con las lesiones siguientes: fractura subtrocantérea de fémur derecho. SEGUNDO: La citada Empresa tiene cubiertos los riesgos profesionales con la Mutua Ibermutuamur. TERCERO: Sometido a reconocimiento medico, el 13/9/2006 se emitió informe medico de síntesis y el 14/9/2006 el Equipo de Valoración de Incapacidadeselevó propuesta de inexistencia de incapacidad permanente en ninguno de sus grados (lesiones permanentes no invalidantes indemnizables según baremo n° 110). CUARTO: Derivadas del accidente de trabajo citado, la actora presenta las dolencias siguientes: dismetría de miembro inferior derecho 1,2 centímetros; cicatriz longitudinal en cadera derecha de 11 centímetros; cicatriz longitudinal en cara externa de tercio superior de muslo derecho de 8,5 centímetros; rotación limitada en los últimos grados; síntomas depresivos y de ansiedad en tratamiento. QUINTO: La base reguladora mensual asciende a 636,19 euros para la Incapacidad Permanente Total y a 634,77 euros para la Incapacidad Permanente Parcial. SEXTO: Se agotó la vía administrativa previa"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que desestimando la demanda formulada por doña Melisa , contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Ibermutuamur y doña Lucía , debo absolver y absuelvo a estos últimos de las pretensiones deducidas en su contra".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don Antonio Faura Molina, en representación de la parte demandante, con impugnación del Letrado don José Carlos Victoria Ros, en representación de la Mutua demandada.
FUNDAMENTO PRIMERO.- La sentencia de fecha 26 de abril del 2007, dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Murcia en los autos 11/07 , desestimó la demanda deducida por Dña Melisa contra la Mutua de accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales Ibermutuamur, el INSS, la TGSS y la empresa Juana Sánchez García, en reclamación de prestaciones por incapacidad permanente total , o...
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