STSJ Asturias 1596/2013, 26 de Julio de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1596/2013
Fecha26 Julio 2013

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 01596/2013

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIALOVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax:985 20 06 59

NIG: 33044 34 4 2013 0101306

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001246 /2013

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000884/2012 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de OVIEDO

Recurrente/s: DECATHLON ESPAÑA, S.A.

Abogado/a: IRENE MERINO FELIPE

Recurrido/s: CONSEJERIA DE ECONOMIA Y EMPLEO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, D. GENERAL DE TRABAJ

Abogado/a: LETRADO COMUNIDAD(SERVICIO PROVINCIAL)

SENTENCIA Nº 1596/13

En OVIEDO, a veintiséis de Julio de dos mil trece.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias, formada por los Iltmos Sres. D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ, Presidente, Dª. CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ y D. FRANCISCO JOSE DE PRADO FERNANDEZ, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0001246/2013, formalizado por la Letrado Dª. IRENE MERINO FELIPE, en nombre y representación de la empresa DECATHLON ESPAÑA SA, contra la sentencia número 200/2013 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de OVIEDO en el procedimiento DEMANDA 0000884/2012, seguidos a instancia de CONSEJERIA DE ECONOMIA Y EMPLEO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS-D. GENERAL DE TRABAJO frente a empresa DECATHLON ESPAÑA SA, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo Sr D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ .

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La CONSEJERIA DE ECONOMIA Y EMPLEO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS-D. GENERAL DE TRABAJO presentó demanda contra la empresa DECATHLON ESPAÑA SA, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 200/2013, de fecha doce de Abril de dos mil trece .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. ) Paulina comenzó a prestar servicios por cuenta y bajo la dependencia de la empresa Decathon España SA por medio de un contrato de trabajo indefinido a tiempo completo celebrado el día 1 de junio de 2007, ostentando la categoría profesional de responsable de universo, grupo 3, en el centro de trabajo sito en Gijón, siendo su departamento, sección o universo, salud y aventura, estando sujeta la relación laboral al convenio colectivo de empresa.

  2. ) Tras esa sección inicial, en fecha no determinada se la destinó a la sección de responsable de cajas, en la que prestaban servicios nueve trabajadores indefinidos y de 10 a 12 eventuales. Tras reincorporarse de una baja maternal el día 14 de enero de 2011, la empresa la destina a un pasillo del universo o sección de montaña. Hasta ese momento ese departamento dependía de un único responsable de universo y una vez que se reincorpora la actora se le encarga la responsabilidad del pasillo de material y textil de montaña, sin ningún trabajador a su cargo, por lo que, si quería hacer algún trabajo y no realizarlo sola, tenía que pedir al otro responsable de montaña que le cediese los trabajadores adscritos a ese universo. A partir del mes de marzo del año 2011 pasa nuevamente al universo de salud y aventura con un único trabajador a su cargo con un contrato a tiempo parcial. Desde esa fecha existieron periodos en que no existía ningún responsable de caja y a la actora no se la destinó a ese puesto.

  3. ) El día 22 de diciembre de 2010 la actora solicitó, con motivo de su reincorporación, una reducción de jornada a treinta hora semanales a desarrollar de lunes a viernes de 9 a 15 horas. Esa reducción le fue concedida por comunicación de 14 de enero de 2011 señalando la empresa que el horario de trabajo sería el establecido en el planning horario trimestral correspondiente que se le entregaría según lo establecido en el convenio colectivo de empresa.

    El día 4 de abril de 2012 la actora presenta una demanda en materia de reducción de jornada por guarda legal alegando que la empresa había alterado el horario inicialmente pactado. El día 24 de abril se alcanza conciliación judicial en los autos 244/2012 seguidos ante el Juzgado de lo Social nº 4 de Gijón, en la que la empresa aceptaba la reducción de jornada así como la concreción horaria salvo los lunes por la tarde y cuatro sábados al trimestre, siendo uno de ellos por la tarde, que se fijarán coincidiendo con los sábados de mayor facturación según comparativa con el día equivalente del año anterior.

  4. ) Conforme a la ficha de oficio:

    Para el responsable universo caja/recepción:

    - Los indicadores de resultados son: progresión del volumen de venta de la tienda; progresión del número de clientes de la tienda; número de azafatas nombradas RU; progresión del VV/H de mi universo cajarecepción; tasa de fiabilidad de los cobros de la tienda.

    El nivel de responsabilidad de oficio:

    - Un proyecto: decido del proyecto comercial de mi actividad, apoyándome sobre el proyecto de la tienda y sobre la política de servicio cliente de la empresa; decido de las acciones comerciales necesarias a la satisfacción de los clientes y a la optimización del volumen de venta; garantizo el bienestar de mi cliente durante su paso por caja, recepción o al teléfono; garantizo la seguridad y la fiabilidad en caja recepción.

