STSJ Castilla y León 1263/2006, 26 de Julio de 2006

PonenteGABRIEL COULLAUT ARIÑO
ECLIES:TSJCL:2006:4127
Número de Recurso1263/2006
Número de Resolución1263/2006
Fecha de Resolución26 de Julio de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm.1.263 de 2006, interpuesto por la SOCIEDAD ESTATAL DE CORREOS Y TELÉGRAFOS, S.A. contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº1 de SALAMANCA de fecha 11 de Mayo de 2.006 (Autos nº202/06) dictada en virtud de demanda promovida por DOÑA Maite contra LA SOCIEDAD ESTATAL DE CORREOS Y TELÉGRAFOS, S.A. sobre CANTIDAD (TRIENIOS), ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Gabriel Coullaut Ariño .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 23 de Marzo de 2.006 se presento en el Juzgado de lo Social nº1 de SALAMANCA demanda formulada por DOÑA Maite en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó Sentencia en los términos señalados en su parte dispositiva

SEGUNDO

En referida sentencia y como hechos probados constan los siguientes:

  1. - Maite es trabajadora laboral eventual y viene prestando servicios por cuenta y orden de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos S.A. en Salamanca, durante los periodos y con las categorías que constan en el Certificado de los Servicios expedido por la Jefe de Recursos Humanos de la JefaturaProvincial Correos y Telégrafos de Salamanca, certificado que consta unido a las actuaciones y que se da por reproducido en evitación de costosas repeticiones.

  2. - Con fecha 26 de abril de 2004 por sentencia de este Juzgado se le reconoció una antigüedad de 14 años, O meses y 17 días.

    En fecha 10 de mayo de 2004, suscribió un contrato indefinido con la demandada tras haber superado el proceso de consolidación de empleo temporal. Ha seguido prestando servicios durante el año 2005.

    Su antigüedad es la de 15 años, 11 meses y 16 días.

  3. - La cuantía correspondiente a cada trienio durante el año 2005 asciende a 16,50 euros/mes para las categorías de Clasificación y Reparto, Tratamiento y Atención al cliente.

  4. - El primer Convenio Colectivo de la SE Correos y Telégrafos S.A. vigente en su artículo 60 Complementos salariales, letra C.1- fija el plus de permanencia y desempeño, destinado a retribuir la experiencia adquirida a través de la permanencia, la asistencia al puesto de trabajo, así como la responsabilidad y dedicación en el desempeño del mismo. Dicho plus se percibirá por el personal laboral fijo y eventual en el ámbito de un mismo contrato de trabajo. Este complemento se articula en seis tramos para los grupos profesionales de Mandos Intermedios, Operativos y Servicios Generales:

  5. Tramo 3 años de antigüedad en el Grupo Profesional .....17,86 €/mes

  6. Tramo 6 años de antigüedad en el Grupo Profesional..... 30,71 €/mes

  7. Tramo 9 años de antigüedad en el Grupo Profesional..... 42,85 €/mes

  8. Tramo 12 años de antigüedad en el Grupo Profesional..... 54,26 €/mes

  9. Tramo 15 años de antigüedad en el Grupo Profesional..... 69,97 €/mes

  10. Tramo 18 años de antigüedad en el Grupo Profesional...... 89,24 €/mes

  11. - La actora reclama la cantidad total de 1.301,64 euros, 462 euros (16,50 x 14 meses) por el periodo comprendido entre el 01-01-2005 hasta el 31-12-2005.

    Por el plus de permanencia y desempeño según tramos pide la cantidad de 839,64 euros (69,97 € x 12 meses) por el periodo citado anteriormente.

  12. - Desde el mes de enero de 2004 la demandada abona a algunos trabajadores laborales el plus de permanencia y desempeño en la cuantía fijada en la resolución de 11 de mayo de 2004 de la Dirección General de trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de los Acuerdos de desarrollo del Convenio Colectivo de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos S.A., B.O.E. 28 de mayo de 2004. Incluso a algún trabajador se lo ha abonado en la nómina pagada el 25-01-2004.

  13. - La demandante ha agotado la vía administrativa.

TERCERO

Interpuesto Recurso de Suplicación por la parte demandada, fue impugnado por la actora. Elevados los autos a esta Sala, se designo Ponente acordándose la participación a las partes de tal designación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Abogado del Estado impugna la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 1 de Salamanca dictada el 11 de mayo de 2006, que reconoció el derecho de la actora, DOÑA Maite , a percibir la cantidad de 1.301,64 € en concepto de complemento de antigüedad y de permanencia por la prestación de servicios laborales para la empresa SOCIEDAD ESTATAL DE CORREOS Y TELÉGRAFOS, S.A. en diversos periodos entre abril de 2000 y diciembre de 2005, concretamente 15 años, 0 meses y 17 días.

En dos motivos de recurso, ambos al amparo de la letra c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral, la recurrente denuncia la infracción en la sentencia impugnada del artículo 60 del IConvenio Colectivo de la mencionada Sociedad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR