STSJ Comunidad de Madrid 29/2014, 16 de Enero de 2014

PonenteMARIA DEL CAMINO VAZQUEZ CASTELLANOS
ECLIES:TSJM:2014:176
Número de Recurso449/2013
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución29/2014
Fecha de Resolución16 de Enero de 2014
EmisorSala de lo Contencioso

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Décima C/ Génova, 10 - 28004

33010280

NIG: 28.079.45.3-2010/0030168

Recurso de Apelación 449/2013

Recurrente : D. Plácido

PROCURADOR D. JAIME BRIONES MENDEZ

Recurrido : DELEGACION DEL GOBIERNO

Sr. ABOGADO DEL ESTADO

SENTENCIA Nº 29/2014

Presidente:

Dña. Mª DEL CAMINO VÁZQUEZ CASTELLANOS

Magistrados:

Dña. FRANCISCA ROSAS CARRION

Dña. FRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS

Dña. Mª JESUS VEGAS TORRES

Dña. CARMEN ALVAREZ THEURER.

En la Villa de Madrid, a 16 de enero de 2014.

VISTO por la Sección Décima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el recurso de apelación que con el número 449/13 ante la misma pende de resolución y que fue interpuesto por la Letrada doña Antonia Rodríguez Fernández, en nombre y representación de don Plácido, posteriormente representado por el Procurador don Jaime Briones Méndez, contra la Sentencia de 19 de febrero de 2013, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 22 de los de esta Villa, y en el Procedimiento Abreviado seguido ante el mismo con el número 728/10, por la que se estimó en parte el recurso contencioso-administrativo por aquel interpuesto contra la resolución de la Delegación del Gobierno en Madrid, de 12 de agosto de 2010, por la que se acordó la expulsión del recurrente del territorio nacional, con la consiguiente prohibición de entrada en España por un período de cinco años a contar desde la fecha en que se lleve a efecto.

Ha sido parte apelada la Delegación Del Gobierno, representada y asistida por el Abogado Del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 19 de febrero de 2013, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 22 de los de esta Villa y en el Procedimiento Abreviado seguido ante el mismo con el número 728/10, se dictó Sentencia cuyo Fallo, literalmente transcrito, dice así:

"Que estimando en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de DON Plácido contra la RESOLUCIÓN DICTADA POR LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MADRID DE FECHA 12 DE AGOSTO DE 2010 QUE ACUERDA LA EXPULSIÓN DEL TERRITORIO NACIONAL CON PROHIBICIÓN DE ENTRADA POR TIEMPO DE CINCO AÑOS EN EL EXPEDIENTE Nº NUM000, SUSTITUYENDO DICHA SANCIÓN POR LA DE MULTA EN CUANTÍA DE 501,00 EUROS Y DECLARANDO CONFORME A DERECHO DICHA RESOLUCIÓN EN EL RESTO DE SUS PARTICULARES.

Y TODO ELLO SIN IMPOSICIÓN DE COSTAS A NINGUNA DE LAS PARTES.".

SEGUNDO

Notificada que fue la anterior resolución a las partes, se interpuso por don Plácido, uno representado y asistido por la Letrada doña Antonia Rodríguez Fernández, recurso de apelación que, tras ser admitido a trámite se sustanció por sus prescripciones legales ante el Juzgado de que se viene haciendo mención y elevándose las actuaciones a esta Sala.

Se ha opuesto a la apelación la DELEGACIÓN DEL GOBIERNO representada y asistida por el Abogado del Estado.

TERCERO

Recibidas que fueron las actuaciones en esta Sección Décima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, se acordó formar el presente rollo de apelación y dar a los autos el trámite previsto en los artículos 81 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; y se señaló para la votación y fallo del presente recurso de apelación la audiencia del día 15 de enero de 2014, fecha en la que tuvo lugar.

Ha sido Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª. Mª DEL CAMINO VÁZQUEZ CASTELLANOS, quien expresa el parecer de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso de apelación la Sentencia de 19 de febrero de 2013, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 22 de los de esta Villa, y en el Procedimiento Abreviado seguido ante el mismo con el número 728/10, por la que se estimó en parte el recurso contencioso-administrativo por aquel interpuesto contra la resolución de la Delegación del Gobierno en Madrid, de 12 de agosto de 2010, por la que se acordó la expulsión del recurrente del territorio nacional, con la consiguiente prohibición de entrada en España por un período de cinco años a contar desde la fecha en que se lleve a efecto.

La citada sentencia, y como ya ha quedado reflejado en los antecedentes de hecho, al estimar en parte el recurso contencioso administrativo interpuesto por el actor acordó sustituir la sanción de expulsión por la de multa en cuantía de 501,00 euros, declarando conforme a derecho la resolución recurrida a en el resto de sus particulares.

Frente a la citada Sentencia se alza en esta instancia jurisdiccional don Plácido, solicitando que se admita el recurso de apelación interpuesto y se estime el recurso contencioso-administrativo por él interpuesto anulando íntegramente la resolución de la Delegación del Gobierno en Madrid, de 12 de agosto...

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