STSJ Andalucía 2049/2007, 18 de Julio de 2007

PonenteEMILIO LEON SOLA
ECLIES:TSJAND:2007:9420
Número de Recurso1499/2007
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2049/2007
Fecha de Resolución18 de Julio de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 1499/07, interpuesto por GE HELTHCARE BIO-SCIENCES, S.A. contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Cuatro de los de Granada en fecha Cinco de Febrero de dos mil siete. en Autos núm. 821/06, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. EMILIO LEÓN SOLÁ.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Dª Guadalupe en reclamación sobre DESPIDO contra SAS., GE HEALTHACARE BIO-SCIENCES, S.A. SHERING ESPAÑA S.A. e IBA MOLECULAR SPAIN S.A. y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha Cinco de Febrero de dos mil siete ., por la que con relación a la demanda de despido interpuesta por Dª Guadalupe contra el Servicio andaluz de Salud, y las empresa GE HELTHCARE BIO-SCIENCES S.A.

  1. - Desestimo la demanda respecto del Servicio andaluz de Salud y empresa Schering España S.A., e Iba Molecular Spain S.A., Organismo y empresas a las que absuelvo de las pretensiones deducidas en su contra.

  2. - Estimo la demanda respecto de la empresa GE HEALTHCARE BIO-SCIENCES S.A. y declaro que la actora fue improcedentemente despedida por citada empresa, condenando a la misma, además de a estar y pasar por tal declaración, y dado que es imposible la readmisión de la actora en el mismo puesto de trabajo y condiciones existentes al ser despedida, a que con extinción de la relación laboral en la fecha del despido, la indemnice en la cantidad NDE CINCO MIL SETECIENTOS TRECE EUROS CON CINCUENTA Y TRES CÉNTIMOS, sin que proceda abono de salarios de tramitación alguno.- Todo ello previadesestimación de la pretensión de despido nulo de la que se absuelve a todos y cada uno de los demandados.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - Con fecha 01 de octubre de 2004 se celebró entre la aquí demandante Doña Guadalupe DNI número NUM000 , domiciliada a efectos de notificaciones en DIRECCION000 NUM001 - NUM002 de Granada y la empresa Amersham Health S.A. dedicada a la actividad de Co. Mayor Ptos. Farmacéuticos y medicamentos que aparecía domiciliada en Alcobendas, Avda Europa Pq. empresarial La Moraleja 22, contrato de trabajo temporal a tiempo completo como Tec. Unidad Radiofarmacia categoría o nivel grupo 4 que en fecha 15 de julio de 2005 las partes convirtieron en Indefinido. A los folios 114 y sgtes aparece ejemplar de la citada conversión y sus anexos que se da por reproducido a fines probatorios. La actora prestó sus servicios en centro de trabajo sito en el Hospital San Cecilio de Granada haciéndolo hasta el

    14.11.06 para la mercantil GE HEALTHCARE DIO SIENCIES S.A. entidad que tras diversas fusiones y adsorciones había resultado su empleadora , con un salario día de 56.43€. A los folios 120 y siguientes obran las hojas saláriales de enero a noviembre de 2006.

  2. -El Servicio Andaluz de Salud desde al menos 1997 saca a concurso, por periodo de cuatro años la concesión de la "contratación mixta del Suministro de Radiofármacos y el servicio de gestión de residuos de Hospitales del SAS", dispensándose dicho servicio entre otros, en los Hospitales "Virgen de las Nieves" y "San Cecilio" de Granada. Los dos primeros concursos fueron adjudicados a la entidad Amershan Ibérica S.A.. La sociedad Amersham Ibérica S.A. se fusionó por absorción con la entidad Nycomed S.A., formando Nycomed Amersham S.A , siendo Ge Healthcare Bio Sciencies S.A. producto de la fusión por absorción entre General Electric S.A. con Amersan Health S.A.

  3. - Convocado nuevo concurso por el SAS el mismo fue adjudicado por Resolución de 29 de septiembre de 2006 a la entidad SCHERING ESPAÑA S.A. según se le participó por el SAS en comunicación de 3 de octubre de 2006 (folios 370 y sgtes), suscribiéndose entre el SAS y Schering España S.A. en 10 de noviembre de 2006 el contrato que aparece a los folios 374 y sgtes y que contiene el siguiente acuerdo Octavo, en consonancia con la condición particular del, Pliego 8.1.2.: OCTAVO.- El contratista deberá abonar a la empresa GE HEAL THCARE BIO-SCIENCES, S.A ( antes AMERSHAM HEALTH, S.A.) la cantidad de 70.702,81 € , en concepto de amortización pendiente de bienes muebles del contrato de suministro de radiofármacos anterior, calculados a la fecha de inicio efectivo del contrato, el día 15 de noviembre de 2006.

