STSJ Comunidad de Madrid 1199/2013, 2 de Octubre de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1199/2013
Fecha02 Octubre 2013

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Segunda C/ General Castaños, 1 - 28004

33010280

NIG: 28.079.00.3-2012/0007323

ROLLO DE APELACION Nº 935/2.012-T

SENTENCIA Nº 1199

--------TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

-------- Ilustrísimos Señores:

Presidente:

D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez

Magistrados:

D. José Daniel Sanz Heredero

Dª. Elvira Adoración Rodríguez Martí

D. Miguel Angel García Alonso

Dª. Fátima Blanca de la Cruz Mera

En la Villa de Madrid a dos de octubre de dos mil trece.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el Rollo de Apelación número 935 de 2012-T dimanante del procedimiento ordinario número 58 de 2011 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 20 de Madrid en virtud del recurso de apelación interpuesto por la entidad «Hermanas Hospitalarias el Sagrado Corazón de Jesús, Hospital Beata María de Jesús» representada por la Procuradora Doña Carmen Hijosa Martínez y asistido por la Letrada Doña Isabel Cortes Pulido contra la Sentencia dictada en el mismo. Han sido parte la apelante y como apelado el Ayuntamiento de Madrid asistido y representado por la Letrada Consistorial Doña Aurora Rivas Sas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 3 de enero de 2012, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 20 de Madrid en el procedimiento ordinario número 58 de 2011 dictó Sentencia cuyo fallo es del siguiente tenor literal: « Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora Doña Carmen Hijosa Martínez, en nombre y representación de la congregación religiosa Hermanas Hospitalarias el Sagrado Corazón de Jesús, Hospital Beata María de Jesús, contra la resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Municipal de Madrid el 22 de diciembre de 2010, por el que estima parcialmente la reclamación económico-administrativa n° 200/2010/05547 presentada contra la liquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, expedientes de urbanismo 714-2001-6562 y 711-2005-7121.- No se hace expresa imposición de costas procesales.- Contra la presente resolución, cabe interponer recurso de APELACIÓN que habrá de ser interpuesto ante este mismo Juzgado de lo Contencioso, por escrito, en el que necesariamente habrán de constar las causas o motivos que justifiquen la impugnación, en los quince días siguientes al de la notificación de esta resolución, y del que conocerá la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y del que conocerá la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo de consignarse, en su caso, el depósito de 50 euros previsto en la Disposición Adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial en la redacción operada por virtud de la Ley Orgánica 1/2009 de 3 de noviembre complementaria de la Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la implantación de la nueva oficina Judicial por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio de 1985, del Poder Judicial, depósito que deberá ser consignado en la cuenta de consignaciones de este Juzgado n° 2894-0000-22- n° del procedimiento y año, entidad 0030, sucursal 8110.- Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a los autos de su razón, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.»

SEGUNDO

Por escrito presentado el día 3 de febrero de 2.012 la Procuradora Doña Carmen Hijosa Martínez en representación de la entidad «Hermanas Hospitalarias el Sagrado Corazón de Jesús, Hospital Beata María de Jesús» interpuso recurso de apelación contra la citada resolución formulando los motivos de impugnación frente a la resolución recurrida y terminó suplicando que se tuviera por formalizado recurso de apelación frente a la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo número 20 de Madrid con fecha 3 de enero de 2012, por la cual se desestima el recurso contencioso- administrativo interpuesto contra la Resolución dictada con fecha 22 de diciembre de 2010 por el Tribunal EconómicoAdministrativo Municipal de Madrid y, previo el traslado del mismo a las demás partes, eleve los autos y el expediente administrativo a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a fin de que dicte resolución por la que se anule la Sentencia impugnada por ser contraria a Derecho y, consecuentemente, se reconozca el derecho de la apelante a la devolución de la cantidad indebidamente ingresada en virtud de la liquidación tributaria numero 26703147000010001, derivada del expediente de urbanismo 714/2001/06562. Por otrosí solicitaba que en el caso de que sea estimado el presente recurso de apelación, condene expresamente a la Administración recurrida y con independencia de la condena en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • STSJ Comunidad de Madrid 84/2016, 10 de Febrero de 2016
    • España
    • 10 Febrero 2016
    ...el acto impugnado". Este criterio se siguió inicialmente por esta Tribunal en la Sentencia dictada el 2 de octubre de 2013 ( ROJ: STSJ M 12263/2013 - ECLI:ES:TSJM:2013:12263) dictada en el recurso de apelación 935/2012 TERCERO De contrario, existen otras sentencias que consideran que el pla......
  • STSJ Cataluña 724/2014, 26 de Septiembre de 2014
    • España
    • 26 Septiembre 2014
    ...entre los Tribunales Superiores de Justicia. Así lo sostiene la sentencia que se cita en aquel escrito y también la sentencia del TSJ de Madrid 1199/2013, de 2 de octubre de 2103, que menciona el correspondiente extremo del art. 67.1 LGT 58/2003, entendiendo que se trata de un supuesto de d......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR