STSJ Castilla y León , 2 de Mayo de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha02 Mayo 2013
EmisorTribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), sala social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

VALLADOLID

SENTENCIA: 00832/2013

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIALVALLADOLID

C/ANGUSTIAS S/N

Tfno: 983413204-208

Fax:983.25.42.04

NIG: 34120 44 4 2012 0001027

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000501 /2013 E.A.

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000522 /2012 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de PALENCIA

Recurrente/s: UTE CONSERVAC.PALENCIA JCYL 2012, VIASGON OBRAS Y SERVIC. SLU, HNOS.SASTRE SA, Abelardo

Abogado/a: JAVIER OSCAR CASTAÑO CUENCA, JOSE LUIS VARILLAS ASENJO

Procurador/a:, CONSTANCIO BURGOS HERVAS

Graduado/a Social:

Recurrido/s: UTE CONSERVAC.PALENCIA JCYL 2012, VIASGON OBRAS Y SERVIC. SLU, HNOS.SASTRE SA, ZARZUELA SA EMPRESA CONSTRUCTORA

Abogado/a: JAVIER OSCAR CASTAÑO CUENCA, VICENTE BURON RIOS Procurador/a:,

Graduado/a Social:,

Rec. Núm.501/2013

Ilmos. Sres.:

D. Emilio Alvarez Anllo Presidente de la Sección

D. José Manuel Riesco Iglesias

D. Rafael A. López Parada

En Valladolid, a dos de Mayo de dos mil trece. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 501/2013, interpuesto por D. Abelardo y por UTE CONSERVACION PALENCIA JCYL 2012, VIASGON OBRAS Y SERVICIOS SLU y HERMANOS SASTRE, S.A., contra Sentencia del Juzgado de lo Social núm. UNO de PALENCIA de fecha, 6 de Noviembre de 2.012 (Autos nº 522/2012), dictada a virtud de demanda promovida por D. Abelardo contra UTE CONSERVACION PALENCIA JCYL 2012 Y OTROS; sobre DESPIDO.

Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Emilio Alvarez Anllo .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 6-8-2012, procedente de reparto tuvo entrada en el Juzgado de lo Social nº 1 de Palencia, demanda formulada por la parte actora, en la que se solicitaba se dictase Sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el Juicio, se dictó Sentencia que estimó referida demanda.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes:

" 1°.- El actor D. Abelardo, mayor de edad y con D.N.I. NUM000 ha prestado servicios laborales inicialmente como albañil con categoría de peón especialista y posteriormente con categoría de oficial de 1a para la empresa demandada Zarzuela S.A. Empresa Constructora, habiendo suscrito los siguientes contratos:

Contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo para obra o servicio determinado y duración del 16-11-1999 al 15-12-2003.

Contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo para obra o servicio determinado y duración del 16-12-2003 al 30-4-2008.

Contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo para obra o servicio determinado y duración del 1-5-2008 al 31-8-2010.

Comunicación de conversión de contrato temporal contrato indefinido de fecha 1-9-2010.

  1. - La actividad que desarrollaba Zarzuela S.A. Empresa Constructora y a la que estaba destinado el Sr. Abelardo era la de operaciones de conservación ordinaria, renovación de firmes y señalización de la red de carreteras de titularidad de la Junta de Castilla y León de la provincia de Falencia, incluyendo asimismo las operaciones de conservación extraordinaria y mantenimiento de la vialidad invernal, mediante adjudicación de la Junta de Castilla y León.

    2.1.- Las prescripciones técnicas de obligado cumplimiento por la citada mercantil en la última adjudicación (2008-2012) son las que figuran a los folios 60 y otros de los autos cuyo íntegro contenido se da aquí por reproducido (clave 4.4-P-12)

    2.2.- Las tareas que desarrollaba D. Abelardo quien carece del permiso de conducir camiones, eran trasladar a sus compañeros desde sus domicilios al centro de trabajo (zona de carretera en la que prestar sus servicios), y proceder a ejecutar trabajos básicamente manuales: desbroce de cunetas, tala de árboles, tareas de limpieza...

    2.3.- El trabajo estaba organizado en 5 equipos en la Provincia de Falencia con sedes en Paredes, Cervera, Saldaña, Palencia capital y Torquemada, estando formados cada uno por 4 ó 5 trabajadores, más un jefe de obra, un técnico y un encargado.

    2.4.- Durante la época de la vialidad invernal, la plantilla se incrementaba con al menos 5 oficiales de 1a conductor para el manejo de maquinaria sobre todo quitanieves.

  2. - La Junta de Castilla y León puso a disposición de Zarzuela S.A. Empresa Constructora ciertos medios materiales tales como una oficina o maquinaria específica.

  3. - Las retribuciones brutas que D. Abelardo ha percibido por su trabajo como oficial 1a para Zarzuela S.A. Empresa Constructora durante el período que se indicará han sido las siguientes:

