STSJ Canarias 725/2007, 26 de Septiembre de 2007

PonenteANTONIO DORESTE ARMAS
ECLIES:TSJICAN:2007:3971
Número de Recurso529/2007
Número de Resolución725/2007
Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 0000529/2007 , interpuesto por Consejeria De Empleo Y Asuntos Sociales , frente a la Sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de SANTA CRUZ DE TENERIFE en los Autos 0000606/2006 en reclamación de DESPIDO , ha sido Ponente el ILTMO./A. SR./A. D./DÑA. Antonio Doreste Armas .

ANTECEDENTES DE HECHOS

PRIMERO

Que según consta en Autos, se presentó demanda por María Consuelo , en reclamación de DESPIDO siendo demandado Consejeria De Empleo Y Asuntos Sociales, Desarrollo y Sistemas Informaticos Canarias S.L, General de Software S.A.U., Novasoft Soluciones Canarias S.A.U., Instituto Tecnologico de Canarias S.A. y Cibernatural S.L.U. y celebrado juicio y dictada Sentencia, el día 19 de marzo de 2007 , por el Juzgado de referencia, con carácter estimatorio .

SEGUNDO

Que en la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

La demandante D.ª María Consuelo , Licenciada Ingeniera en Informática, prestó sus servicios a la CONSEJERÍA DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES DEL GOBIERNO DE CANARIAS, bajo contratos administrativos, y bajo la dependencia de varias empresas. Según el informe de vida laboral figuran los siguientes periodos de alta relevantes al caso:

ALTA BAJA

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE CANARIAS 19-11-01 01-07-02

NOVASOFT SOLUCIONES CANARIAS, S.A. 02-06-04 01-09-04

CIBERNATURAL, S.L.U. 20-10-05 10-12-05

DESIC, S.L. 17-02-06 17-09-06

SEGUNDO

La actora sostiene que prestó servicios para la Consejería desde el 02-07-01 sin contrato alguno. Se aportan correos electrónicos con fechas entre el 17-07-01 y el 31-10-01, con contenido de directrices internas remitido por personal de la CONSEJERÍA DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES a la actora. Entonces la actora utilizaba el correo electrónico DIRECCION000 . El mayor número de correoselectrónicos aportados proceden de D.ª Elena ( DIRECCION001 ), que es Jefa de Proyectos del Servicio de Informática, dependiente de la Secretaría General Técnica de la CONSEJERÍA DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES. TERCERO.- El día 19-11-01 la actora D.ª María Consuelo suscribió con la empresa INSTITUTO TECNOLÓGICO DE CANARIAS, con actividad económica I + D, un contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo para obra o servicio determinado para prestar servicios con categoría profesional de Ingeniero en Informática con duración desde el 19-11-01 hasta fin de servicio. El objeto del contrato fue la puesta en marcha del Servicio de información Servicio Canario de Empleo 1fase, Dominio: Intermediación. Figura dada de baja en el INSTITUTO TECNOLÓGICO DE CANARIAS, S.A. el día 01-07-02. Durante este periodo la actora siguió recibiendo comunicaciones de correo electrónico de la CONSEJERÍA DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES a la dirección DIRECCION000 . Constan correos electrónicos de trabajo dirigidos desde la Consejería a esta dirección hasta septiembre de 2004. Dado el número de correos electrónicos aportados, este es un conducto para transmitir los problemas y necesidades en la configuración y correcciones de las aplicaciones, ejecuciones, archivos y ficheros informáticos con los que trabaja la actora. CUARTO.- La actora D.ª María Consuelo firmó con la CONSEJERÍA DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES DEL GOBIERNO DE CANARIAS, los siguientes contratos administrativos de servicio con los siguientes objetos:

  1. "PARA EL DESARROLLO DEL SUBSISTEMA DE INFORMACIÓN DE GESTIÓN DE LOS INFORMES TÉCNICOS DE LOS CENTROS BASE", firmado el 19-06-02. La actora firmó actuando como administradora única de la empresa de la empresa YAON I MAS D, S.L.U.

  2. "MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN PARA LA GESTIÓN DEL INSTITUTO CANARIO DE SEGURIDAD LABORAL", firmado el 18-07-03. La actora firmó actuando como administradora única de la empresa de la empresa YAON I MAS D, S.L. .

  3. "MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN PARA LA GESTIÓN DEL INSTITUTO CANARIO DE SEGURIDAD LABORAL", firmado el 30-06-04. La actora firmó actuando como administradora única de la empresa de la empresa YAON I MAS D, S.L.

  4. "MANTENIMIENTO Y DESARROLLO DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE PRESTACIONES", firmado el 25-04-05. La actora firmó actuando como administradora única de la empresa de la empresa YAON I MAS D, S.L..

QUINTO

El día 17-02-06 la actora D.ª María Consuelo suscribió con la empresa DESIC, S.L. (DESARROLLOS Y SISTEMAS INFORMÁTICOS CANARIOS, S.L.) un contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo para obra o servicio determinado para prestar servicios de Analista con categoría profesional de Ingeniera Informática con duración desde el 17-02-06 hasta término. El objeto del contrato descrito en la cláusula primera del Anexo es la realización del Servicio de mantenimiento y desarrollo de nuevos módulos del sistema de información DELTA. El salario mensual prorrateado es de

1.800 euros, según las nóminas. La empresa DESIC, S.L. firmó un contrato administrativo con la CONSEJERÍA DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES el día 16-02-06 para los siguientes servicios:

- Volcado de datos actualizados.

