STSJ Andalucía 909/2013, 2 de Mayo de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución909/2013
Fecha02 Mayo 2013

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

AN.

SENT. NÚM. 909/13

ILTMO. SR. D. JOSÉ Mª CAPILLA RUIZ COELLO

ILTMO. SR. D. RAFAEL PUYA JIMENEZ

ILTMO. SR. D. FERNANDO OLIET PALÁ

ILTMA. SRA. Dª RAFAELA HORCAS BALLESTEROS

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada a dos de mayo de dos mil trece.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación núm. 558/13, interpuesto por Arturo contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 3 DE GRANADA en fecha 28/12/12 en Autos núm. 696/12, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL PUYA JIMENEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Arturo en reclamación sobre DESPIDO contra AYUNTAMIENTO DE OTURA Y MINISTERIO FISCAL y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 28/12/12, por la que con desestimación de la acción de nulidad y con estimación de la acción subsidiaria formulada por D. Arturo, contra el AYUNTAMIENTO DE OTURA, declaro como despido improcedente el cese del actor en su puesto de trabajo en fecha 01 DE JUNIO DE 2.012, condenando al ayuntamiento demandado a la inmediata readmisión del actor, y en idénticas condiciones, en el puesto de trabajo que venia desarrollando, con abono de los salarios de tramitación.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

El actor D. Arturo, con DNI Nº- NUM000, viene prestando servicios por cuenta y para la empresa Ayuntamiento de Otura, desde el 23 de julio de 2.001, tras superar un concurso oposición libre, para la contratación indefinida de un oficial electricista de primera, vacante en la plantilla de personal laboral, y salario a efectos de despido de 1.840 euros mensuales por todos los conceptos.

SEGUNDO

Con fecha de efectos 1 de junio de 2.012 el Ayuntamiento procedió al despido del actor, mediante carta de 04/05/12, folio 6 por reproducido del siguiente tenor : " Muy Sr/a Mio/a.

El Ayuntamiento Pleno de Oturra aprobó con fecha 28 de marzo de 2.012 Plan de Ajuste en cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto Ley 4/2012 de 24 de febrero ... En el citado Plan de Ajuste, se acuerdan medidas de carácter fiscal y tributario, de gestión, administrativas entre las que se encuentran la reducción en diez personas del personal laboral municipal.

Además el Ayuntamiento ha disminuido de manera persistente sus ingresos en los últimos ejercicios motivada por la grave situación de crisis económica actual y que ha afectado de modo muy grave a esta Administración, lo que ha ocasionado una fuerte caída de la actividad económica en el municipio y correlativamente una fuerte bajada en la recaudación de recursos de esta entidad .

Por las razones anteriores, este Ayuntamiento, a través de la Alcaldía de este Ayuntamiento, en su condición de jefe de personal, ha decidido proceder a su despido por causas objetivas, cuyos efectos extintivos tendrán lugar el próximo 1 de junio de 2.012, transcurridos los 15 días establecidos en el art. 53c.... dispone de

la licencia prevista de 6 horas semanales con la finalidad de encontrar un nuevo empleo... simultáneamente a la presente le ponemos a su disposición la indemnización... a razón de 20 días por año de servicio y que en su caso asciende a la suma total de 12.490,16 euros..

Asimismo indicarle que su liquidación de saldo y finiquito se encuentra a su disposición en este Ayuntamiento"

De dicha carta no se dio traslado a los representantes de los trabajadores, y no se le ha satisfecho al actor el importe de la indemnización.

TERCERO

Como consecuencia de cinco despidos, entre ellos los del actor, a través de una comunicación con las siglas de IU y PSOE, se convocó a una concentración a favor de los trabajadores despedidos, en la que entre otras cosas se acusaba al Alcalde de mentiroso, político acabado, y que había intentado vejar el buen nombre de cuatro hombres y una mujer de nuestro pueblo, llenando su panfleto de invenciones, intentando justificar su sinsentido. Publicitar supuestos expedientes disciplinarios, querer acreditar una baja productividad de un empleado, o bien pretender dejar como insolidarios a unos trabajadores frente a otros, ha sido un grave error y una falta de respeto que no vamos a consentir.

La que fue respondida con una nota informativa del Partido Popular de Otura, manifestando que en ningún momento el Ayuntamiento ha querido hacer los motivos de dichos despidos, pero el cinismo de PSOE e IU ha hecho que desde el PP nos veamos obligados a explicar a los ciudadanos dichas causas. ... el PSOE e IU no han mostrado ningún interés por esos treinta despidos ... el único interés que tienen en los cinco últimos despidos es que entre las personas que ahora abandonan la plantilla del Ayuntamiento están un militante socialista y el hermano del concejal de IU, Jesús, y a continuación justifica los despidos realizados, y en relación con un oficial de electricidad, puesto desempeñado por el actor, se dice que los motivos por los que ha sido despedido son: "falta de productividad manifiesta y reiterada, apertura de expediente disciplinario en

2.008 por desacato a la autoridad y a sus superiores, lo que se considera falta grave, apertura de expediente por falta muy grave al amenazar, amedrentar, vejar, insultar e intentar agredir a un trabajador con discapacidad del Ayuntamiento, algo que consideramos muy grave y constituye un motivo de expulsión directa de su puesto de trabajo.

CUARTO

Por Resolución de la Alcaldía 130/2012, de 13/07/12, se procede a la contratación laboral temporal de once trabajadores, entre ellos D. Jose Ramón, como peón electricista, a partir del día 20 de julio de 2.012, mediante contrato laboral temporal eventual por circunstancias de la producción, con una duración de seis meses.

Y, por resoluciones 136/12 y 141/12 de 18 de julio y 8 de agosto de 2.012 se contrata a cuatro nuevos trabajadores.

QUINTO

Entre las fechas 19/01/09 y 15/05/12, el actor dirigió 45 escritos al Alcalde/Presidente del Ayuntamiento, solicitando material para realizar el trabajo, se revise su RPT, por tener menos puntos que el resto de oficiales y menos que el conductor del camión, se le mande trabajo por escrito dentro de sus competencias de oficial electricista.

En fecha 04/02/09 el Delegado de Personal Laboral del Ayuntamiento Sr. Blas dirigió escrito al Alcalde/ Presidente, por el que le ponía de manifiesto la falta de material, en los puestos de albañilería, y de...

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