STSJ Comunidad de Madrid 611/2012, 13 de Julio de 2012

PonenteJOSEFINA TRIGUERO AGUDO
ECLIES:TSJM:2012:13002
Número de Recurso419/2012
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución611/2012
Fecha de Resolución13 de Julio de 2012
EmisorSala de lo Social

RSU 0000419/2012

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 00611/2012

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 003

C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27

N.I.G: 28079 34 4 2012 0051800, MODELO: 40225

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000419 /2012

Materia: INCAPACIDAD DE GRADO

Recurrente/s: Eduardo

Recurrido/s: TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL TGSS, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL INSS

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 20 de MADRID de DEMANDA 0001742 /2009 DEMANDA 0001742 /2009

Sentencia número: 611/12-MH

Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.

JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ OTERO

JOSEFINA TRIGUERO AGUDO

MIGUEL MOREIRAS CABALLERO

En MADRID, a trece de Julio de dos mil doce, habiendo visto las presentes actuaciones la Sección 003 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados/ as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 419 /2012, formalizado por el Letrado Dª. MARIA DEL CARMEN ARRONDO PIÑERO, en nombre y representación de D. Eduardo, contra la sentencia de fecha 28-03-11, dictada por JDO. DE LO SOCIAL nº20 de MADRID en sus autos número 1742 /2009, seguidos a instancia de D. Eduardo frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL INSS, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL TGSS, en reclamación por invalidez absoluta o total, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª. JOSEFINA TRIGUERO AGUDO, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO

El demandante nació el día NUM000 .1962 figura afiliado a la Seguridad Social con el n ° NUM001 siendo su profesión habitual la de Peón de Obras y Servicios.

SEGUNDO

Iniciado expediente de invalidez se emitió informe por el medico evaluador en fecha

15.06.2009 con el siguiente juicio diagnóstico:

"Hepatitis C Crónica.Hepatitis B.Ex-ADVP en tto con metadona" y dentro del juicio clínico laboral se recoge que está limitado para tareas que requieran esfuerzos fisícos intenso. Evitar situaciones de riesgo para si y/o terceros.

TERCERO

Por Resolución de fecha 25. 06.2009 la Dirección Provincial del INSS elevando a definitivo el Dictamen del EVT reunido en la misma fecha declaró al actor afecto de Incapacidad permanente en el grado de total para su profesión habitual.

CUARTO

Según el informe pericial médico forense de fecha de 30.09.2010 obrante en autos a los folios 28 a 29, que se da por reproducido se concluye que la situación funcional laboral del actor consecutiva a su patología condiciona una limitación para realizar las tareas esenciales de su profesión habitual, que podría realizar algún tipo de actividad laboral que no implicara realizar las actividades descritas entre otras las que impliquen esfuerzos físicos moderados -intensos de forma habitual, debido a la astenia propia de su estado de deterioro orgánico debido a su hepatopatia crónica y a los años de drogadicción.

QUINTO

El cuadro patológico del actor es el siguiente: -" Hepatitis C Crónica.Hepatitis B.Ex-ADVP en tto con metadona".

SEXTO

La Base reguladora de la prestación que se solicita es de 605,38 euros y la fecha de efectos sería la de 25. 06. 2009.

SEPTIMO

Por medio de la presente demanda el actor interesa se declare la invalidez permanente absoluta para todo trabajo del actor con derecho a una pensión vitalicia del 100% de su base reguladora mensual.

OCTAVO

- Ha quedado agotada la vía previa.

TERCERO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

Que desestimando la demanda formulada por D. Eduardo contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo absolver y absuelvo a los organismos demandados de las pretensiones deducidas, confirmando, en consecuencia, la Resolución de la Dirección Provincial impugnada.

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por el Letrado Dª. MARIA DEL CARMEN ARRONDO PIÑERO, en nombre y representación de D. Eduardo, no siendo impugnado de contrario.

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