STSJ Cataluña 477/2013, 28 de Junio de 2013
Ponente | ALBERTO ANDRES PEREIRA |
ECLI | ES:TSJCAT:2013:7651 |
Número de Recurso | 29/2011 |
Procedimiento | RECURSO ORDINARIO (LEY 1998) |
Número de Resolución | 477/2013 |
Fecha de Resolución | 28 de Junio de 2013 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN QUINTA
Recurso nº 29/2011
SENTENCIA Nº 477/2013
Ilmos. Sres.:
Presidente
DON ALBERTO ANDRÉS PEREIRA
Magistrados
DON EDUARDO PARICIO RALLO
DON JUAN FERNANDO HORCAJADA MOYA
En la Ciudad de Barcelona, a 28 de junio de dos mil trece.
LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN QUINTA) ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso contenciosoadministrativo nº 29/2011, interpuesto por D. Jose Manuel, representado por el Procurador D. Sergio Rubio Carrera y dirigido por el Letrado D. Alejandro Fernández Rodríguez, contra la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO (Dirección General de Tráfico), representada y dirigida por el Sr. Abogado del Estado. Ha sido Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. ALBERTO ANDRÉS PEREIRA, quien expresa el parecer de la Sala.
Por la representación de la parte actora, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, se interpuso el presente recurso contra la resolución de 22 de noviembre de 2010 de la Dirección General de Tráfico, que revocó la resolución de 20 de abril de 2010 de la Jefatura Provincial de Tráfico de Barcelona, por la que se había acordado proceder al canje de oficio del permiso de conducción alemán del que era titular el recurrente, por el correspondiente español. Ello no obstante, se dispuso que el permiso de conducción expedido en Alemania debía quedar depositado en la Jefatura Provincial de Tráfico, al haber sido acordada su pérdida de vigencia, por pérdida total de los puntos asignados al mismo.
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.
Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.
En la sustanciación de este pleito se han observado las prescripciones legales.
Como se ha expuesto en los antecedentes, se impugna mediante el presente recurso la resolución de 22 de noviembre de 2010 de la Dirección General de Tráfico, que revocó la resolución de 20 de abril de 2010 de la Jefatura Provincial de Tráfico de Barcelona, por la que se había acordado proceder al canje de oficio del permiso de conducción alemán del que era titular el recurrente, por el correspondiente español. Ello no obstante, se dispuso que el permiso de conducción expedido en Alemania debía quedar depositado en la Jefatura Provincial de Tráfico, al haber sido acordada su pérdida de vigencia, por pérdida total de los puntos asignados al mismo.
El recurrente, en su escrito de demanda, postula la anulación de la parte del acto impugnado en que se dispone que...
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STS, 23 de Enero de 2015
...del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 28 de junio de 2013, que desestimó el recurso contencioso-administrativo número 29/2011 , formulado contra la resolución del Director General de Tráfico de 22 de noviembre de 2010, que revocó la resolución de la Jefatura Provincial de Tráfico......