STSJ Andalucía 1215/2014, 29 de Abril de 2014

PonenteMARIA GRACIA MARTINEZ CAMARASA
ECLIES:TSJAND:2014:3475
Número de Recurso957/2013
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1215/2014
Fecha de Resolución29 de Abril de 2014
EmisorSala de lo Social

Rº. 957/13 mba

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL DE SEVILLA

Iltmos. Señores:

DÑA. ELENA DIAZ ALONSO: Presidenta

DÑA. Mª GRACIA MARTÍNEZ CAMARASA

D. JOSE JOAQUIN PEREZ BENEYTO ABAD

En Sevilla, a veintinueve de abril de dos mil cartoce

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚM. 1215/14

En el Recurso de Suplicación interpuesto por Gracia contra la sentencia del Juzgado de lo Social número DOS de los de SEVILLA, Autos nº 1045/11 ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dª. Mª GRACIA MARTÍNEZ CAMARASA, Magistrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por Gracia contra AYUNTAMIENTO DE BURGUILLOS, se celebró el Juicio y se dictó sentencia el 09/11/12 por el Juzgado de referencia en la que se desestimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados constan los siguientes:

  1. ) Doña Gracia comenzó a prestar servicios bajo las órdenes y la dependencia del Excmo. Ayuntamiento de Burguillos (Sevilla) el día 01-10-90, ostentando en el momento del despido que luego se dirá la categoría profesional de auxiliar administrativa de información, con una jornada laboral de 7 horas diarias, percibiendo un salario diario a efectos de despido de 49,48 #.

  2. ) El Ayuntamiento comunicó a la trabajadora el día 1 de agosto de 2011 la extinción de su contrato de trabajo por causas económicas, con fecha de efectos de 16-8-2011. La carta obra como documento nº 25 del ramo del Ayuntamiento que, por su extensión, se da por reproducida. En dicha carta de despido se pone de manifiesto la imposibilidad de poner a disposición la indemnización, sin perjuicio de su derecho a reclamarla cuando se haga efectiva la decisión extintiva.

  3. ) Se da por reproducido el Acta de arqueo de fecha de 11.6.2011 elaborado por el Interventor del Ayuntamiento de las que las únicas cantidades líquidas que se pueden saber su procedencia directa son 85.306,77 euros provenientes del cobro de la tasa de aguas, alcantarillado y RSU; 65.693,27 euros provenientes de la subvención para la construcción de la guardería municipal, en un importe de 62.500 euros;

    23.601,74 euros provenientes de programa de rehabilitación preferente en un importe de 12.450 euros. Todas las demás cantidades están sujetas al principio de caja única, debiendo ser el Tesorero de la Corporación mediante un plan de tesorería el que explicara y decidiera, qué cantidades son destinadas a cada fin, teniendo siempre presente, que según los documentos obrantes en contabilidad, en las Arcas Municipales deben de aparecer las cantidades que en el mismo informe se desglosan (documento nº 1 del ramo del Ayuntamiento).

  4. ) El día 1 de agosto de 2012 las existencias disponibles en metálico en la caja municipal y entidades bancarias era la de 95.512,31 # y en fecha 16 de agosto de 2011, 78.350,55 # estando pendientes de abonar las retenciones practicadas a los trabajadores en concepto de IRPF desde enero de 2010, las cuotas de la Seguridad Social desde febrero de 2008 y cantidades adeudadas por sentencia judicial. (documento nº 2 del ramo del Ayuntamiento)

  5. ) La sociedad Burguillos Natural S.L., tras la última ampliación de capital de 12.6.2008 se distribuye en los siguientes porcentajes: Ayuntamiento de Burguillos 99,34%; Prodetur S.A. 0,66 % (documento nº 4 del ramo del Ayuntamiento).

  6. ) Dª Sagrario, D. Leandro, Dª Adolfina, D. Prudencio, Dª Concepción, D. Virgilio, Dª Hortensia y D. Juan Ignacio trabajan en el Ayuntamiento de Burguillos y formaron parte de las listas del PSOE (documento nº 5 del ramo del Ayuntamiento).

  7. ) Varias empresas han realizado aportaciones en concepto de Sistemas Generales. Actuaciones éstas que son de obligado cumplimiento por parte del Ayuntamiento de Burguillos y que ascienden a la cantidad de

    7.110.210,26 euros (documental nº 6 del ramo del Ayuntamiento)

  8. ).- La deuda contraída con los trabajadores acogidos al E.R.E. de las diferentes empresas que componen el conglomerado de Burguillos Natural S.L., correspondientes a nóminas e indemnización de 45 días por año, asciende a un millón cuatrocientos cincuenta y cuatro mil sesenta y siete euros con setenta y siete céntimos (documental nº 6 del ramo del Ayuntamiento).

  9. ) El Ayuntamiento, a fecha de 22.11.2011, tiene los siguientes expedientes de reintegro de subvenciones (documental nº 7):

    Expedientes de reintegro firmes:

    Adecuación física mercadillos periódicos: principal: 26.321,53 euros; intereses demora: 3.898,31 euros; total: 30.219,84 euros; pagos: 15.109,92 euros.

    Gimnasio y vestuario: Principal: 375.000 euros; intereses legales: 43.664,39 euros; total: 429.580,49 euros; pagos: 44.461,82 euros.

    Comunicado inicio expediente de reintegro:

    Fútbol y Pista Atletismo: Principal: 53.363,08 euros; fecha de la comunicación 10.3.2011.

    Urbanización calle Vírgen del Rosario: Principal: 27.630,49 euros; fecha de la comunicación 25.7.2011.

    1. fase parque Barrio Lejos: principal: 48.268,44 euros; fecha de la comunicación 6.11.2011.

    Alumbrado público 2009: principal: 8.499,47 euros; fecha de la comunicación 16.12.2010.

  10. ) La Consejería de Igualdad y Bienestar Social realizó dos pagos de 513.065,75 y 65.200,68 euros, respectivamente, para la construcción de una guardería infantil, respecto de la que aún el Ayuntamiento de Burguillos no ha iniciado el procedimiento de contratación para la adjudicación de la construcción (documental nº 6 del ramo del Ayuntamiento) . Las Resoluciones acordando el reintegro que obran en la referida documental se dan por reproducidas.

  11. ) El Ayuntamiento de Burguillos dispone de planes saneamiento confeccionados con el asesoramiento de la Diputación provincial de Sevilla (OPAEF). En concreto establece la obligación del Ayuntamiento de adoptar las medidas consistentes en la reducción de gastos del nuevo presupuesto por cuantía igual al déficit producido; que el presupuesto del ejercicio siguiente se apruebe con un superávit inicial de cuantía no inferior al déficit; operación de crédito extraordinario cumpliendo las siguientes condiciones; el importe anual total no supere el 5% de los recursos por operaciones corrientes del presupuesto; la carga financiera total sea inferior 25% de los recursos por operaciones corrientes del presupuesto; tiene que estar cancelada antes que se renueve la Corporación que las concierte. (documental nº 8 del ramo del Ayuntamiento). 12º) El análisis contable de la última liquidación aprobada por el Ayuntamiento de Burguillos del año

    2010 arroja los siguientes datos: Remanente de Tesorería: -8.237.579 euros; Pagos pendientes de aplicación:

    3.739.067,37 euros (documental nº 14 del ramo del Ayuntamiento) Se dan por reproducidos la documental n 9, consistentes en la liquidación de los presupuestos 2009 y 2010. En concreto, en 2009 el resultado presupuestario ajustado es de 49.939,10 euros y en 2010, - 1.026.162,57 euros.

  12. ) Los salarios de los miembros de la Corporación municipal se han visto reducidos desde 2007 (documental nº 10).

  13. ) El Presupuesto Municipal del año 2008 fue el último aprobado en la Corporación Municipal del Ayuntamiento de Burguillos encontrándose prorrogado para el año 2011. Los motivos por el que no se ha procedido a su aprobación es por la imposibilidad legal de cumplimiento de las medidas legales expuestas en el artículo 193 de TRLRHL aprobado por RDL 2/2004, de 5 de marzo, así como el desfase entre ingresos y gastos acumulados año a año (documental nº 11 del ramo del Ayuntamiento).

  14. ) El Ayuntamiento de Burguillos con anterioridad al 11.6.2011 tenía las siguientes asignaciones mensuales a grupos políticos:

    P.S.O.E. 850 euros.

    P.P. 450 euros.

    I.U. 250 euros.

    El Ayuntamiento de Burguillos tiene una deuda reconocida con dichos partidos políticos de:

    P.S.O.E. 12.211,67 euros.

    P.P. 6.465 euros.

    I.U. 3.591,37 euros.

    Desde la entrada de la nueva Corporación se ha suprimido dicha asignación a partidos políticos municipales (documental nº 12 del ramo del Ayuntamiento) .

  15. ) La Providencia de Alcaldía de 2.7.2011 acordó que por los servicios municipales se analizaran todas y cada una de las Ordenanzas municipales con el fin de actualizarlas y de que cumplan con lo establecido en las leyes, equiparan ingresos y gastos, así como la posibilidad de establecer nuevas tasas municipales, que financien prestaciones de servicios, que sin ser obligatorios por la legislación vigente, se encuentren sin financiación por parte de los beneficiarios (documental nº 13 del ramo del Ayuntamiento).

  16. ) El Auto de fecha de 8.7.2009 del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de los de Sevilla, dictado en los autos de concurso abreviado 21/2009, declaró en situación de concurso necesario a la entidad Burguillos Natural S.L. (documental nº 15 del ramo del Ayuntamiento).

  17. ) La Tesorería General de la Seguridad Social ha procedido a retener distintas cantidades al Ayuntamiento por las deudas no satisfechas, en los términos y cuantías que...

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