STSJ Comunidad Valenciana 418/2008, 28 de Marzo de 2008

PonenteMARIA INMACULADA REVUELTA PEREZ
ECLIES:TSJCV:2008:1936
Número de Recurso1549/2006/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución418/2008
Fecha de Resolución28 de Marzo de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

418/2008

T.S.J.C.V.

Sala Contencioso Administrativo

Sección Primera

Asunto nº "AP-1549/2006"

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD

VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

En la ciudad de Valencia, a veintiocho de marzo de dos mil ocho.

VISTO por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la

Comunidad Valenciana EN GRADO DE APELACION compuesta por:

Presidente:

Ilmo. Sr. D. Edilberto Narbón Láinez.

Magistrados Ilmos. Srs:

D. Agustín Gómez Moreno Mora

Dña. Inmaculada Revuelta Pérez

SENTENCIA NUM: 418

En el recurso de apelación nº 1549/2006, interpuesto, como parte apelante, por la mercantil "GARCIA SANCHIS, S.A.", representada por el Procurador D. JAVIER ROLDAN GARCÍA y asistida por el Letrado D. SANTIAGO HERRERO MEDRANO, contra la Sentencia de 22-09-06 (321/2006), dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Valencia, que desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la parte apelante, contra la resolución de la Alcaldía del

Ayuntamiento de Sagunto de 11-05-06, por la que se denegaron las licencias de edificación y de actividad de horno crematorio solicitadas. Ha sido parte en autos, como parte apelada, el Ayuntamiento de Sagunto, representada por la Procuradora DÑA.

LIDON GIMENEZ TIRADO y Magistrada ponente Inmaculada Revuelta Pérez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Dictada la resolución que se ha reseñado por el citado Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Valencia, la parte que se consideró perjudicada por la misma interpuso el correspondiente recurso de apelación. Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica la revocación de la sentencia de instancia declarando no ajustado a derecho la denegación de las licencias de edificación y actividad para horno crematorio y se revoquen los acuerdos de 11 de mayo y 16 de noviembre de 2005 por ser contrarios a derecho, procediendose al otorgamiento de las licencias interesadas, con condena en costas a quien se opusiere a estas pretensiones.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte apelada el recurso, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que se desestime el recurso de apelación, confirmando en todos sus términos la Sentencia apelada, con imposición de las costas a la parte apelante.

TERCERO

Quedó el rollo de apelación pendiente para votación y fallo, habiéndose señalado la votación para el día veintiuno de enero de dos mil ocho.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente proceso la parte apelante interpone recurso de apelación contra la Sentencia de 22-09-06, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Valencia, que desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la parte apelante contra la resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Sagunto de 11-05-06, por la que se denegaron las licencias de edificación y de actividad de horno crematorio solicitadas

SEGUNDO

La Sentencia apelada se basa en el Reglamento de policía mortuoria, aprobado mediante Decreto 39/2005, que prevé la posibilidad de ubicar crematorios en los tanatorios pero lo condiciona a las previsiones de las normas urbanísticas municipales aplicables. Considera la Sentencia que en el caso analizado, y según se desprende de los informes técnicos municipales, las ordenanzas del plan parcial no han variado tras la entrada en vigor de esta norma, no siendo compatible el uso de crematorio, por lo que debe aplicarse la Ley 3/89, que dispone la denegación de las licencias municipales de actividad que no se ajusten a las normas establecidas en los planes de ordenación urbana

TERCERO

La parte apelante fundamenta el recurso en los motivos que se exponen en lo que sigue. Se sostiene...

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