STSJ Castilla y León , 27 de Junio de 2012

PonenteMANUEL MARIA BENITO LOPEZ
ECLIES:TSJCL:2012:3986
Número de Recurso1028/2012
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Fecha de Resolución27 de Junio de 2012
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

VALLADOLID

SENTENCIA: 01321/2012

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIALVALLADOLID

C/ANGUSTIAS S/N

Tfno: 983413204-208

Fax:983.25.42.04

NIG: 47186 44 4 2011 0204555

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001028 /2012

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000945 /2011 JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de VALLADOLID

Recurrente/s: ONET ESPAÑA S.A.

Abogado/a: DIONISIO LUIS MARTIN CASADO

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s: Marí Trini, María Dolores, María Inmaculada

Abogado/a:,,

Procurador/a:,,

Graduado/a Social: SANTIAGO GALVAN ESCUDERO,,

Ilmos. Sres.: Recurso 1028/12

D. Gabriel Coullaut Ariño

Presidente de la Sala

D. Manuel Mª Benito López

D. Juan José Casas Nombela /

En Valladolid a veintisiete de junio de dos mil doce

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente:

SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 1028/12 interpuesto por ONET ESPAÑA, S.A contra la Sentencia del Juzgado de lo Social 2 de Valladolid de fecha 6 de febrero de 2012, recaída en autos nº 945/11, seguidos a virtud de demanda promovida por Dª Marí Trini contra precitada recurrente, Dª María Dolores y Dª María Inmaculada, sobre DESPIDO, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. DON Manuel Mª Benito López.

ANTECEDENTES DE HECHO
primero

Con fecha 28-11-11, procedente de reparto, tuvo entrada en el Juzgado de lo Social 2 de

Valladolid demanda formulada por Dª Marí Trini en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia estimando referida demanda.

Segundo

En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes: " PRIMERO.- La demandante Dª Marí Trini con D.N.I. nº NUM000, viene prestando sus servicios por cuenta y a las ordenes de la empresa demandada ONET ESPAÑA, S.A desde el 2 de Abril de 2007 (1 de septiembre de 2007 según nómina), con la categoría profesional de Limpiadora, con prestación de servicios actual en el centro de trabajo del Edificio de Usos Múltiples II, de la Junta de Castilla y León y percibiendo un salario mensual, incluida la pp. de pagas extras de 492,67 euros. Con fecha 2 de Abril de 2007, se suscribe Contrato de Trabajo de duración determinada a tiempo parcial "Eventual por circunstancias de la producción", estableciendo su duración del 2 de Abril al 31 de Agosto de 2008. Sin interrupción en la prestación de servicios, con fecha 1 de Septiembre de 2007, se suscribe contrato de trabajo de duración determinada a tiempo parcial "por obra o servicio determinado". Sus funciones eran las propias de limpieza de su categoría. La empresa demandada es concesionaria del servicio de limpieza en el centro de trabajo de la actora desde 2007 a virtud de contrato que fue prorrogado en 2009 para hasta el 31 de agosto de 2011. El 2 de septiembre suscribió nuevo contrato con la Cª de Hacienda, como resultado del concurso para la homologación de las empresas que prestarán los servicios de limpieza en los bienes inmuebles utilizados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León, adjunto se remite petición de servicio homologados, realizada por la Consejería de fomento por importe de 533.471,39 euros. SEGUNDO.- En fecha 16 de septiembre de 2011, en reunión mantenida con el Comité de Empresa de Valladolid, la Representación Empresarial procedió a informar a la Representación de los Trabajadores, la posibilidad de que la Consejería de Economía de la Junta de Castilla y León procediera a reducir en 18 horas diarias de la plantilla de limpieza del Edificio de Usos Múltiples II, "lo que conllevaría el despido de las tres personas con menos antigüedad y la recolocación de otras tres personas en otros centros de trabajo". El anterior compromiso ha sido ratificado por la Representación de la Empresa, en la reunión mantenida con el Comité de Empresa, en fecha 21 de octubre de 2011. TERCERO.- Con fecha 10 oct. De 2011, la demandada comunica a la actora la extinción de su relación laboral con efectos del 30 de oct. De 2011 por carta con el siguiente texto: "Le comunicamos que tras la licitación que hoy ha tenido lugar del concurso de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León para el servicios de limpieza del Edif.. de Usos Múltiples II, centro donde actualmente usted presta servicio, esta empresa ha resultado de nuevo adjudicataria del mismo pero con unas condiciones económicas y de j ornadas diarias a realizar, inferiores a las que Leniamos hasta la fecha, suponiendo una reducción de 18 horas diarias de plantilla de limpieza. Con tai motivo OHET ESPAÑA se ve en ia necesidad de adecuar el servicio de limpieza en el citado centro, a las nuevas condiciones contratadas por el cliente. En reunión mantenida el pasado 16/09/11 con el Comité de Empresa de Valladolid, ya se les adelantó la posibilidad de que se diera esta situación y se les informó que de ser asi, supondría la extinción de los contratos de trabajo de las tres personas con menos antigüedad y la recolocación de otras tres personas en otros centros de trabajo. En el día de hoy, al enterarnos de la adjudicación definitiva del servicio, se ha procedido a comunicarles el nombre de las personas afectadas por esta situación descrita. Por ello y dado que en la actual:dad no disponemos de más vacantes en donde poderla colocar, le comunicamos que la Dirección de esta Empresa, en virtud de lo...

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