    A Schering España S.A. legalmente sucedió IDA MOLECULAR SP AIN S.A. obrando a los folios 321 y sgtes obra copia de la escritura de elevación a público de documento privado otorgado por Schering España S.A. a Iba Molecular Spain S.A.U. en 06.04.06 al numero 1.526 del Protocolo del Notario de Madrid Don Celso Méndez Ureña.- En citado documento de compraventa de activos se refleja la venta de los activos de Schering España S.A. a Iba Molecular Spain S.A. En fecha 15 de mayo de 2006 (Folios 366 y sgtes) se suscribió entre las empresas citadas estipulación adicional al contrato de distribución de 28 de abril de 2006 suscrito entre Schering S.A. e Iba Molecular Spain S.A. que en definitiva vino a sustituir frente al SAS a la anterior adjudicataria GE HEAL THCARE BIO SCIENCIES S.A.

  4. -Con fecha 14 de noviembre de 2006 la actora recibió carta de su empleadora fechada en 8 de citado mes y año participándole:

    Madrid, 8 de noviembre de 2006

    Estimada Sra. Guadalupe ,

    Tal y como le hemos venido informando durante las últimas fechas, por la presente le confirmamos que como consecuencia de resolución del Servicio Andaluz de Salud en virtud de la cuál se otorga a SCHERlNG ESPAÑA, S. A. ( SCHERING) la concesión del suministro de radiofármacos y el servicio de gestión de residuos radioactivos en sus hospitales, a partir del próximo día 15 de noviembre de 2006 SCHERING ( o la entidad que legalmente pudiera sucederle- IBA MOLECULAR SPAIN, S.A.-) se subrogará en el

    suministro de radiofármacos y gestión de residuos radioactivos que hasta la fecha ha venido realizando GE HEAL THCARE BIO SCIENCES, S.A.( GE HEAL THCARE) en los hospitales del Servicio Andaluz de Salud. Igualmente les informamos que la transmisión conforme al pliego de condiciones, publicado el 18 de junio de 2006 en el BOE, regulador del concurso otorgado a SCHERING de las Unidadesde Radiofarmacia, en tanto íntegramente equipadas y por ello susceptibles de su utilización de manera inmediata y sin solución de continuidad desde el cese de GE HEAL THCARE, constituye un supuesto de sucesión de empresa al amparo de lo establecido en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores . Así y en su condición de nuevo adjudicatario de las Unidades de Radiofarmacia, de acuerdo a lo establecido en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores y con efectos de 15 de noviembre de 2006 , SCHERING, o la entidad a la que finalmente le fuese asignada la gestión de las Unidades de Radiofarmacia ( en este sentido, y pese a no haber recibido ninguna notificación oficial por parte de SCHERING a GE HEALTHCARE ha tenido conocimiento de que dicha entidad pudiera ser IBA MOLECULAR SPAIN, S.A.), quedará subrogada su contrato de trabajo así como en la totalidad de los derechos y obligaciones que hasta la fecha tenía con GE HEAL THCARE.

    Sin otro particular y agradeciéndole su esfuerzo y dedicación durante estos años.

    En fecha 16 de noviembre de 2006 asimismo Ge Healthcare Bio Sciences,S.A. dirigió a la trabajadora carta del siguiente tenor:

    Doña. Guadalupe

    CI DIRECCION000 , nO NUM001 - NUM002 18002 Granada

    Madrid, 16 de noviembre de 2006 Estimada Doña. Guadalupe ,

    Me dirijo a usted de nuevo para comunicarle que el pasado 14 de noviembre fue nuestro último día como responsable de la gestión de su Unidad de Radiofarmacia.

    Tras los 9 años que ha durado dicha relación, espero que el balance de la misma haya sido positivo para Ud así como lo ha sido para nosotros. Espero sinceramente que en la nueva etapa que inician continúen disfrutando de los altos estándares de calidad y servicio, por nosotros iniciados.

    En cualquier caso, Evaristo Galnares, Carlos Torrijo y el resto de nuestro departamento comercial continuará, como siempre, a su entera disposición y seguirá visitándoles con la misma frecuencia y atención que hasta ahora.

    En este periodo de transición hemos intentado mantener nuestro servicio inalterado, pero como Ud comprenderá no ha sido tarea fácil y es por ello que desde aquí me disculpo si se hubiera producido algún incidente atribuible a nuestra compañía, el cual le...

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