STSJ Asturias 2858/2007, 22 de Junio de 2007

PonenteFRANCISCO JOSE DE PRADO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2007:3119
Número de Recurso2380/2006
Número de Resolución2858/2007
Fecha de Resolución22 de Junio de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el RECURSO SUPLICACIÓN 2380/2006, formalizado por el Letrado FÉLIX ARNAEZ CRIADO, en nombre y representación de Frida , contra la sentencia de fecha siete de abril de dos mil seis, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 5 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 84/2006, seguidos a instancia de Frida frente a MINIT COLORS ESPAÑA, S.A., parte demandada representada por el Letrado BENITO FERNÁNDEZ- HIJICOS RODRÍGUEZ-PALANCAS, en reclamación de RECLAMACION CANTIDAD, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JOSE DE PRADO FERNANDEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos del mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha siete de abril de dos mil seis por la que se estimaba parcialmente la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados figuran los siguientes:

  1. - La actora Dª Frida cuyas circunstancias personales figuran en el encabezamiento de la demanda prestó servicio por cuenta y bajo la dependencia de la empresa MINIT COLORS ESPAÑA SA con la categoría profesional de Operadora de Máquina Automática en el Centro Comercial Salesas de Oviedo con una antigüedad referida al día 24/09/2001, es de aplicación a la relación laboral el Convenio Colectivo para la industria fotográfica.

  2. - Art.9.2 del Convenio establece: Descanso semanal. Todo trabajador que realice la jornada normal pactada en este Convenio, tendrá derecho a un descanso ininterrumpido de día y medio semanal. Dadas las especiales características de las empresas afectadas por el presente Convenio, los trabajadores dedicados a reportajes fotográficos tanto terrestres como aéreos, y el personal que tenga que auxiliarles, así como el perteneciente a las empresas contempladas en el Art. 1.1b) de este Convenio , podrán ser empleados en domingos y festivos. En este caso la Empresa, con independencia de su salario, le otorgará dos días de descanso durante la semana. Los días de compensación del domingo o festivo se disfrutarán en la semana siguiente a la que hubiera trabajado en domingo o festivo, debiendo ser su disfrute de forma continuada.

  3. - La actora reclama 11 días por los días festivos y domingos trabajados resultado de la compensación, percibiendo un salario por hora de 6,13 €.

  4. -El Art. 5.2 del Convenio define la categoría del Operador de máquina, automática, semiautomática o similares: El que actuando sobre material sensible obtiene la impresión de las correspondientes imágenes utilizando, para ello máquinas automáticas, semiautomáticas o similares adecuadas. Para tal fin deberá conocer la clase de material mas adecuado, por sus características, teniendo en cuenta los objetivos y filtros a utilizar en cada caso. De forma esporádica podrán utilizar ampliadoras manuales. Con independencia de lo anterior realizará asimismo todas las tareas auxiliares inherentes a este proceso y muy especialmente al buen estado de uso, mantenimiento y limpieza de las maquinas e instrumentos y accesorios auxiliares. Incluido en el grupo 9 de la última tabla salarial revisada, su salario base es de 685,74 €.

  5. - El Art. 11,9 del convenio Pluses de toxicidad o Insalubridad y Peligrosidad. El personal que preste sus servicios en puesto de trabajo en el que se manejen sustancias tóxicas o trabaje en locales donde se desprendan tóxicos nocivos para la salud, o aun sin trabajar con sustancias, lo haga en secciones a las que lleguen dichas sustancias tóxicas o nocivas para la salud, percibirá un complemento de puesto de trabajo cuya cuantía será del 25 por 100 del Salario Base. Los trabajos bonificables por toxicidad o insalubridad serán determinados de acuerdo entre las empresas y los comités de empresa o Delegados de personal. De no existir acuerdo podrá recurrirse ante la jurisdicción competente. Cesará el abono de este plus en el momento en que se acredite por parte de la Empresa que se han adoptado las medidas necesarias para que el trabajo se realice en condiciones normales de salubridad o higiene".

  6. - En el Centro comercial de las Salesas de Oviedo se ubican dos máquinas: MSC 200 (Papel) siendo el proceso químico: Revelador, Blanqueador/Fijador y Estabilizador. Y Maquina FP 200 (negativo) siendo el proceso químico: Revelador, Blanqueador, Fijador y Estabilizador. Los productos químicos utilizados se clasifican en función de su peligrosidad: como IRRITANTES, CORROSIVOS: ACIDO ACETICO (corrosivo, provoca quemaduras) MSC 101 PAPER BX REPL Parte A (corrosivo, provoca quemaduras), NOCIVOS, NO PELIGROSOS, DE OTRA FORMA: MSC 101 PAPER CD REPL (puede provocar una reacción alérgica contiene Nº CAS 25646-71-3 Derivado de la p-fenilendiamina) MSC 101 FILM CD REPL(puede provocar una reacción alérgica). Los productos químicos tienen como factores de riesgo las salpicaduras de restos de productos químicos en tareas de reposición y de limpieza de racks, así como en el almacenaje de residuos, como medidas se propone el uso obligatorio de gafas de seguridad, guantes en las operaciones de reposición de productos en las diferentes máquinas, limpieza de restos de producto y almacenamiento de residuo. La exposición de agentes químicos tiene como factores de riesgo la inhalación de vapores de los residuos de los productos utilizados, como medidas se precisa mantener cerrados los recipientes de los residuos químicos, utilización de mascarillas faciales en la reposición de los líquidos y en la limpieza de las maquinas.

  7. - El Centro de la empresa Minit ubicada en las Salesas se trata de un laboratorio de revelado fotográfico dividido en tres pequeñas secciones: la sección de tienda, y atención al público, la de laboratorio propiamente dicha y una pequeña zona de almacén para los productos químicos utilizados por las maquinas de revelado, dotado además de un servicio higiénico para uso de los empleados. El centro de trabajo es un bajo comercial situado en la planta baja del Centro comercial de Salesas. En la parte posterior de la zona de atención al público haya expositores de productos fotográficos para la venta de los mismos, como son carretes, pilas, álbumes etc. Las medidas preventivas para evitar el contacto que pueda existir son bomba manual para la extracción del producto, los productos se mezclan sin ser necesario que el trabajador remueva el concentrado, formación e información y los...

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