STSJ Murcia 597/2007, 14 de Mayo de 2007

PonenteJOSE ABELLAN MURCIA
ECLIES:TSJMU:2007:637
Número de Recurso509/2007
Número de Resolución597/2007
Fecha de Resolución14 de Mayo de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Mutua Fremap, contra la sentencia número 0024/2007 del Juzgado de lo Social número 2 de Murcia, de fecha 17 de enero, dictada en proceso número 0455/2006, sobre Seguridad Social, y entablado por Mutua Fremap frente a Pedro Antonio ; Prefabricados Franmas SL; Instituto Nacional de la Seguridad Social; Tesorería General de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ ABELLÁN MURCIA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO: Don Pedro Antonio , nacido el 6/10/1950, venía prestando servicios para la Empresa "Prefabricas Frauman S.L.", con la categoría profesional de Operario de piedra artificial, cuando el 11/3/2005, sufrió un accidente de trabajo resultando con las lesiones siguientes: contusion en ambas rodillas más herida en la cara anterior de la pierna izquierda. El trabajo del demandante exige la bipedestación y la deambulación, manejando pesos de unos cinco a diez kilos. Concretamente consiste en el manejo de unos moldes, su llenado con la maquinariaoportuna, la extracción del producto también mediante maquinas y la limpieza de los moldes. SEGUNDO: La citada Empresa tiene cubiertos los riesgos profesionales con la Mutua Fremap. TERCERO: Sometido a reconocimiento medico, el 2/12/2005 se emitió informe medico de síntesis y el 5/12/2005 el Equipo de Valoración de Incapacidades elevó propuesta de existencia de Incapacidad Permanente Total para la profesión habitual. CUARTO: Derivadas del accidente de trabajo citado, el señor Pedro Antonio presenta las dolencias siguientes: genuflexo de 5° mas derrame articular en la rodilla derecha, cicatriz numular no adherida ni retráctil. QUINTO: De origen degenerativo el señor Pedro Antonio presenta una "artropatia degenerativa femoro-tibial bicompartimental y femoro-patelar. SEXTO: La base reguladora anual por accidente de trabajo asciende a 13.559,26 euros. SÉPTIMO: Por resolución del INSS de 22/1/1993 se reconoció al señor Pedro Antonio pensión de Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual de cantero, derivada de enfermedad común, al estar afecto de "déficit visual con agudeza visual con y sin corrección en ojo derecho de 1/4 y en ojo izquierdo 1/6; crisis comiciales en tratamiento. La base reguladora por esta prestación asciende a 352 euros. OCTAVO: El 15/11/2006 el Señor Pedro Antonio condujo su vehículo con normalidad, observándose que caminaba y permanecía en situación de deambulación sin dificultad. El día 16/11/2006 el citado señor realizó actividades de conducción de su vehículo, caminando incluso por una calle de pendiente muy pronunciada. Durante el día 22/11/2006 el señor Pedro Antonio conduce su vehículo permaneciendo en bipedestación y deambulación durante periodos prolongados de tiempo sin ayuda de bastones o muletas. NOVENO: Se agotó la vía previa"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que desestimando la demanda formulada por Mutua Fremap, contra don Pedro Antonio , INSS, TGSS, y la empresa...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR