STSJ Murcia 1097/2007, 27 de Septiembre de 2007

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2007:2452
Número de Recurso962/2007
Número de Resolución1097/2007
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Constantino , contra la sentencia del Juzgado de lo Social número Dos de Cartagena, de fecha 15 de marzo del 2007, dictada en proceso número 1253/06, sobre INCAPACIDAD, y entablado por D. Constantino frente INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GOMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO. El demandante, D. Constantino , nacido el día 3 de noviembre de 1946, se encuentra afiliado a la Seguridad Social con el nº NUM000 y ha sido alta en el Régimen General, por la realización de las tareas propias de su profesión habitual de "palista agrícola". SEGUNDO. El demandante fue declarado por Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 4 de Murcia en fecha 7 de noviembre de 2000 en situación de Incapacidad Permanente Total para la profesión habitual, derivada de enfermedad común, y ello sobre la base del cuadro residual siguiente: obesidad, dibetes mellitus en tratamiento médico, polineuropatía mixta con mayor afectación de extremidades inferiores, hiperuricemis en tratamiento médico, hiperlipemia, TIA sin secuelas,espondiliasis anquilosante, estenosis del canal lumbar, discoartrosis L3-L4, L4-L5 y L5-S1, gonartrosis neuralgia postherpética. Marcha normal, movilidad hombros y cuello normal. TERCERO. El demandante dedujo solicitud de revisión por agravación en fecha 4 de mayo de 2006, que fue desestimada por el INSS en resolución de fecha 5 de octubre de 2006. El informe médico de síntesis es de fecha 23 de junio de 2006; y el dictamen-propuesta del EVI es de fecha 26 de junio de 2006. CUARTO. Disconforme con la resolución referida en el precedente ordinal, el demandante formuló reclamación administrativa previa, en la que solicitaba que se le reconociera la situación de Incapacidad Permanente Absoluta para todo trabajo, siendo desestimada tal reclamación por nueva resolución del INSS de fecha 17 de abril de 2006. QUINTO. El demandante padecía inicialmente: obesidad, dibetes mellitus en tratamiento médico, polineuropatía mixta con mayor afectación de extremidades inferiores, hiperuricemis en tratamiento médico, hiperlipemia, TIA sin secuelas, espondiliasis anquilosante, estenosis del canal lumbar, discoartrosis L3-L4, L4-L5 y L5-S1, gonartrosis neuralgia postherpética. SEXTO. El demandante presenta en la actualidad las siguientes secuelas o dolencias: diabetes mellitas tipo II, hipercolesterolemia, hipeuricemia, obesidad, polineuropatía mixta, TIA sin secuelas, espondilitis anquilosante, estenosis del canal lumbar, discartrosis L3-L4, L4-L5, L5-S1, gonartrosias."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que desestimo la demanda interpuesta por D. Constantino contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y, en consecuencia, absuelvo a la parte demandada de las retensiones deducidas en su contra.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado D. ROSARIO MARTINEZ LOZANO, en...

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