STSJ Comunidad Valenciana 1870/2007, 18 de Diciembre de 2007
Ponente | RAFAEL PEREZ NIETO |
ECLI | ES:TSJCV:2007:6807 |
Número de Recurso | 2939/2006/ |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 1870/2007 |
Fecha de Resolución | 18 de Diciembre de 2007 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
1870/2007
TSJCV
Sala Contencioso Administrativo
Sección Tercera Rº 2939/06
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA
COMUNIDAD VALENCIANA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCION TERCERA
SENTENCIA Nº 1870/07
En la ciudad de Valencia, a 18 de diciembre de 2007.
Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. don Luis Manglano Sada, Presidente, don Rosario Vidal Mas y don Rafael Pérez Nieto, Magistrados, el recurso contencioso-administrativo con el número 2939/06, en el que han sido partes, como recurrente, la entidad "Zara España" S.A., representada por la Procuradora Sra. Iniesta Sabater y defendida por el Letrado Sr. Monteoliva Díaz, y como demandada el Tribunal Económico Administrativo Regional, que actuó bajo la representación del Abogado del Estado. La cuantía es de 73.267,11 euros. Ha sido ponente el Magistrado don Rafael Pérez Nieto.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites establecidos por la ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizara demanda, lo que verificó en escrito mediante el que quedó ejercitada su pretensión de que se declare nulo el Acuerdo del TEAR impugnado así como la liquidación confirmada por dicho órgano.
La parte demandada dedujo escrito de contestación en que solicitó que se declare la conformidad a Derecho de la Resolución impugnada.
El proceso no se recibió a prueba, y los autos quedaron pendientes para votación y fallo.
Se señaló para votación y fallo el día 18 de diciembre de 2007.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
El objeto del presente recurso contencioso-administrativo es la Resolución de 27-4-2006 del Tribunal Económico Administrativo Regional de Valencia (TEAR), que desestima la reclamación (12/1127/2003) interpuesta por la entidad "Zara España" S.A. contra la liquidación del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados por importe de 73.267,11 euros girada por lo Servicios Territoriales de la Consellería de Economía y Hacienda de la Generalitat Valenciana.
"Zara España" S.A., parte actora del proceso, presentó en su momento declaración-liquidación del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados relativa a una escritura notarial que contiene una entrega inmobiliaria sujeta a IVA por ejercicio de opción de compra inserta en contrato de arrendamiento financiero. Después de aplicar el tipo legal del 1% a la base imponible, la actora ingresó 5.859,87 euros. La Administración Tributaria rectifica la referida autoliquidación, porque no considera correcta la base aplicada por la declarante, girándole, en consecuencia, liquidación por importe de 73.267,11 euros.
El TEAR dice apoyarse en la doctrina del Tribunal Económico Administrativo Central, según la cual "...en las compraventas mediante las que se ejercita una opción de compra vinculada a un contrato de arrendamiento financiero, sujetas a la modalidad 'actos jurídicos documentados', la base imponible viene constituida por el valor real del bien adquirido, prescindiendo del precio o valor residual pactado previamente en el contrato de arrendamiento financiero".
Alega la actora, discrepando del criterio del TEAR, que la base de su autoliquidación debe atender al precio fijado en la escritura para la opción de compra; pues el arrendamiento financiero no constituye el hecho imponible objeto de tributación, aunque el órgano de gestión insista en confundir dos figuras distintas (arrendamiento financiero y opción de compra). Sostiene que los intereses del arrendamiento financiero no forman parte del precio del bien, tampoco a efectos fiscales. "Así pues, si la transmisión de la propiedad ya se puede vislumbrar con la propia escritura de arrendamiento financiero y...
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