STSJ Galicia 2691/2014, 12 de Mayo de 2014

PonenteEMILIO FERNANDEZ DE MATA
ECLIES:TSJGAL:2014:2648
Número de Recurso379/2014
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución2691/2014
Fecha de Resolución12 de Mayo de 2014
EmisorSala de lo Social

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA SECRETARIA SRA. FREIRE CORZO CG

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:881881133 /981184853

NIG: 15078 44 4 2013 0001863

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000379 /2014

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000649 /2013 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de SANTIAGO DE COMPOSTELA

Recurrente/s: CONCELLO DE BOQUEIXON

Abogado/a: JUAN BAUTISTA GERPE CASTRO

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s: Epifanio

Abogado/a: ROSA MARIA MARTINEZ FERREIRO

Procurador/a: ISABEL MARIA CASTIÑEIRAS FANDIÑO

Graduado/a Social:

ILMO. SR. D. EMILIO FERNÁNDEZ DE MATA

ILMA. SRA. Dª. RAQUEL NAVEIRO SANTOS

ILMO. SR. D. RICARDO PEDRO RON LATAS

En A CORUÑA, a doce de Mayo de dos mil catorce.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0000379 /2014, formalizado por el CONCELLO DE BOQUEIXÓN, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL N. 1 de SANTIAGO DE COMPOSTELA en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000649 /2013, seguidos a instancia de D. Epifanio frente a CONCELLO DE BOQUEIXON, con la intervención del Ministerio Fiscal, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/ Dª EMILIO FERNÁNDEZ DE MATA.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Epifanio presentó demanda contra CONCELLO DE BOQUEIXON, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha veinte de Noviembre de dos mil trece que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