- Control de fallecidos e intercambio de Titular de Gestión de Impagados e Incidencias.

- Adaptaciones de página web (Delta).

- Listados y descargas de datos para comprobación de Ayuntamientos/ Nueva emisión de solicitudes pendientes.

- Integración con sistema de Prestaciones/ Gestión de permisos, Firmas, Revisión de documentos.

- Certificaciones, Justificaciones, Intervención y mantenimiento.

- Apoyo al usuario e incidencias posibles no definidas

El plazo de entrega del último de estos servicios es el día 02-06-06.

El día 19-06-06 le fue entregada a la actora una carta de finalización de contrato de trabajo fechada a 20-05-06, con efectos de 09-06-06 por finalización de servicio. Hasta entonces la actora figuraba en alta en la empresa DESARROLLOS Y SISTEMAS INFORMÁTICOS CANARIOS, S.L., informe de vida laboral. Enese momento la actora estaba embarazada. Posteriormente, la demandante dio a luz a un hijo el día 05-09-06. SEXTO.- La empresa GENERAL DE SOFTWARE DE CANARIAS, S.A. firmó un contrato administrativo con la CONSEJERÍA DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES el día 15-06-06 para la prestación del servicio MANTENIMIENTO E IMPLANTACIÓN DEL PROYECTO DE VENTANILLA ÚNICA de dicha Consejería con los siguientes "Proyectos":

- Adquisición y mantenimiento de Equipamiento, Proceso Información.

- Informatización del área Planificación.

- Sistema de Información integral de Trabajo.

- Sistema de Información del Instituto Canario de Seguridad Laboral.

- Desarrollo del sistema de información de Ficha Social.

- Mantenimiento de inspección de Centros Propios.

- Informatización de los Centros de Atención a Personas Mayores.

- Desarrollo e implantación del sistema información Centros Base.

- Desarrollo de aplicaciones informáticas de prestaciones.

- Sistema de información de Exclusión Social.

- Sistema de información Menores.

- Equipamiento informático Centros ejecución Medidas Judiciales.

- Adquisición de equipamiento informático.

La actora fue entrevistada por Jefa de Recursos Humanos de GENERAL DE SOFTWARE DE CANARIAS, S.A. en el mes de abril de 2006. La actora no fue contratada por esta empresa. SÉPTIMO.- La actora D.ª María Consuelo recibió correos electrónicos desde la CONSEJERÍA DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES a la dirección DIRECCION000 , desde julio de 2001 hasta septiembre de 2004. El día 05-08-04

D.ª Elena Jefa de Proyectos del Servicio de Informática envió un correo electrónico para avisar de un corte de todos los servidores que se encuentran en este edificio debido a una revisión. Dicho mensaje fue dirigido a personal que trabaja con los servicios que tengan aplicaciones del terminal Server, acceso al ordenador central. Entre los destinatarios figura la demandante. Desde octubre de 2004 la actora utilizó la dirección de correo electrónico DIRECCION000 . OCTAVO.- Según el informe del Comité de Empresa de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales (consta como documento nº 4 del ramo de prueba de la parte actora), la demandante ha prestado servicios para la CONSEJERÍA DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES desde el pasado 02-07-01 y de manera ininterrumpida durante todos estos años, en el centro de trabajo ubicado en la propia Consejería, utilizando todos los medios técnicos y materiales de ésta, hasta el momento en que presenta reclamación previa para que se le reconozca la relación laboral, momento en que se le retira el teléfono, se le cambia el ordenador e incluso se le desautoriza para el trato directo con los usuarios del Servicio de Informática con los que venía tratando. Indica el informe del Comité de Empresa que la actora recibía órdenes de la Jefa de Proyectos, D.ª Elena , la cual realiza las funciones de Jefa de Servicio de Informática, actualmente y desde hace algunos años. La jornada laboral de la actora coincide con la del personal laboral de la Consejería, así como su periodo vacacional. Las funciones que ha venido realizando las considera el Comité como propias de un Analista Grupo I. Las funciones constan el informe referido y se dan por reproducidas. NOVENO.- La demandante no ha sido representante de personal ni ha ostentado cargo sindical durante el último año. DÉCIMO.- Se ha agotado la vía previa .

TERCERO

Que por el JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de SANTA CRUZ DE TENERIFE , se dictó Sentencia, cuyo Fallo literal dice: Que estimando la demanda de impugnación de despido interpuesta D.ª María Consuelo contra la CONSEJERÍA DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES DEL GOBIERNO DE CANARIAS, contra la empresa DESARROLLO Y SISTEMAS INFORMÁTICOS CANARIAS, S.L., contra la empresa GENERAL SOFTWARE, S. A.U., contra la empresa NOVASOFT SOLUCIONES CANARIAS, S.A.U., contra la empresa CIBERNATURAL, S.L.U., y contra el INSTITUTO TECNOLÓGICO DE CANARIAS, S.A.:1. Debo declarar y declaro que el cese de la demandante de fecha de efecto 09-06-06 constituye un...

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