STSJ Castilla y León 153/2014, 30 de Enero de 2014
Ponente | JESUS BARTOLOME REINO MARTINEZ |
ECLI | ES:TSJCL:2014:679 |
Número de Recurso | 326/2013 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 153/2014 |
Fecha de Resolución | 30 de Enero de 2014 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD
VALLADOLID
SENTENCIA: 00153/2014
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
VALLADOLID
N11600
C/ ANGUSTIAS S/N
N.I.G: 47186 33 3 2013 0100537
Procedimiento : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000326 /2013 - ML
Sobre: FUNCION PUBLICA
De D./ña. FEDERACION DE TRABAJADORES DE SERVICIOS PUBLICOS DE UGT
LETRADO FRANCISCO FERREIRA CUNQUEIRO
PROCURADOR D./Dª. MARIA LUCIA LAFUENTE MENDICUTE
Contra D./Dª. CONSEJERIA DE HACIENDA
LETRADO LETRADO COMUNIDAD(SERVICIO PROVINCIAL)
PROCURADOR D./Dª.
SENTENCIA Nº 153
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
DON JESÚS BARTOLOMÉ REINO MARTÍNEZ
DON SANTOS HONORIO DE CASTRO GARCIA
DON FELIPE FRESNEDA PLAZA
En la ciudad de Valladolid, a treinta de enero de dos mil catorce.
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, integrada por los Magistrados expresados más arriba, ha visto el recurso contencioso-administrativo número 326/2013 en el que fue designada como actividad recurrida la siguiente:
El Decreto 1/2013, de 17 de enero, de la Consejería de Hacienda de la Junta de Castilla y León por el que se modifica la Relación de Puestos de Trabajo del personal funcionario de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.
Las partes en el expresado recurso son: -Como demandante: la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE SERVICIOS PUBLICOS DE UGT, representada por la Procuradora Sra. Lafuente Mendicute y con la dirección del Abogado Sr. Ferreira Cunquero.
-Como demandada: la JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN (CONSEJERÍA DE HACIENDA), representada y defendida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos.
La ponencia del presente recurso fue turnada al Ilustrísimo Señor Magistrado Don JESÚS BARTOLOMÉ REINO MARTÍNEZ.
Interpuesto el actual recurso por quien queda expresado más atrás y previo dictar resolución favorable a su admisión a trámite, la parte recurrente dedujo demanda. En este escrito expuso alegaciones de hecho y de derecho, postulando en el suplico del mismo lo siguiente: "... se sirva dictar en su día sentencia por la que estimando la presente: Anule la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del personal funcionario de la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Castilla y León que impugnamos".
Sí interesó por otrosí el recibimiento a prueba.
La representación y defensa de la parte demandada presentó escrito de contestación a la demanda. En el mismo formuló oposición a la pretensión deducida de contrario haciendo alegaciones de hecho y de derecho, pidiendo en el suplico lo siguiente: "... dicte sentencia por la que se desestime el recurso, con la imposición de las costas a la parte recurrente".
No solicitó el recibimiento a prueba.
Al no practicase prueba se celebró trámite de conclusiones y el pleito fue declarado concurso, teniendo lugar la votación y fallo con el correspondiente señalamiento previo el día veinticuatro de enero del año en curso.
En la sustanciación del actual proceso fueron observados los trámites previstos por la Ley, aunque no los plazos por razón del volumen de trabajo y pendencia que existen en esta Sala.
El sindicato demandante y una vez examinada la fundamentación de la pretensión que ejercita en el presente litigio, en realidad realiza una impugnación parcial del Decreto autonómico 1/2013 porque sus argumentos van dirigidos contra las determinaciones de la modificación de la relación de puestos de trabajo (RPT) que se ocupan del complemento específico de los puestos adscritos a la Escala de Guardería del Cuerpo de Auxiliares Facultativos; dentro de estas y con mayor precisión discute la asignación del correspondiente código de esa retribución complementaria. Aquella fundamentación, en síntesis, gira en torno a la denuncia de desviación de poder que en su opinión resulta de las consideraciones críticas que efectúa hacia la memoria justificativa de la reforma de la RPT tales como: que se aparta de lo razonado y decidido en sentencias de esta Sala y Sección que trataban del complemento específico de los Agentes Medioambientales (Cuerpo de Ayudantes Facultativos), no ha existido una verdadera valoración de las funciones de estos últimos y no existe una real justificación de las modificaciones realizadas en ese decreto autonómico.
La Administración demandada se opone a esa pretensión con argumentos sustantivos y a tal fin realiza una exposición sobre las RPT, sobre el complemento específico según el Decreto autonómico de retribuciones 1/1994 con mención y transcripción parcial de una sentencia del Tribunal Supremo, y defiende la validez y el acierto de la memoria justificativa. Afirma que en este caso la Administración ejercita la potestad de autoorganización teniendo en cuenta que la asignación del complemento específico para los Agentes Medioambientales es correcta y que entre estos y los componentes de la Escala de Guardería concurre una similitud de funciones.
Examinada la memoria justificativa que está en los folios 1 a 21 del expediente administrativo este Tribunal puede hacer una consideración inicial...
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ATS, 2 de Octubre de 2014
...Primera) del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, en el recurso contencioso administrativo número 326/2013 , sobre modificación de relación de puestos de SEGUNDO .- Por providencia de 26 de mayo de 2014, se acordó conceder a las partes un plazo común de ......