STSJ Comunidad de Madrid 149/2014, 26 de Febrero de 2014

PonenteRAFAEL MARIA ESTEVEZ PENDAS
ECLIES:TSJM:2014:2329
Número de Recurso1486/2011
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución149/2014
Fecha de Resolución26 de Febrero de 2014
EmisorSala de lo Contencioso

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Tercera

C/ General Castaños, 1 - 28004

33009710

NIG: 28.079.33.3-2011/0180869

Recurso número 1486/2011

Ponente: Don Rafael Estévez Pendás

Recurrente: Sr. Esteban

Procurador: Sra. Martínez Martínez

Demandado: Comunidad de Madrid

Letrado: Sr. Letrado de la Comunidad de Madrid

SENTENCIA nº 149

Ilmo. Sr. Presidente:

Don Gustavo Lescure Ceñal

Ilmos. Sres. Magistrados:

Doña Fátima Arana Azpitarte

Don Rafael Estévez Pendás

En Madrid, a 26 de febrero del año 2014, visto por la Sala el Recurso arriba referido, interpuesto por Don Esteban, funcionario de carrera, representado por la Procuradora Doña Beatriz Martínez Martínez, contra la Administración General de la Comunidad de Madrid, defendida por el Abogado del Estado, en la representación que por Ley le corresponde. La cuantía de este Recurso es indeterminada. Es ponente de esta Sentencia el Ilmo. Sr. Don Rafael Estévez Pendás, que expresa el parecer de la Sala.

Antecedentes de Hecho
Primero

Se interpuso este Recurso el 2 de septiembre del año 2011, formalizándose demanda por el recurrente en la que terminaba suplicando una Sentencia que, estimando el Recurso, anule la Resolución impugnada y reconozca su derecho a obtener la permuta solicitada en su día, imponiendo las costas a la Administración demandada.

Segundo

El Abogado del Estado contestó a la demanda oponiéndose a las pretensiones del demandante, y concluyó interesando su íntegra desestimación. Tercero.- Practicada la prueba que en su día se admitió, se despachó por las partes el trámite de conclusiones, tras lo cual quedaron los autos para deliberación, votación y fallo, que tuvo lugar el día 26 de febrero del año 2014.

Fundamentos de Derecho
Primero

Se debate en este proceso contencioso-administrativo si es o no conforme a Derecho la Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Ciencia e Innovación de fecha 27 de junio del año 2011, por la que se desestimó el Recurso de alzada contra la Resolución del Instituto Español de Oceanografía de fecha 29 de abril del año 2011, por la que se denegó la solicitud de Don Esteban, funcionario del referido Instituto, relativa a permuta con el puesto de trabajo del recurrente en el Centro Oceanográfico de Cádiz, con el puesto de trabajo del funcionario Don Gustavo, destinado en el Centro Oceanográfico de Gijón.

Segundo

El recurrente considera que cumple con los requisitos previstos sobre la permuta previstos en el artículo 62 de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado de 1964, y cita precedentes sobre concesión de permutas por lo que no aprecia razón para denegársela a él, considerando que nos hallamos ante una arbitrariedad vulneradora del principio de igualdad.

Tercero

La institución de la permuta de destinos está contemplada, sustancialmente, en el art. 62 de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado de 1964, sin que la Ley 30/84 derogase total o parcialmente el contenido de dicho artículo, pese a lo cual buena parte la doctrina estima que subsiste formalmente pero con las notas de atipicidad y disfuncionalidad, en el entorno del nuevo sistema funcionarial surgido de la ley antecitada, de medidas de reforma de la Función...

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