STSJ Comunidad de Madrid 43/2013, 23 de Enero de 2013

PonenteINES MARIA HUERTA GARICANO
ECLIES:TSJM:2013:683
Número de Recurso1359/2012
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución43/2013
Fecha de Resolución23 de Enero de 2013
EmisorSala de lo Contencioso

Rº 1359/12

Registro General 9565/12

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Octava

C/ General Castaños, 1 - 28004

33009710

NIG: 28.079.00.3-2012/0009761

Derechos Fundamentales 1359/2012 O- 07 SENTENCIA Nº 43

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION OCTAVA

Ilmos. Sres.

Presidente

Dña. Inés Huerta Garicano

Magistrados

D. Miguel Angel Vegas Valiente Dña. Carmen Rodríguez Rodrigo

D. Francisco Javier González Gragera

En la Villa de Madrid a veintitrés de enero de dos mil trece

VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los Autos del recurso contencioso- administrativo especial de protección jurisdiccional de derechos fundamentales de la persona nº 1359/12, interpuesto -en escrito presentado el pasado 6 de agosto- por la Procuradora Dña. Elena Yustos Capilla, actuando en nombre y representación de D. Alfredo, interno en el Centro Penitenciario de Villarrubla (Valladolid), contra la desestimación presunta del recurso de alzada deducido -escrito presentado el 6 de juliofrente a la Resolución de la Secretaría General de II.PP. de 30 de mayo, por la que se deniega su petición de traslado a un Centro Penitenciario de la Comunidad de Madrid.

Han sido partes demandadas la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado y el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que postuló una sentencia que declare la nulidad de las Resoluciones impugnadas, con retroacción de actuaciones al momento anterior de su dictado a fin de que se ejecute lo acordado en el Auto del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria de 27 de febrero de 2012.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que instó, en esencia, la desestimación del recurso.

El Ministerio Fiscal, en igual trámite, efectuó idéntico pedimento.

TERCERO

No habiéndose recibido el pleito a prueba, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.

CUARTO

Para deliberación, votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 22 de enero de 2013, teniendo lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales, habiendo quedado fijada en indeterminada la cuantía del pleito.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación. Siendo Ponente la Magistrada de la Sección Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente recurso se concreta en determinar si la Resolución impugnada vulnera los arts. 24 y 15 CE .

Al actor se le ha denegado el traslado -solicitado para seguir en Madrid el tratamiento odontológico que le viene prestando, a su costa, un profesional que se desplaza al Centro de Valladolid desde Madrid- en razón de que dicho tratamiento se viene realizando puntualmente por el profesional...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • ATS, 4 de Diciembre de 2014
    • España
    • 4 Diciembre 2014
    ...2013 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Octava), dictada en el recurso número 1359/2012 , declarando firme dicha resolución e imponiendo a la parte recurrente las costas procesales causadas, señalándose como cantidad máxima a rec......
  • ATS, 9 de Enero de 2014
    • España
    • 9 Enero 2014
    ...de la Sala de lo Contencioso- Administrativo (Sección Octava) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dictada en el recurso número 1359/2012 , sobre derechos SEGUNDO .- Por providencia de 18 de junio de 2013 se acordó conceder a las partes el plazo de diez días para que formularan aleg......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR