STSJ Cataluña 6221/2005, 15 de Julio de 2005
Ponente | FRANCISCO BOSCH SALAS |
ECLI | ES:TSJCAT:2005:14665 |
Número de Recurso | 625/2003 |
Número de Resolución | 6221/2005 |
Fecha de Resolución | 15 de Julio de 2005 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA núm. 6221/2005
En el recurso de suplicación interpuesto por Elena frente a la Sentencia del Juzgado Social 9 Barcelona de fecha 2.12.2003 dictada en el procedimiento Demandas nº 625/2003 y siendo recurrido/a Servicio Público de Empleo Estatal (INEM). Ha actuado como Ponente el/la Ilmo. Sr. FRANCISCO BOSCH SALAS.
Con fecha 31.07.2003 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Desempleo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 2.12.2003 que contenía el siguiente Fallo:
Procede desestimar la demanda planteada por Elena contra el INEM en reclamación de prestación por desempleo y absolver al Organismo demandado de las peticiones formuladas en su contra.
En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:
A la demandante Doña. Elena , con DNI nº NUM000 , por resolución del INEM se le reconoció el derecho a percibir prestación contributiva por desempleo por un período de 660 días y unabase reguladora diaria de 25,65 euros, por el período de 22 de junio de 2001 a 21 de abril de 2003.
La actora el día 2 de julio de 2002 inició relación laboral con la empresa Extralleure S.L., mediante la suscripción de un contrato temporal a tiempo completo en la modalidad de obra o servicio determinado, dicho contrato se prorrogó posteriormente y se extinguió el 31 de agosto de 2002.
La empresa Extralleure S.L. el 2 de julio de 2002 dio de alta a la trabajadora en el Régimen General de la Seguridad Social, dicho contrato fue registrado en la Oficina de Colocación de Barcelona -Barri Gòtic el día 9 de julio de 2002.
El INEM el 10 de agosto de 2002 ingresó en la cuenta de la trabajadora la prestación de desempleo correspondiente al mes de julio de 2002, asimismo la trabajadora percibió la prestación hasta el 30 de noviembre de 2003 inclusive.
El día 1 de septiembre de 2003 la trabajadora se presentó en el INEM a renovar la prestación por desempleo.
La trabajadora el día 18 de diciembre de 2002 recibió resolución del INEM por la que se le comunica la percepción indebida de prestaciones de desempleo en cuantía de 1.995,84 euros, y por el período comprendido entre el 2-7-02 al 30-11-02; y la propuesta de extinción de la prestación.
El día 9 de enero de 2003 la trabajadora presentó reclamación previa contra dicha resolución, y a su vez reintegró al INEM la cantidad de 908,05 euros; dictándose resolución por el INEM el 8-4-2003, que desestimó dicha reclamación previa, e interponiendo la presente demanda el 31-7-03.
Se ha agotado la vía administrativa.
Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado no lo impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.
Dirige el trabajador recurrente el único de los motivos de recurso contra la sentencia que desestimó su demanda de que se dejara sin efecto la sanción de extinción de la prestación contributiva de desempleo, a denunciar al amparo del art. 191 c) LPL la infracción del art. 25.3 y 47.1.del RDLeg 5/2000 sobre infracciones y sanciones del orden social.
En sustancia, la trabajadora estaba percibiendo la...
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