STSJ Cataluña 8076/2006, 20 de Noviembre de 2006

PonenteFRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS
ECLIES:TSJCAT:2006:9787
Número de Recurso331/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución8076/2006
Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 8076/2006

En el recurso de suplicación interpuesto por Luis Pedro y otros frente a la Sentencia del Juzgado Social 3 Barcelona de fecha 30 de junio de 2005 dictada en el procedimiento Demandas nº 331/2005 y siendo recurrido Telefónica de España S.A.U..

Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 11 de mayo de 2005 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclam. derechos contracto trabajo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 30 de junio de 2005 que contenía el siguiente Fallo:

" Que desestimando la demanda interpuesta por Don Luis Pedro , Don Domingo , Don Pablo y Don Luis Manuel , debo absolver y absuelvo a la demandada Telefónica de España, SA. de los pedimentos formulados en su contra" .

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:" 1.- La parte actora Don Luis Pedro , ha venido trabajando para la entidad Telefónica, con la categoría profesional de Asesor Servicio Comercial de segunda, antigüedad desde el 15.06.82, y salario bruto diario con prorratas de pagas extras de 91,90 Euros.

La parte actora Don Domingo , ha venido trabajando para la entidad Telefónica, con la categoría profesional de Asesor Servicio Comercial de segunda, antigüedad desde el 12.06.88, y salario bruto diario con prorratas de pagas extras de 84,41 Euros.

La parte actora Don Pablo ha venido trabajando para la entidad Telefónica, con la categoría profesional de Asesor Servicio Comercial de segunda, antigüedad desde el 29.04.89, y salario bruto diario con prorratas de pagas extras de 88,41 Euros.

La parte actora Don Luis Manuel ha venido trabajando para la entidad Telefónica, con la categoría profesional de Operador Técnico Planta interna Principal de 2a, antigüedad desde el 22.04.82, y salario bruto diario con prorratas de pagas extras de 91,59 Euros.

  1. - El actor Luis Pedro es el Presidente del Comité de Empresa, los Sres. Domingo y Pablo son Delegados Sindicales de CO.BAS y el Sr. Luis Manuel es afiliado a dicha organización sindical. Todos ejercen acción a título individual.

  2. - La empresa efectúa el pago de las nóminas de los actores mediante transferencia bancaria. Los actores recibían la nómina en soporte papel en su puesto de trabajo.

  3. - Desde el año 2003 la empresa demandada ha implantado a nivel nacional una aplicación informática denominada e-domus, en virtud de la cual cada trabajador puede acceder a su nómina e imprimirla, pudiendo tener acceso a las nóminas de 15 meses hacia atrás. Mediante dicha aplicación informática los trabajadores también pueden realizar peticiones de permisos, petición de reducción de jornada, reclamaciones, solicitar cambios de acoplamiento etc .. - testifical Sr. Manuel .-5.- Los cuatro actores tienen a su disposición un ordenador personal, pueden consultar su nómina e imprimirla. Cuando el trabajador consulta su nómina por pantalla en el sistema informático, éste deja de recibir la nómina en soporte papel. Hay unas claves para acceder al portal y cada actor tiene una clave personal para extraer la nómina.- testifical Don. Manuel .-6.- La nómina que los actores recibían en su puesto de trabajo y la que se obtiene por vía telermítica es la misma, no varía el contenido.- folios 141 y 142 y testifical Don. Manuel .-7.- Si la parte actora solicita un certificado de salarios a la empresa ésta lo expide. La empresa facilita formación informática- testifical Don. Manuel .-8,- La empresa tiene unos 35.000 trabajadores y el sistema se aplica en toda España .. - testifical Don. Manuel .-9.- Presentada papeleta de conciliación ante el SCI del Departament de Treball se celebró el día 9 de mayo de 2005, con el resultado de sin avenencia" .

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora , que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado , impugnó elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Reiteran los recurrentes su "derecho a recibir mensualmente la nómina de haberes en soporte de papel...

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