STSJ Andalucía 743/2013, 13 de Junio de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución743/2013
Fecha13 Junio 2013

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE SEVILLA

SECCIÓN TERCERA

RECURSO Nº 918/10

Ilmos. Sres.

D. Victoriano Valpuesta Bermúdez, pte

D. Eloy Méndez Martínez

D. Guillermo del Pino Romero

SENTENCIA

En Sevilla, a 13 de junio de 2013

Vistos los autos citados, seguidos ante esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el que ha sido parte actora Dña. Rosana, y parte demandada la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, turnándose la ponencia al Ilmo. Sr. D. Eloy Méndez Martínez, que expresa el parecer de la Sala, se ha dictado ésta con arreglo a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En fecha 26-11-10, y dentro de legal plazo, se presentó ante esta Sala escrito de interposición de recurso contencioso-administrativo, acompañando los documentos exigidos por el artículo 45 LJCA .

Segundo

Verificada la concurrencia de los requisitos legalmente prevenidos y remitido por la Administración el expediente administrativo interesado junto con justificación de haberse practicados los emplazamientos previstos en el artículo 49 de la ley rituaria contenciosa, se acordó entrega al recurrente para deducción de demanda en el plazo de 20 días. Presentada la misma, se dio traslado a las partes demandadas para contestación en idéntico plazo.

Tercero

Por providencia de 17-1-13 quedó el procedimiento pendiente de deliberación y fallo.

Cuarto

Señalado para votación y fallo el día de ayer, el presente recurso fue efectivamente deliberado, votado y fallado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El objeto del presente recurso es la pretensión de anulación de la Orden de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía de 10- 9-10, por la que se publicaba la relación de aspirantes que habían superado el proceso selectivo para ingreso en el cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y otros, convocado por Orden de 25-3-10, en el que participó la recurrente en la especialidad de "Física y Química", y efectuaba los nombramientos provisionales de funcionarios en prácticas.

Segundo

Los motivos de impugnación se centran fundamentalmente en que no le fueron computados por la Comisión de Valoración, como "otros méritos", en el apartado 3.2.1, del Anexo III, dos publicaciones en la editorial EDIPED. Una de ellas, "Aprendiendo Estequiometria", porque, según la Comisión de Baremación,...

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