STSJ Cantabria 705/2012, 27 de Septiembre de 2012
Ponente | MARIA ESTHER CASTANEDO GARCIA |
ECLI | ES:TSJCANT:2012:398 |
Número de Recurso | 181/2011 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 705/2012 |
Fecha de Resolución | 27 de Septiembre de 2012 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
S E N T E N C I A nº 000705/2012
Iltmo. Sr. Presidente
Don Rafael Losada Armada
Iltmas. Sras. Magistradas
Doña Maria Jose Artaza Bilbao
Doña Esther Castanedo Garcia
Don Juan Piqueras Valls
Doña Paz Hidalgo Bermejo
En la ciudad de Santander, a veintisiete de septiembre de dos mil doce.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el RECURSO CONTENCIOSO-ADMINSITRATIVO número 181/11, interpuesto por DON Guillermo, contra la resolución de la Dirección General de la Policía de fecha 10 de diciembre de 2010, por la que se desestima la solicitud relativa al abono de la diferencia retributiva complementaria referida la componente general del complemento específico, como consecuencia a ocupar un puesto indistinto entre Escala Ejecutiva Primera y Segunda Categoría, desde el 1 de septiembre de 2006 hasta el 1 de abril de 2009.
Es ponente la Iltma. Sra. Doña Esther Castanedo Garcia, quien expresa el parecer de la Sala.
El recurso contencioso-administrativo se interpuso el día 21 de febrero de 2011, admitiéndose contra la resolución de la Dirección General de la Policía antes referida.
En su escrito de demanda, la parte recurrente interesa de la Sala dicte sentencia por la que se revoque la resolución impugnada y se reconozca el derecho del demandante al abono de las diferencias retributivas que resulten entre el complemento específico general de inspector jefe y el percibido como inspector durante el periodo que desempeñó tal puesto, y los intereses legales devengados desde la fecha de dicha petición.
En su escrito de contestación a la demanda, la administración solicita de la Sala la desestimación del recurso, por ser conforme a derecho la resolución que se impugna.
Una vez practicada la prueba admitida, se señaló fecha para la votación y fallo de este asunto que tuvo lugar el día 26 de septiembre de 2012, en que efectivamente se deliberó votó y falló.
Es objeto del presente recurso de apelación la resolución de la Dirección General de la Policía de fecha 20 de diciembre de 2010 antes transcrita.
El recurso se fundamenta principalmente en la discriminación que se produce en las retribuciones de los Jefes de Policía Científica, toda vez que pueden ser nombrados para este cargo tanto Inspectores como Inspectores Jefe, cobrando pro la realización del mismo puesto de trabajo dos complementos específicos distintos.
En cuanto a la contestación a la demanda, la administración manifiesta que la única diferencia en los complementos se produce por la categoría de funcionario de que se trate, por lo...
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