STSJ Comunidad de Madrid 212/2008, 17 de Marzo de 2008

PonenteJAVIER JOSE PARIS MARIN
ECLIES:TSJM:2008:12918
Número de Recurso5774/2007
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución212/2008
Fecha de Resolución17 de Marzo de 2008
EmisorSala de lo Social

RSU 0005774/2007

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.1

MADRID

SENTENCIA: 00212/2008

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL - SECCIÓN PRIMERA

Recurso número: 5774-07

Sentencia número: 212/08

C.

Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZÁLEZ ALLER

-PRESIDENTE-

Ilmo. Sr. D. JUAN MIGUEL TORRES ANDRÉS

Ilmo. Sr. D. JAVIER PARIS MARÍN

En la villa de Madrid, a diecisiete de marzo de dos mil ocho.

Habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de 27 de diciembre de 1.978,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación número 5774-07, formalizado por el Sr. Letrado D. JORGE MORALES PASTOR, en nombre y representación de DON Sebastián contra la sentencia de fecha 27 de abril de 2007, dictada por el Juzgado de lo Social número 17 de MADRID, en sus autos número 141-07, seguidos a instancia de DON Sebastián frente a PEUGEOT CITROËN AUTOMÓVILES ESPAÑA S.A. y PEUGEOT CITROËN ESPAÑA AUTOMÓVILES S.A. (FRANCIA), en reclamación de DESPIDO, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. JAVIER PARIS MARÍN, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicho sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos probados:

"PRIMERO.- D. Sebastián ha venido prestando sus servicios para la empresa PEUGEOT CITROEN AUTOMOVILES ESPAÑA, S.A. con una antigüedad reconocida del 3-10-77 con categoría profesional de Licenciado, en e1 puesto de Jefe del Departamento Terciario y Prestaciones (Dirección de compras) y devengando un salario bruto mensual con inclusión de la parte proporcional de pagas extraordinarias de 5.673'65 euros.

SEGUNDO

Mediante carta de fecha 15-12-06 la empresa comunica al actor la imputación de unos hechos, concediéndole un permiso retribuido a la espera de que clarifique los hechos descritos en dicha comunicación (doc. 12 de la empresa, que se da por reproducido).

A tal comunicación el actor contesta mediante carta entregada a la empresa el día 20-12-06, alegando no saber quien es el autor de los anónimos. Se da por reproducida dicha carta (doc.51 de la empresa).

TERCERO

Con fecha 3-1-07 y efectos del mismo día, la empresa le comunicó al actor por escrito su despido disciplinario basado en los siguientes hechos:

"E1 pasado día 15 de diciembre de 2.006 le hicimos entrega de un pliego de cargos en el que le imputábamos el envío de diversos escritos a diferentes personas de la Empresa en España y Francia, en los que usted realizaba críticas personales ofensivas, peyorativas, insultantes en suma, a diversos compañeros de trabajo, además de imputar a algunos de ellos gravísimos hechos fraudulentos y/o delictivos.

En relación con lo anterior, se le concedió un plazo de 5 días para que Vd. pudiera presentar un escrito, alegando en su defensa lo que considerase oportuno, así como para que pudiera presentar cualquier tipo de documento o información que probara las acusaciones vertidas por Vd., pues en otro caso, consideraríamos las mismas como infundadas y su conducta sería calificada como una falta laboral muy grave.

Sin embargo, ha transcurrido el plazo concedido y sólo hemos recibido el pliego de descargos entregado por usted de fecha 20.12.2006, en el que se limita básicamente a negar ser el autor de tales escritos.

Siendo ello así, hemos solicitado un nuevo informe pericial que, igual que el informe a que nos referíamos en el pliego de cargos, concluye que es Vd. el autor de los sobres manuscritos que contenían los escritos de constante referencia.

Como consecuencia de ello procedemos a comunicarle su despido con efectos del día de hoy, por los hechos que detallamos a continuación:

1) El pasado día 27 de enero de 2006, D. Mauricio, Responsable de la Dirección de Compras, recibió en el Centro de Madrid una carta en un sobre manuscrito por Vd., enviada por correo, con matasellos del día 23 de enero de 2006, que se acompañan como documentos números 1 y 1 bis.

En dicha carta su autor que se identifica como "un grupo de usuarios internos que sufrimos la política equivocada delas Compras Locales de la fábrica", informa al Sr. Mauricio, quien según el autor "anda perdiendo el tiempo en múltiples reuniones y no ha profundizado en las Compras Locales de Madrid", de la supuesta comisión por parte de tres personas de su Departamento de conductas fraudulentas.

Así, el autor relata como "al más que probable hecho de la corrupción del Sr. Daniel, punta del iceberg (consulte a los proveedores) se une el verdadero cerebro de todo el engranaje, el Sr. Imanol. Es el resto del iceberg. Todo esto está permitido por la incompetencia de su jefa, la Sra. Rocío. Es la consentidora y a la vez beneficiaria".

Esta carta continúa advirtiendo al Sr. Mauricio lo siguiente: "Si Usted no es capaz de cortar radicalmente esta situación, tenemos que pensar que también está implicado".

E1 autor concluye con una amenaza velada al Sr. Mauricio : "Le queda muy poco tiempo para demostrar que es capaz de poner orden en las Compras Locales. No sea tonto y no se deje salpicar por la corrupción porque le arrastrará".

2) Asimismo, a lo largo del pasado mes de noviembre de 2006 dos personas, miembros de la Dirección de Compras del Grupo PSA Peugeot Citroen, han recibido sendas cartas en sobres manuscritos por Vd., con matasellos del día 13 de noviembre.

Estas cartas, idénticas en cuanto a su contenido y que se acompañan como documentos números 2, 2 bis, 3 y 3 bis, y escritas parcialmente en dos idiomas (español y francés), están dirigidas, respectivamente, al Sr. Jose Pablo, Director de Inversión, Terciario y Prestaciones de la Dirección de Compras, y al Sr. Fermín, Manager Responsable de las Compras Locales de Europa.

En estas dos cartas su autor, que se presenta como "un grupo de cuadros e ingenieros vinculados a OIFA de PCAE (fábrica de Madrid)", relata un supuesto caso de "corrupción y cohecho", que según el autor, estaría llevando a cabo la persona Responsable del Departamento de Compras Locales del Centro de Producción de Madrid, Dª. Rocío.

Es de destacar que las cartas están dirigidas a las personas Responsables, en Francia, de la Dirección de Compras del Grupo PSA Peugeot Citroen, Dirección a la que pertenecen tanto la persona referida, como usted.

En dichas cartas el autor, quien alega tener "pruebas suficientes" de estos hechos, acusa a la citada persona del cobro de comisiones en el desarrollo de su trabajo, diciendo textualmente que "una persona de su equipo ( Rocío ) se está hinchando a ganar dinero por medios ilegales", seòalando que se trata de cobros que está realizando de forma ilegal a los proveedores, que además, han aumentado en estos últimos meses dado al "desmantelamiento" de la propia Dirección de compras.

Además, imputa a la citada persona el hecho de que "está pasando pedidos" a una serie de proveedores, "en muchos casos sin justificar la decisión desde el punto de vista procedimiento de compras", y "en muchos casos ha eliminado los pedidos abiertos para hacer pedidos cerrados y de esta manera no tener un comparativo económico" de los pedidos.

Sigue diciendo la carta que esta misma persona "ha indicado, en una comida con uno de estos proveedores", que debido a la situación de desmantelamiento de la Dirección "queda muy poco tiempo para aprovecharse de la situación de privilegio con los proveedores, hay que darse prisa por empezar a cobrar el máximo de comisiones, antes de que se acabe el chollo de las compras".

Termina señalando lo siguiente "Saludos del grupo de ingenieros y cuadros de DIFA Madrid que sufrimos a esa señorita, que además de tener muy mal estilo, muy grosera con la gente, encima es una corrupta".

3) Del mismo modo, el Sr. Juan Manuel, Director de Compras del Grupo PSA Peugeot Citroen SA, recibió el pasado 23 de noviembre de 2006, una carta fechada en Madrid el 17 de noviembre de 2006, en un sobre manuscrito por Vd. con matasellos del día 20 de noviembre, con el siguiente pie de documento "Incompetence du Responsable de la DA Madrid ( Mauricio )", siendo la DA las siglas de la Dirección de Compras (Direction.D'AChats), que se acompañan como documentos números 4 y 4bis.

En esta nueva carta, con párrafos en español y párrafos en francés, el autor, presentándose una vez más como un colectivo de Cuadros e ingenieros de la fábrica de Madrid, comienza la carta relatando la "envidia" hacia las personas que trabajan en la Dirección de Compras en el Centro de Producción de Vigo dada su autonomía de la Dirección de Compras Central en Francia, y apostillando textualmente que: "los compañeros de Vigo están convencidos que los franceses de Compras (DA) son bastante simples e ignorantes".

Continúa la carta relatando la situación del Departamento de Compras ubicado en el Centro de Producción de Madrid, personificando los "problemas" de este Departamento en el Sr. Mauricio, actual Responsable del mismo, considerándose que con este Responsable "se ha llegado...

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