STSJ Comunidad Valenciana 376/2007, 7 de Marzo de 2007

PonenteLUIS MANGLANO SADA
ECLIES:TSJCV:2007:2193
Número de Recurso821/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución376/2007
Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº376/07

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD

VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Tercera

Iltmos. Srs.:

Presidente:

D. JOSÉ BELLMONT MORA.

Magistrados:

D. LUIS MANGLANO SADA.

D. RAFAEL PÉREZ NIETO.

_________________________

En la Ciudad de Valencia, a 7 de marzo de dos mil siete.

VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso-administrativo nº 821/04, interpuesto por la Procuradora Dª. Laura Lucena Herraez, en nombre y representación de D. Rubén , contra la Dirección Provincial de Tráfico del Ministerio del Interior, habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizara la demanda, lo que realizó mediante escrito en que solicitó se dictase sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que se confirmara la resolución recurrida.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que practicaran el trámite de conclusiones y, realizado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación y fallo para el día 6 de marzo de dos mil siete, teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS: Los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. LUIS MANGLANO SADA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto por la Procuradora Dª. Laura Lucena Herraez, en nombre y representación de D. Rubén contra la resolución de 29-3-2004 de la Dirección General de Tráfico, desestimatoria del recurso de alzada formulado contra la resolución de 15-9-2003 de la Jefatura Provincial de Tráfico de Valencia, que le sancionó con una multa de 0,01 euros y la suspensión de la autorización administrativa para conducir por un año.

SEGUNDO

Del expediente administrativo y de la prueba documental practicada en este proceso se despreden los siguientes hechos:

El 25-2-2003 el recurrente fue denunciado por la Policía Local de Valencia cuando circulaba con un vehículo Citroën BX, matrícula G-....-OG , por una vía pública valenciana, siendo el motivo de la denuncia el conducir un vehículo careciendo del permiso de conducción de la clase B, pues el que tenía le fue retirado por estar caducado en octubre de 2002, no firmando el actor la notificación de la denuncia, que le imputaba la comisión de la infracción del artículo 60 L.S.V .

El 28-3-2002 se dio inicio al expediente sancionador de la Jefatura Provincial de Tráfico de Valencia, que intentó notificarle la incoación del procedimiento y el plazo para alegaciones en dos ocasiones por correo (los días 3 y 7 de abril de 2003, a las 12 y 11,43 horas, respectivamente), estando ausente en horas de reparto y no llegando a retirar las notificaciones de la lista de correos. En vista de ello, la Administración de tráfico publicó el referido acto por edictos en el BOP de 22-7-2003.

Seguida la tramitación correspondiente, en fecha 15-9-2003 la Jefatura Provincial de Tráfico de Valencia dictó resolución por la que se le sancionó con una multa de 0,01 euros y la suspensión de la autorización administrativa para conducir por un año, imputándole la infracción del artículo 67.4 de la Ley sobre Tráfico , circulación de vehículos a motor y seguridad vial, por conducir el vehículo reseñado con el permiso de conducción suspendido por resolución administrativa. Este acto fue notificado personalmente al interesado el 25-9-2003, recurriéndolo en alzada, que fue desestimada el 29-3-2004.

La demanda...

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