STSJ Comunidad Valenciana 10/2014, 16 de Enero de 2014
Ponente | EDILBERTO JOSE NARBON LAINEZ |
ECLI | ES:TSJCV:2014:130 |
Número de Recurso | 2499/2009 |
Procedimiento | CONTENCIOSO - APELACION |
Número de Resolución | 10/2014 |
Fecha de Resolución | 16 de Enero de 2014 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.C.V
Sala Contencioso Administrativo
Sección Primera
Asunto nº 2499/2009
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD
VALENCIANA
SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
En la Ciudad de Valencia, Dieciséis de enero de dos mil catorce.
VISTO por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta:
Presidente :
Ilmo. Sr. D. Mariano Ferrando Marzal.
Magistrados Ilmos. Srs:
D. Carlos Altarriba Cano
D. Edilberto Narbón Láinez.
Dña. Desamparados Iruela Jiménez.
Dña. Estrella Blanes Rodríguez
SENTENCIA NUM: 10
En el recurso contencioso administrativo núm. AP-2499/2009, interpuesto por AYUNTAMIENTO DE OLIVA, representado por la Procuradora Doña ESPERANZA VENTURA UNGO, y defendido por el Letrado
D. FRANCISCO MARTÍNEZ NADAL y DIRECCION000 C.B, representada por el Procurador D. IGNACIO MERINO CHELOS y defendido por el Letrado D. JOSÉ MORERA CAMAÑAS contra " Sentencia nº 419 de
3.07.2009, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Valencia, que estimaba el recurso frente a acuerdo del Ayuntamiento de Oliva de 12.04.2007, por el que acuerda revocar y dejar sin efecto el Decreto de la Alcaldía de 27.06.2006, en su lugar, conceder a D. Romualdo, licencia de primera ocupación y utilización de edificio aislado de tres plantas con doce apartamentos, sótano y garaje en CALLE000 NUM000
- DIRECCION001, NUM001 de Poblado Marítimo, disponiéndose de las correspondientes cédulas de habitabilidad a las viviendas. La sentencia anuló la licencia de primera ocupación".
Habiendo sido parte en autos como parte apelada, D. Tomás, representado por el Procurador D. JOSÉ LUIS QUIRÓS SECADES y defendida por el Letrado D. JORGE RAMÍREZ JUAN y Magistrado ponente el Ilmo. Sr. D. Edilberto Narbón Láinez.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.
La representación de la parte demandada contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que se confirmase la resolución recurrida.
No habiéndose recibido el proceso a prueba, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.
Se señaló la votación para el día catorce de enero de dos mil catorce.
En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
En el presente proceso la parte demandante AYUNTAMIENTO DE OLIVA, y DIRECCION000 C.B, interponen recurso contra " Sentencia nº 419 de 3.07.2009, dictada por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº 4 de Valencia, que estimaba el recurso frente a acuerdo del Ayuntamiento de Oliva de 12.04.2007, por el que acuerda revocar y dejar sin efecto el Decreto de la Alcaldía de 27.06.2006, en su lugar, conceder a D. Romualdo, licencia de primera ocupación y utilización de edificio aislado de tres plantas con doce apartamentos, sótano y garaje en CALLE000 NUM000 - DIRECCION001, NUM001 de Poblado Marítimo, disponiéndose de las correspondientes cédulas de habitabilidad a las viviendas. La sentencia anuló la licencia de primera ocupación".
Para la resolución del caso examinado debemos partir de los siguientes puntos:
-
Con fecha 20.10.2003 el Ayuntamiento de Oliva concedió licencia de obras a Promociones Mar de Oliva S.L. para la construcción de un edificio compuesto de 11 apartamentos y garajes en la CALLE000, nº NUM000 de Oliva.
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Con fecha 6.09.2005, terminada la obra, Promociones Mar de Oliva S.L. solicitó que el Ayuntamiento expidiera licencia de primera ocupación.
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Con fecha 31.05.2006, el Técnico Municipal realiza inspección y emite informe poniendo de relieve las siguientes irregularidades:
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Exceso de edificabilidad respecto al proyecto presentado por construcción de un casetón (legalizable).
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Exceso de edificabilidad respecto al proyecto presentado por construcción de un porche cubierto (no legalizable).
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Existencia de un murete que separa las dos subparcelas agrupadas.
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La rampa de garaje incumple lo dispuesto en el art. 99.4 de la NNUU del PGOU de Oliva.
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Cambio del uso de la vivienda en planta baja porque hay una farmacia.
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El informe del Arquitecto Municipal fue desfavorable, en cambio, el Informe del TAG de Urbanismo fue favorable.
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A pesar del informe desfavorable, el Ayuntamiento en un primer momento deniega la licencia el
27.06.2006, posteriormente revoca el anterior acuerdo y concede licencia de primera ocupación el 12.04.2007.
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La sentencia estima el recurso y anula la licencia de primera ocupación, frente a la sentencia se interpone el presente recurso de apelación.
El fundamento de la estimación del recurso es el siguiente:
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Analiza la naturaleza de la licencia de primera ocupación.
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Estima el recurso al entender...
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