STSJ Comunidad de Madrid 174/2013, 4 de Marzo de 2013

PonenteMARIA AURORA DE LA CUEVA ALEU
ECLIES:TSJM:2013:2656
Número de Recurso4924/2012
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución174/2013
Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2013
EmisorSala de lo Social

RSU 0004924/2012

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.5

MADRID

SENTENCIA: 00174/2013

Sentencia nº 174

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 5ª

MADRID

Ilma. Sra.Dª Begoña Hernani Fernández :

Presidente

Ilma. Sra. Dª Aurora de la Cueva Aleu :

Ilma. Sra.Dª Alicia Catalá Pellón :

En Madrid, a 4 de marzo de 2013.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 174

En el recurso de suplicación 4924/12 interpuesto por JUBEL SERVICIOS DE MANTENIMIENTO representado por el Letrado EPIFANIO ALOCEN MARTINEZ, contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social NUM. 2 DE MOSTOLES en autos núm. 160/12 siendo recurridos SERCOSER SISTEMAS SL representado por el Letrado BEATRIZ LLAMAS CUESTA y Zaira, Edurne, Natividad, Alejandra, Florencia, Diego Y Isidora representados por la letrada BEGOÑA DEL OLMO LOPEZ. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. DOÑA Aurora de la Cueva Aleu.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de procedencia tuvo entrada demanda suscrita por Zaira

, Edurne, Natividad, Alejandra, Florencia, Diego Y Isidora, contra JUBEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y CONTROL SL Y SERCOSER SISTEMAS SL en reclamación sobre DESPIDO en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia con fecha 13 de abril de 2012, en los términos que se expresan en el fallo de dicha resolución.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como HECHOS PROBADOS, se declaraban los siguientes:

PRIMERO

Los actores han venido prestando servicios para la empresa codemandada "JUBEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y CONTROL SL" "HADALUNA GESTIÓN S.L.", en el Museo de Aeronáutica y Astronáutica, sito en la Autovía A-5 Km 10,500 de S.L", en el Museo de Aeronáutica y Astronáutica, sito en la Autovía A-5 Km 10,500, de Madrid, con la antigüedad, categoría profesional y salario mensual, con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias, que para cada uno de ellos se hace constar en el hecho primero de sus respectivas demandas; los cuales se concretan en los siguientes extremos:

Dª Zaira : 03/03/2007; Auxiliar de Servicios; 604,73 #/mes (19,88 #/día)

Dª Edurne : 14/01/2006; Auxiliar de Servicios; 604,73#/mes (19,88 #/día)

Dª Natividad : 04/09/2006; Auxiliar de Servicios; 604,73#/mes (19,88#/día)

Dª Alejandra : 01/01/2007; Auxiliar de Servicios; 604,73#/mes (19,88#/día)

Dª Florencia : 16/11/2006; Auxiliar de Servicios; 604,73 #/mes (19,88#/día)

D. Diego : 26/09/2006; Auxiliar de Servicios; 604,73#/mes (19,88#/día)

Dª Isidora : 02/01/2006; Auxiliar de Servicios; 604,73#/mes (19,88#/día)

(Documentos nº 2, 5, 8, 11, 14, 17 y 20 de la parte actora: Nónimas de los actores)

SEGUNDO

La empresa codemandada "JUBEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y CONTROL SL" ha sido adjudicataria del contrato administrativo de prestación de servicios de control y atención del público visitante del Museo de Aeronáutica y Astronáutica desde el 01/01/2010 hasta el 31/12/2011.

TERCERO

Desde el 01/01/2012, la nueva adjudicataria del contrato administrativo de prestación de servicios de control y atención del público visitante del Museo de Aeronáutica y Astronáutica es la mercantil también codemandada "SERCOSER SISTEMAS SL". (Documento nº 1 del ramo de prueba de la demandada SERCOSER)

CUARTO

En fecha 23/12/2011, los trabajadores demandantes recibieron comunicación escrita de la empresa codemandada "JUBEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y CONTROL SL", mediante la cual la citada mercantil les notificaba que:

"Por la presente les comunicamos que el próximo día 31 de Diciembre de 2011, cesaremos la prestación de servicio en el Museo de Aeronáutica y Astronáutica, habiéndose adjudicado por parte del Cuartel General del Aire dicho servicio a la empresa SERCOSER SISTEMAS SL

Por tanto, deben ponerse en contacto con la citada empresa adjudicataria para recibir las instrucciones oportunas para la continuidad del servicio."

(Documento adjunto a las demandadas)

QUINTO

El día 02/01/2012 los demandantes acudieron a su puesto de trabajo, sin que les fuese permitido el acceso al mismo, siendo informados por la empresa SERCOSER que ella tenía su propio personal. (Hecho no controvertido)

SEXTO

La empresa codemandada "SERCOSER SISTEMAS SL" ha contratado a otros cuatro trabajadores que anteriormente prestaban servicios para la empresa "JUBEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y CONTROL SL" en el Museo de Aeronáutica y Astronáutica. (Hechos no controvertidos)

SEPTIMO

Consta en autos que las empresas codemandadas se encuentran en situación de alta en Seguridad Social. Por lo que respecta a la situación laboral de los demandantes, consta que todos ellos fueron dados de baja en el Régimen de Seguridad Social por la mercantil codemandada JUBEL SERVICIOS en fecha 31/12/2011, así como que con posterioridad la actora Dª Edurne ha prestado servicios para la empresa COMPAÑÍA HISPANA DE LIMPIEZAS S.L del 02/03/2012 al 16/03/2012. (Consulta a TGSS)

OCTAVO

Por las demandantes se presentó papeleta de conciliación ante el SMAC, a fin de intentar el acto de conciliación previa, el cual se celebró con el resultado de sin avenencia respecto de la demandada compareciente y sin efecto respecto de la no compareciente.

TERCERO

En esta sentencia se emitió el siguiente fallo:

"ESTIMANDO PARCIALMENTE LA DEMANDA INTERPUESTA POR Dª Zaira, Dª Edurne, Dª Natividad, Dª Alejandra, Dª Florencia, D. Diego Y Dª Isidora FRENTE A LAS...

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