Primero

El demandante presta servicios para la demandada en virtud de los siguientes contratos: Contrato de Trabajo de duración determinada de fecha 1 de agosto de 1997 con la categoría de profesional de peón protección civil siendo el objeto de contrato cubrir plazas de pronta asistencia por subvención recibida y hasta que dure la subvención, con una jornada de trabajo de 40 horas semanales, siendo el inicio del contrato la fecha del mismo y hasta final de obra. .-Contrato de Trabajo de duración determinada de fecha 8 de agosto de 1997 con la categoría de profesional de peón protección civil siendo el objeto de contrato cubrir plazas de pronta asistencia por subvención recibida y hasta que dure la subvención, con una jornada de trabajo de 40 horas semanales, siendo el inicio del contrato la fecha del mismo y hasta final de obra. Contrato de trabajo de duración determinada con una jornada de 40 horas semanales, de fecha 10 de julio de 1998, con la categoría profesional de peón prestando servicios como técnico de protección civil, cuya duración seria de desde /a fecha del contrato a fin de obra y según recoge en la clausula séptima "el objeto del presente contrato es la realización de los trabajos de intervención rápida en el Concello de Boqueixon. Dicho contrato fue prorrogado el 9 de diciembre de 1998 hasta marzo.de 1999, al ser ampliado el servicio que estaba prestando el trabajador por una subvención recibida (indicando en la ampliación. de obra que conservara la misma categoría, antigüedad en la empresa computándosele el periodo anterior- a efectos de la misma y a efectos de pago de salario). Contrato de Trabajo de duración determinada de fecha 24 de mayo de 1999 con la categoría de profesional de oficial de tercera, pare prestar servicios de ayudante de protección civil, siendo el objeto de contrato subvención Xunta cubrir plaza de protección civil, por periodo de seis meses según subvención concedida por la Cons. De Familia e Promoción do Emprego, con- una jornada de trabajo de 40 horas semanales, siendo el inicio del contrato la fecha del mismo y hasta final de obra. Contrato de Trabajo de duración determinada de fecha 10 de marzo de 2000 con la categoría de profesional de oficial de tercera, para prestar servicios de técnico de protección civil, siendo el objeto de contrato subvención Xunta cubrir plaza de técnico protección civil, por periodo de tres mesas según subvención concedida por la Cons. De Familia e do Emprego, para o grupo de intervención rápida con una jornada de trabajo de 40 horas semanales, siendo el inicio del contrato la fecha del mismo y hasta final de obra. Dicho contrato fue convertido y en fecha 9 de junio de 2000 se modifican las condiciones de dicho contrato pasando a prestar servicios en la misma empresa con igual categoría ampliándose la duración por 5 meses hasta 9 de noviembre de 2000, (indicando en la conversión de contrato que conservara la misma antigüedad en la empresa computándosele el periodo anterior a efectos de la misma y a efectos de pago de salario, variando el salario en función de la subvención recibida). Dicho contrato fue prorrogado el 9 de noviembre de 2000 hasta 31 de diciembre de 2000, (indicando en la ampliación de obra que conservara la misma antigüedad en la empresa computándosele el periodo anterior a efectos de la misma y efectos de pago de salario). Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, con una jornada de 40 horas semanales, de fecha 1 de febrero de 2001, con la categoría profesional de oficial de 3ª prestando servicios como técnico de protección civil, cuya duración sería desde la fecha de contrato a fin de obra y según recoge en la clausula sexta "el contrato de duración determinada se celebrara pare la realización de la obra o servicio según subvención, cubrir plaza de servicio de pronto auxilio, subvención recibida de al Diputación. Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, con una jornada de 40 horas semanales, de fecha 29 de mayo de 2001, con la categoría profesional de oficial de tercera prestando servicios como protección civil, cuya duración sería desde la fecha de contrato a fin de obra y según recoge en la clausula sexta "el contrato de duración, determinada se celebrara para la realización de la obra o servicio de 'cubrir plaza Grupo Municipal de Intervención' añadiendo como clausula adicional "subvención concedida pola Conselleria de Familia por un periodo de 8 meses". Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, con una jornada de 40 horas semanales, de fecha 1 de febrero de 2002, con la categoría profesional de oficial de tercera especialista prestando servicios como protección civil, cuya duración sería de 2 de febrero de 2002 a final de obra. Contrato de Trabajo de Inserción a tiempo completo de fecha 4 de junio de 2002 con la categoría de profesional de Oficial de 3ª prestando servicios cubriendo plaza de oficial en el Grupo Municipal de Intervención Rápida, según subvención concedida por la Conselleria de Asuntos Sociais, Emprego e Relacions Laborais con una jornada de trabajo de 40 horas semanales y una duración desde la fecha del contrato a fin de obra. Contrato de Trabajo de Inserción a tiempo completo de fecha 1 de julio de 2002 con la categoría de profesional de Oficial de 3° prestando servicios cubriendo plaza de oficial en el Grupo Municipal de Intervención Rápida, según subvención concedida per la Conselleria de Familia, Promoción do Emprego, Muller y Xuventude, con una jornada de trabajo de 40 horas semanales y una duración desde el 1 de julio de 2002 a fin de obra. En fecha 1 de abril de 2003 se comunica prorroga de dicho contrato toda vez que el servicio para el que estaba contratado cubriendo plaza de oficial en el Grupo Municipal de Intervención Rápida, según subvención concedida por la Conselleria de Familia, Promoción do Emprego, Muller y Xuentude, se amplía al año 2003, prorrogándose dicho contrato en la medida de la nueva subvención. Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, con una jornada de 40 horas semanales, de fecha 16 de julio de 2002, con la categoría profesional de peón forestal, prestando servicios para cubrir plaza de peón forestal según convenio con la Conselleria de Medio Ambiente, cuya duración seria de 17 de julio de 2002 a fin de obra. Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, con una jornada de 40 horas semanales, de fecha 16 de julio de 2002, con la categoría profesional de oficial de 3ª prestando servicios para infraestructura básica altamente operativa para situaciones de emergencia según subvención de la Diputación, cuya duración sería de 28 de julio de 2004 a 31 de diciembre de 2004. Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, con una jornada de 40 horas semanales, de fecha 1 de abril de 2005, con la categoría profesiona1 de oficial de 3° prestando servicios pare Grupo Municipal de Intervención Rápida cuya duración sería desde 1 de abri1 de 2005 hasta que se cubra la plaza o amortice definitivamente. RPT aprobada en sesión plenaria de fecha 12-11-2204. Contrato de trabajo de duración determinada de interés social/fomento de empleo agrario, a tiempo completo, con una jornada de 40 horas semanales, de fecha 16 de julio de 2005, con la categoría profesional de oficial de tercera, prestando servicios como GRUMIR, cuya duración sería de 16 de julio de 2005 a 15 de julio de 2006 y según recoge en la clausula sexta "el contrato de duración determinada se "celebrara para la realización de la obra o servicio de Grupo Municipal de Intervención Rápida" añadiendo como clausula adicional "subvención concedida pola Xunta de Galicia, Conselleria de Asuntos Sociaís, Emprego e Relacions Laborais". Dicho contrato fue prorrogado el 16 de abril de 2006 hasta 1a concesión de la subvención de 1a Conselleria de Traballo para los programas de cooperación...

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