STSJ Castilla y León 922/2007, 13 de Julio de 2007

PonenteJOSE MANUEL RIESCO IGLESIAS
ECLIES:TSJCL:2007:4405
Número de Recurso922/2007
Número de Resolución922/2007
Fecha de Resolución13 de Julio de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 922/2007, interpuesto por la JUNTA DE CASTILLA Y LEON-CONSEJERIA DE SANIDAD Y BIENESTAR SOCIAL contra la Sentencia del Juzgado de lo Social núm. Dos de Valladolid, de fecha 22 de enero de 2007, (Autos núm. 478/2006), dictada a virtud de demanda promovida por DON Jose Ramón contra la Junta recurrente; INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDADSOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL., sobre REINTEGRO GASTOS MEDICOS.

Ha actuado como Ponente el Iltmo. Sr. DON JOSE MANUEL RIESCO IGLESIAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 26 de mayo de 2006 se presentó en el Juzgado de lo Social núm. Dos de Valladolid demanda formulada por la parte actora, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó Sentencia estimando referida demanda.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes: "PRIMERO.- Don Jose Ramón , beneficiario de asistencia sanitaria pública, como hijo del actor Don Jose Ramón afiliado a la Seguridad Social comenzó a padecer dolores en la espalda en el año 2004 siendo atendido en el Centro de Especialidades Arturo Eyries de Valladolid, donde le diagnosticaron una tendinitis. El 23 de diciembre de 2004, al persistir los dolores el médico de cabecera le receta voltarén inyectado sin que produzca ningún efecto. En el Centro Regional de Medicina Deportiva de Valladolid se les manifiesta que puede padecer un problema neurológico, por lo que solicitan cita con el especialista en neurología que se la dan para el 18 de enero de 2005. Ante los intensos dolores que padece su hijo le llevan al Servicio de Urgencias del Hospital del Río Hortera de Valladolid el 30 de diciembre de 2004, atendiéndoles la médico Dª. Consuelo que tras hacerle un TAC diagnostica quiste aneurismático en la columna cervical, indicándole que esa patología donde mejor le pueden atender es en el Hospital Infantil Universitario Niño Jesús de Madrid, donde es remitido en ambulancia. En el indicado hospital se hace cargo de la asistencia del niño el Neurocirujano Infantil Don Valentín , quien les manifiesta que se trata de una patología rara con grave peligro para su hijo si se le interviene quirúrgicamente. Le realizan una embolización en la Clínica de la Concepción y tres punciones percutáneas que le agravan su estado, siendo intervenido quirúrgicamente el 28 de enero del 2005, dándole de alta el 4 de febrero de 2005. A los tres meses a Jose Ramón le vuelven a fallar las piernas y dada la evolución desfavorable que padece le vuelven a llevar al Hospital del Niño Jesús donde le operan el 31 de mayo del 2005, estando en el quirófano 12 horas saliendo de la operación con problemas de movilidad en las piernas teniendo que usar silla de ruedas. El 2 de julio del 2005 vuelven por tercera vez al Hospital Niño Jesús al habérsele reproducido el tumor encontrándose su hijo parapléjico, el neurocirujano considera que no cae nueva intervención derivándole al servicio de oncología infantil del mismo Hospital dando como única solución radiarle pero no garantizaban la efectividad del tratamiento por tratarse de un tumor benigno pero tremendamente agresivo. Posteriormente se le somete a radioterapia en el Hospital Gregorio Maraón y desde el Hospital del Niño Jesús por parte del Servicio de Oncología se manifiesta que no pueden hacer más y se le deriva al Hospital de Parapléjicos de Toledo.- SEGUNDO.- No encontrando solución ante la desfavorable evolución de su hijo solicita nueva información médica sobre su padecimiento a la empresa Best Doctors que efectúa un estudio llegando a consultar al Doctor Héctor de Estados Unidos quien manifiesta que las intervenciones y el tratamiento que le habían dado a su hijo fueron incorrectos y que debía ser operado urgentemente pues su vida corría peligro, recomendando para ello al Doctor Juan Antonio del Nacional Center for Spinal Disorders de Budapest.- TERCERO.- Pone en conocimiento del INSS y de Sanidad de Castilla y León la necesidad de que su hijo sea operado en Budapest.- El 25 de noviembre de 2005 le opera a su hijo a vida o muerte el Dr. Juan Antonio del Nacional Center for spinal Disordders de Budapest.- CUARTO.- Dicho tratamiento ha producido gastos médicos por importe de 42.500 euros que han sido abonados por el actor.- QUINTO.- Se formuló solicitud de reintegro de gastos al INSS y al SACYL que fue denegado y formulada reclamación previa fue desestimada.".-TERCERO.- Interpuesto recurso de Suplicación contra dicha sentencia por la codemandada, Junta de Castilla y León, fue impugnado por la parte actora, y elevados los Autos a esta Sala, se designó Ponente acordándose la participación a las partes de tal designación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- El Letrado de la Comunidad Autónoma de Castilla y León formula un único motivo de recurso contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 2 de Valladolid que condenó a la recurrente a abonar a DON Jose Ramón la cantidad de 42.500 € en concepto de reintegro de...

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