    4.1.- Julio 2011

    - Salario base 805,38 # - Asistencia y actividad 294,80 #

    - Plus extrasalarial transporte 72,40 #

    - Complemento a bruto 174,42 #

    1.347,00 #

    4.2.- Agosto 2011

    - Salario base 805,38 #

    - Asistencia y actividad 324,28 #

    - Plus extrasalarial transporte 79,64 #

    - Complemento a bruto 137,70 #

    1.347,00 #

    4.3.- Septiembre 2011

    - Salario base 779,40 #

    - Asistencia y actividad 294,80 #

    - Plus extrasalarial transporte 72,40 #

    - Complemento a bruto 200,40 #

    1.347,00 #

    4.4.- Octubre 2011

    - Salario base 805,38 #

    - Asistencia y actividad 280,06 #

    - Plus extrasalarial transporte 68,78 #

    - Complemento a bruto 192,78 #

    1.347,00 #

    4.5.- Noviembre 2011

    - Salario base 779,40 #

    - Asistencia y actividad 309,54 #

    - Plus extrasalarial transporte 76,02 #

    - Complemento a bruto 182,04 #

    1.347,00 #

    4.6.- Paga Extra Navidad 2011: 1.098,27 #

    4.7.- Diciembre 2011

    - Salario base 805,38 #

    - Asistencia y actividad 235,84 #

    - Plus extrasalarial transporte 57,92 #

    - Complemento a bruto 247,86 #

    1.347,00 #

    4.8.- Enero 2012

    - Salario base 805,38 #

    - Asistencia y actividad 294,80 #

    - Plus extrasalarial transporte 72,40 # - Complemento a bruto 174,42 #

    1.347,00 #

    4.9.- Febrero 2012

    - Salario base 753,42 #

    - Asistencia y actividad 309,54 #

    - Plus extrasalarial transporte 76,02 #

    - Complemento a bruto 208,02 #

    1.347,00 #

    4.10.- Marzo 2012

    - Salario base 805,38 #

    - Asistencia y actividad 309,54 #

    - Plus extrasalarial transporte 76,02 #

    - Complemento a bruto 156,06 #

    1.347,00 #

    4.11.- Abril 2012

    - Salario base 779,40 #

    - Asistencia y actividad 250,58 #

    - Plus extrasalarial transporte 61,54 #

    - Complemento a bruto 255,48 #

    1.347,00 #

    4.12.- Mayo 2012

    - Salario base 820,26 #

    - Asistencia y actividad 312,69 #

    - Plus extrasalarial transporte 76,86 #

    - Complemento a bruto 137,19 #

    1.347,00 #

    4.13.- Paga Extra verano 2012: 1.109,25 #

    4.14.- Junio 2012

    - Salario base 793,80 #

    - Asistencia y actividad 312,69 #

    - Plus extrasalarial transporte 76,86 #

    - Complemento a bruto 90,56 #

    - Revisión Salarial 73,09 #

    1.347,00 #

  4. - Por parte de la Junta de Castilla y León se procedió en septiembre de 2011 a la apertura de un procedimiento para la adjudicación del expediente clave 4.4-P-13 consistente en el contrato de servicios para la ejecución de diversas operaciones de conservación en las carreteras y tramos de titularidad autonómica de la provincia de Falencia.

    5.1.- El Pliego de prescripciones técnicas particulares del citado contrato consta en autos a los folios 47 y siguientes, cuyo integro contenido se da aquí por reproducido, destacando a los fines de este procedimiento, las siguientes estipulaciones: -6- ORGANIZACIÓN Y MEDIOS DEL ADJUDICATARIO.-6.1.- Instalaciones:... El adjudicatario podrá utilizar total o parcialmente las instalaciones afectas a conservación de carreteras autonómicas que la Junta de Castilla y León posee en la provincia de Palencia.

    6.2- Personal: El personal fijo para todas las operaciones del contrato con dedicación exclusiva será el que se detalla a continuación

    Un jefe de operaciones

    Un encargado (técnico coex)

    Un auxiliar administrativo operador informat. Un técnico auxiliar

    8 oficiales de 1a conductores

    (con carne de camión)

    16 peones especialistas

    En vialidad invernal: 5 oficiales 1a conductores (con carné de camión)

    6.3.-Maquinaria

    y

    Medios :

    maquinaria puesta a disposición por la Junta de Castilla y León

    8 camiones 4x4 Iveco

    1 Q. dinámica Fresia

    1 Q. dinámica Rolba

    Un depósito de fabricación de salmuera en

    Saldaña

    Un depósito de salmuera en Saldaña

    5.2.- A dicho contrato presentaron ofertas tanto Zarzuela S.A. Empresa Constructora como los demandados Viasgon Obras y Servicios S.L. y Construcciones Hermanos Sastre S.A. (UTE Conserv. Falencia JCYL 2012) .

    5.3.- Por Orden de 30-5-2012 de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León se acordó adjudicar la ejecución del contrato de servicios para la ejecución de diversas operaciones de conservación en las carreteras y tramos de titularidad autonómica de la provincia de Falencia a la Empresa Viasgon Obras y Servicios S.L. Construcciones Hermanos Sastre S.A. (UTE)

  5. - Mediante escrito de 15-6-2012, Zarzuela S.A. Empresa Constructora comunicó a Viasgon Obras y Servicios S.L. y a Construcciones Hermanos Sastre S.A. (UTE Conserv. Falencia JCYL 2012) los siguientes extremos:

    Muy Sres. nuestros:

    Habiendo tenido conocimiento, por parte de la Junta de Castilla y León, Consejería de Fomento y Medio Ambiente, Dirección General de Carreteras e Infraestructuras, de la adjudicación a esa Empresa del siguiente contrato: 12613/2012/3. Contrato de Servicios para la Ejecución de Diversas Operaciones de Conservación en las Carreteras y Tramos de Titularidad Autonómica de la Provincia de' Falencia. (4.4-P-13), Orden de 30 de mayo de 2012 de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores y en el Artículo 27 del Convenio General del Sector de la Construcción

    , mediante el presente escrito les notificamos la obligación de subrogación del personal que viene prestando servicios a Zarzuela S A. Empresa Constructora en la...

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