STSJ Andalucía 1702/2013, 24 de Octubre de 2013

PonenteERNESTO UTRERA MARTIN
ECLIES:TSJAND:2013:12205
Número de Recurso1196/2013
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1702/2013
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2013
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MÁLAGA

Recurso de Suplicación número 1196/2013

Sentencia número 1702/2013

ILTMO. SR. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES, PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. ERNESTO UTRERA MARTÍN

ILTMO. SR. D. RAÚL PÁEZ ESCÁMEZ

SENTENCIA

En la ciudad de Málaga, a veinticuatro de octubre de dos mil trece.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Málaga, compuesta por los magistrados arriba relacionados, en nombre del Rey, y en virtud de las atribuciones jurisdiccionales conferidas, emanadas del Pueblo Español, dicta la siguiente sentencia en el recurso de suplicación referenciado, interpuesto contra la sentencia del Juzgado de lo Social número dos de Málaga, de 25 de marzo de 2013, en el que ha intervenido como parte recurrente DOÑA Trinidad, representada y dirigida técnicamente por la letrada doña Cristina Durá Valero; y como partes recurridas, FUNDACION MUSEO PICASSO MALAGA, DON Juan Luis, DOÑA Alejandra, DON Alexis, DON Bartolomé, DON Cesareo y DOÑA Cecilia, representados y dirigidos por el letrado don Eduardo Fernández de Blas; DON Estanislao

, representado y dirigido técnicamente por el letrado don Alejandro Hernández del Castillo, y EL MINISTERIO FISCAL.

Ha sido ponente ERNESTO UTRERA MARTÍN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el proceso sobre despido con invocación de lesión de derechos fundamentales, seguido en el Juzgado de lo Social número dos de Málaga, con el número 1035/2012, a instancia de doña Trinidad contra la Fundación Museo Picasso Málaga, don Juan Luis, doña Alejandra, don Alexis, don Bartolomé

, don Cesareo, doña Cecilia, don Estanislao, así como el Ministerio Fiscal, se dictó sentencia el 25 de marzo de 2013, cuyo fallo era del tenor siguiente:

Que, en la demanda de DESPIDO y VULNERACIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES interpuesta por Dª Trinidad contra la FUNDACION MUSEO PICASSO MALAGA; y contra D. Estanislao, D. Juan Luis

, Dª Alejandra, D Alexis, D. Bartolomé, D. Cesareo Y Dª Cecilia, en la que ha sido parte el Ministerio Fiscal, se producen los siguientes pronunciamientos:

  1. - Se estima la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por D. Estanislao, D. Juan Luis, Dª Alejandra, D Alexis, D. Bartolomé, D. Cesareo Y Dª Cecilia, absolviéndolos de las pretensiones deducidas en su contra por la demanda actora.

  2. - Se desestima en su integridad la demanda actora, absolviendo a los demandados de las pretensiones deducidas en su contra. SEGUNDO.- En dicha sentencia se declararon probados los hechos siguientes:

PRIMERO

Dª Trinidad, con DNI Nº NUM000, vino prestando servicios para la FUNDACION MUSEO PICASSO, con centro de trabajo sito en el Palacio de Buenavista de la C/ San Agustín Nº 8, CP: 29015 de Málaga, desde el 1 de febrero de 2008 con la categoría profesional de Directora-Gerente según contrato de Alta Dirección rubricado en la fecha descrita. Contrato que obra unido a los folios 135 a 139 de los autos que se da por reproducido en aras a la brevedad.

SEGUNDO

La actora viene percibiendo una retribución total fija de 69.000 euros/brutos, pagaderos en 14 mensualidades así como otros 1.000 euros/mensuales para pago de alquiler de vivienda y otros gastos ordinarios.

TERCERO

Mediante carta datada el 13/07/2012, la FUNDACION MUSEO PICASSO, procedió al desistimiento unilateral del contrato de alta dirección que le unía a la actora poniendo a su disposición la cantidad de 40.968,75 euros y una cantidad adicional de 8.000 euros ( en total 49.968,75 euros) en concepto de indemnización.

La extinción del contrato tenía efectos desde el 12/10/2012, respetando el periodo de preaviso de 3 meses establecido en el contrato para tal supuesto de desistimiento unilateral del empresario.

Carta que obra unida al folio 10 de los autos, que se da por reproducido en aras a la brevedad.

CUARTO

El 04/07/2012 finalizó el periodo de suspensión del contrato de trabajo de la actora por maternidad (parto múltiple), que tenia efectos desde el 1/03/12. ( f. 141)

QUINTO

Mediante carta datada el 25/06/12 la actora solicitó reducción de jornada por guarda legal por cuidado de hijos menores de 8 años, concretando la reducción de jornada de lunes a viernes, de 9 a 15 horas, con una reducción de jornada de 2 horas diarias. (f. 142).

SEXTO

El 16/07/2012 la actora causó baja medica (IT) por contingencias comunes con el diagnostico de cervicalgia, causando alta el 22/10/2012 (f.153 a 168).