    - Un equipo: decido de la estructura y de los perfiles de mi equipo y le movilizo sobre mi proyecto comercial; doy responsabilidad y oportunidad de crecer a cada uno de mis colaboradores sobre el terreno; desarrollo las competencias de cada uno para aumentar la multi-competencia en caja recepción; participo activamente a la explotación de la tienda y a las decisiones del equipo de dirección de la tienda. - Una cuenta de explotación: tomo las decisiones necesarias para desarrollar los resultados de mi actividad y optimizar su rentabilidad.

    Las competencias a desarrollar son:

    - Elegir el equipo, construir la autonomía y la multicompetencia al servicio del proyecto comercial; participar a diario al comercio de la tienda; pilotar mi actividad económica y humana; garantizar la seguridad y la fiabilidad en caja y en recepción; garantizar una gestión de personal conforme; aplicar y hacer aplicar las reglas de prevención en tienda; asegurar la permanencia en explotación; desarrollar las competencias por el monitorado.

    Para el responsable universo:

    - Los indicadores de resultados son: progresión de cifra de venta del universo; progresión del número de clientes; número de vendedores nombrados RU; progresión de VV/H; progresión margen/stock (duración de vida de los stocks); mejora del resultado.

    El nivel de responsabilidad de oficio:

    - Un proyecto: decido del proyecto comercial de mi actividad, apoyándome en el proyecto de la tienda y sobre la política comercial DMI de mi universo; vendo por la libre buena elección; vendo por mi contacto cliente y aporto una solución a cada una de las necesidades y ganas; decido las acciones comerciales necesarias para la satisfacción de los clientes y el crecimiento de la cifra de venta.

    - Un equipo: decido de la estructura y de los perfiles de mi equipo y le movilizo sobre mi proyecto comercial; lo antes posible, hago que mis nuevos colaboradores puedan tomar decisiones; hago crecer a cada colaborador sobre el terreno; desarrollo las competencias de cada uno para aumentar la multi-competencia (en mi universo y/o en la tienda); participo activamente a la explotación de la tienda y a las decisiones del equipo de dirección de la tienda.

    - Una cuenta de explotación: tomo las decisiones necesarias para garantizar los resultados económicos y humanos de mi actividad y optimizar su rentabilidad.

    Las competencias a desarrollar son:

    - Elegir el equipo, construir una autonomía al servicio del proyecto comercial; vender por mi lineal; aprovisionar a mi lineal; dinamizar mi comercio; vender por mi contacto cliente; pilotar mi actividad económica y humana; garantizar una gestión de personal conforme; aplicar y hacer aplicar las reglas de prevención en tienda; asegurar la permanencia de explotación. También tiene competencias complementarias al oficio.

  5. ) Conforme al artículo 31 del Convenio Colectivo de aplicación la prima que corresponde al responsable de sección es de 0 a 15%: progresión del volumen de ventas IVA incluido de la sección; 10% de progresión da el máximo de prima; 0 a 5%: progresión del volumen de ventas IVA incluido de la tienda; 10% progresión da el máximo de prima; 0 a 10%: prima RBE de la tienda; periodicidad mensual con regularización en el mes 13. La prima que corresponde al responsable cajas es: 0 a 15%: progresión del volumen de ventas IVA incluido de la tienda; 10% de progresión da el máximo de prima; 0 a 15%: prima RBE de la tienda; periodicidad mensual con regularización en el mes 13.

  6. ) Según las nóminas la actora percibió las siguientes primas:

    - Enero de 2009: prima de tienda 183,54 euros, prima resultado 183,54 euros

    - Febrero de 2009: prima de tienda 209,40 euros, prima resultado 209,40 euros

    - Marzo de 2009: prima de tienda 125,65 euros, prima resultado 175,99 euros

    - Abril de 2009: prima de tienda 209,87 euros, prima resultado 209,87 euros

    - Mayo de 2009: prima de tienda 209,27 euros, prima resultado 209,27 euros

    - Junio de 2009: prima de tienda 141,92 euros, prima resultado 188,86 euros

    - Julio de 2009: prima de tienda 207,65 euros, prima resultado 207,65 euros

    - Agosto de 2009: prima de tienda 208,40 euros, prima resultado 208,40 euros

    - Septiembre de 2009: prima de tienda 208,55 euros, prima resultado 208,55 euros

    - Octubre de 2009: prima de tienda 195,87 euros - Noviembre de 2009: prima de tienda 40,32 euros

    - Diciembre de 2009: 0

    - Enero de 2010: prima de tienda 70 euros, prima...

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