STSJ Murcia 681/2007, 28 de Mayo de 2007

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2007:732
Número de Recurso608/2007
Número de Resolución681/2007
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Juan Ramón , contra la sentencia número 495/06 del Juzgado de lo Social número Cinco de Murcia, de fecha 5 de diciembre del 2006, dictada en proceso número 635/06, sobre ACCIDENTE, y entablado por D. Juan Ramón frente SUPERFULORC, MUTUA ASEPEYO, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- El demandante D. Juan Ramón , con D.N.I. NUM000 nacido el 7-9-1969, se encuentra afiliado en el Régimen General de la Seguridad Social por los Servicios prestados como encargado de la construcción. SEGUNDO.- Sufrió un accidente de trabajo el 17-12-2004 al prestar sus servicios laborales como encargado en la construcción cuando trabajaba para la empresa Superfulorc S.L., la que en la fecha del accidente tenía cubiertos los riegos profesionales con la Mutua Asepeyo. TERCERO.- Como consecuencia del accidente sufrió fractura del astrágalo izquierdo no desplazada. Habiendo quedado como consecuencia del accidente limitación de lamovilidad del tobillo izquierdo y tumefacción residual en el mismo tobillo. CUARTO.- La base reguladora para la incapacidad permanente total asciende a 13.074,30 euros anuales y para la incapacidad permanente parcial 1.074,54 euros mensuales. QUINTO.- Fue iniciado expediente para la declaración de incapacidad dictándose resolución por la que fueron declaradas las secuelas del accidente como lesiones permanentes no invalidantes, indemnizables según baremo. SEXTO.- disconforme con dicha resolución el Sr. Juan Ramón interpuso reclamación administrativa previa, la que fue desestimada por resolución de 24-5-2005."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Desestimar la demanda promovida por D. Juan Ramón , y en consecuencia, procede absolver de la misma a la Mutua Asepeyo, al Instituto Nacional de la Seguridad social, Tesorería General de la Seguridad Social y a la empresa Superfulorc 2004 S.L.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado D. ANTONIO CUADROS CASTAÑO, en representación de la parte demandante, con impugnación de contrario de MUTUA ASEPEYO, representado por D. MANUEL MARTINEZ RIPOLL.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- Recurre la parte actora al amparo de los apartados a), b) y c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , la sentencia de instancia que le fue contraria a sus intereses, y en la que se reclamaba una invalidez permanente total o parcial, para que ésta sea revocada y, en su lugar, sea dictada otra en la que se le declare nulidad o la invalidez postulada.

FUNDAMENTO SEGUNDO.- Basado en el apartado a) del art. 191 LPL se solicita nulidad de...

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