SEPTIMO

Por Auto dictado por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Palma de Mallorca el día24/05/2012, en la pieza separada nº 25 de las diligencias previas nº 2677/08, conocidas como "caso Noos", y al nº 94 de las disposiciones de dicha resolución judicial, se acordó recibir declaración en calidad de imputada, a Dª Trinidad el 12/07/2012. (f. 201 a 212)

OCTAVO

La actora tiene reconocido el derecho al percibo de prestaciones por desempleo desde el 5/11/2012 al 4/11/2014. (f. 218).

NOVENO

Con fecha 7/06/2012, la actora dirigió correo electrónico Don. Estanislao del tenor que obra al folio 223 de los autos, que se da igualmente por reproducido.

En su texto, además de reiterar su solicitud de reducción de jornada por cuidado de menores, manifestaba:"Es importante desbloquear este tema, pues como te dije hay temas muy importantes del museo en los que hay que trabajar ya. Los visitantes están bajando este año, también los ingresos, hay que ver que esta pasando para corregir e intentar frenar la caída, hay que buscar dinero para los proyectos del año 2013, etc. etc."

Correo que no tuvo respuesta por parte del Sr. Estanislao .

DECIMO

El organigrama del Museo Picasso de Málaga, antes de ser despedida la actora era el que obra al folio 232 de los autos, pasando, tras la supresión de la Dirección-Gerencia, a ser el que obra al folio 235 de los autos.

UNDECIMO

Durante la baja maternal de la actora, el Patronato acordó constituir una comisión formada por D. Teodulfo y D. Cesareo para la designación del responsable/es interinos de la Gerencia del MPM durante la baja de la actora. (F. 246)

DUODECIMO

En reunión del Consejo Ejecutivo de la Fundación Museo Picasso Málaga, celebrada el día 10/02/2012 y al punto 3 del orden del día, se acordó:

Necesidad de ajustes en el Presupuestos 2012 para compensar el final del acuerdo con Unicaza.

UNICAJA comunico en el mes de julio de 2011 que la aportación prevista para 2012 seria la ultima en cumplimiento del Convenio firmado con fecha 20 de julio de 2009, por el que se comprometía a aportar para el sostenimiento y actividades del Museo Picasso la cantidad de 900.000 euros durante tres años. No obstante, posteriormente, y en base a informe de auditoria interna de dicha entidad, UNICAJA consideró que no estaba obligada a dicha a aportación, puesto que ya había hecho frente en su totalidad al compromiso adquirido en el citado Convenio (pagos efectuados el 20 de julio de 2009, el 3 de diciembre de 2011 UNICAJA comunico al MPM que no realizaría la aportación de 900.000 euros que en principio se entendía que correspondían a 2012.

Dado que la carta de 22 de diciembre de 2011 llegó con posterioridad a la aprobación del presupuesto para 2012, en la estimación de ingresos del mismo figura presupuestada dicha cantidad, que en principio no se prevé recibir.

En caso a los hechos descritos anteriormente el Sr. Abel expone la necesidad de reducir el presupuesto de gastos del MPM para 2012 en la cantidad de 900.000 euros para adaptarlo al presupuesto de ingresos.

El Sr. Carmelo manifiesta la conveniencia de que estos ajustes necesarios sean realizados sobre los gastos corrientes de funcionamiento y tengan la menor incidencia posible en el numero de actividades artísticas programadas. Asimismo comenta la necesidad de reforzar una política activa de búsqueda de nuevos patrocinadores, como ejemplo comenta la oportunidad de vincular actividades del MPM a acontecimientos declarados de excepcional interés publico como el Milenium de Granada cuya participación en los mismos conlleva importantes beneficios fiscales para las empresas o la oportunidad de buscar patrocinadores puntuales para las exposiciones programadas.

Se acuerda en relación con lo tratado en este punto que el Director Artístico eleve al Comité de Programación una propuesta de ajustes y medidas a adoptar antes de finales del mes de Febrero. Una vez que esta propuesta sea aprobada pro el Comité de Programación será trasladada al Comite de Presupuestos para su análisis y aprobación por el mismo.

En relación con la puesta en marcha del Club de Amigos del MPM, el Consejo Ejecutivo encomienda al Tesorero de la Fundación, apoyado en el equipo gerencial del Museo, la adopción de las medias necesarias para la puesta en marcha del mismo.

DECIMOTERCERO

En reunión del Consejo Ejecutivo de la Fundación demandada de fecha 15/06/2012 se acordó la elaboración de un plan de austeridad y eficiencia de la Fundación. (f. 277).

DECIMOCUARTO

En reunión del Consejo Ejecutivo de la Fundación demandada, de fecha 11/07/2012, se acordó, entre otras medidas de austeridad, la amortización del puesto de Dirección-Gerencia, así como iniciar, sin dilación, el preaviso de extinción del contrato de la hoy actora. (f. 286).

DECIMOQUINTO

En reunión del Consejo Ejecutivo de la Fundación demandada, de fecha 17/09/2012, se acordó a los puntos 3 y 5 de su orden del día, lo siguiente:

En cuanto a la figura de la Dirección Gerencia, y teniendo en cuenta la redundancia de sus funciones con otros puestos gerenciales y la aplicación de las medidas...

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