STSJ Andalucía 1483/2012, 10 de Mayo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1483/2012
Fecha10 Mayo 2012

Recurso.- 3293/11(L), sent. 1483/12

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILTMOS. SRES.:

Dª. Mª ELENA DÍAZ ALONSO, Presidente

Dª. MARIA GRACIA MARTINEZ CAMARASA

D. JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ BENEYTO ABAD

En Sevilla, a diez de mayo de dos mil doce.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen.

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚMERO 1483 /12

En el recurso de suplicación interpuesto por AGRUPACIÓN DE EMPRESAS AUTOMATISMOS MONTAJES Y SERVICIOS S.L. (GRUPO AMS), representado por el Graduado Social D. Manuel A. Navarro Maldonado, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Huelva en sus autos núm. 1182/10; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. DON JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ BENEYTO ABAD, Magistrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, el recurrente fue codemandado, junto a INDRA SISTEMAS S.A., UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS DIASOFT- NOVASOFT-SADIEL, SAS por D. Baldomero, en demanda de despido, se celebró el juicio y el 7 de abril de dos mil once se dictó sentencia por el referido Juzgado, estimando la pretensión, declarando improcedente el despido y condenando a las consecuencias legales a la AGRUPACIÓN DE EMPRESAS AUTOMATISMOS MONTAJES Y SERVICIOS S.L. (GRUPO AMS).

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"Primero.- El actor, Don Baldomero, mayor de edad, con DNI NUM000 viene prestando servicios por cuenta y bajo dependencia de "Agrupación Empresas Automatismos Montajes y Servicios S.L. "(Grupo AMS) desde el 1 de septiembre de 2003, con categoría profesional reconocida de Auxiliar Técnico de Organización, percibiendo un salario diario bruto, en cómputo anual, de 47'30 euros.

Segundo

El demandante inició su relación laboral con la mercantil "Sinfored", con domicilio social en calle Manufactura, 4, de la localidad de Mairena del Aljarafe (Sevilla), mediante sucesivos contratos temporales, causando baja en dicha empresa el 31 de julio de 2006.

Tercero

GRUPO ASM", con CIF n0 B91499152, se constituyó por virtud de Escritura Pública otorgada ante Notario de Mairena de Aljarafe D. Luis Barriga Fernández, el 2 de diciembre de 2005, por tiempo indefinido, con domicilio en el Polígono Pisa de Mairena del Aljarafe (Sevilla), teniendo por objeto social: suministro, instalación, mantenimiento de instalaciones eléctricas, informáticas, telefónicas, de seguridad, control de acceso y megafonía, así como todo tipo de actividades que sean complementarias, accesorias, auxiliares de las aquí relacionadas. Las instalaciones de climatización, calefacción y agua caliente sanitaria, así como su mantenimiento en general. La adquisición, administración y enajenación, y en general, tenencia de acciones y participaciones representativas del capital social de otras entidades, excluyendo expresamente las actividades propias de las sociedades financieras y del mercado de valores. La prestación de servicios de gestión, administración, marketing, recursos humanos, asesoramiento, contabilidad a las sociedades en cuyo capital ostente participación. La tenencia, adquisición explotación, disfrute, enajenación de toda clase de bienes inmuebles, tanto rústicos como urbanos, la promoción y construcción de urbanizaciones, y toda clase de edificaciones con destino a viviendas, oficinas y locales de negocio, de protección oficial o libre, y cualquier otra finalidad, así como su posterior venta o arrendamiento, por si mismo o en nombre de tercero mediante contrato de agencia. La adquisición, arriendo y subarriendo de toda clase de fincas rústicas, para su explotación agrícola y/o ganadera. La realización, en general, de cualquier otra actividad relacionada, directa o indirectamente con las anteriores y que no esté prohibida por la legislación vigente. Las anteriores actividades podrán ser desarrolladas por la Sociedad, en todo o en parte, bien de forma directa, o bien de forma indirecta, mediante la participación en otras sociedades con objeto social idéntico o análogo.

El domicilio social de dicha entidad está situado en calle Manufactura no 4, de la localidad de Mairena del Aljarafe (Sevilla).

Cuarto

La citada mercantil absorbió, con efectos de 1 de enero de 2006 a seis sociedades, entre las que se encontraba "Sinfored S.L.U." con disolución de estas últimas, sin que existiera aumento del capital social de aquélla ni relación de canje alguna, puesto que con anterioridad a la fusión la sociedad absorbente era socio único de cada una de las absorbidas, cuyo patrimonio se traspasó en bloque a la sociedad absorbente.

Quinto

Con fecha 1 de agosto de 2006 "Grupo AMS" cursó el alta en Seguridad social del hoy actor, celebrando con el mismo el día 1 de noviembre de 2006 contrato de duración determinada, para obra o servicio, con objeto definido como "Técnico de soporte a las aplicaciones de los sistemas de información en centros de distrito, centros de salud y centros de urgencias del SAS en la provincia de Huelva, según proyecto para Indra"

En la estipulación séptima del citado contrato se establecía que sería de aplicación al mismo el Convenio Colectivo de Industrias Siderometalúrgicas de la provincia de Sevilla.

Sexto

El Sr. Baldomero, que prestaba servicios en el sector del Distrito Sanitario Sierra de HuelvaAndevalo Central, se encargaba de las tareas de instalación, revisión y mantenimiento de equipos y redes, atención y resolución de incidencias, impartición de información sobre manejo de aplicaciones informáticas, etc.

Para el desempeño de tales tareas "Grupo AMS" puso a su disposición un teléfono móvil.

El demandante poseía tarjeta identificativa expedida por la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía en la que constaba " Baldomero . Técnico Informática. Distrito"

Séptimo

La "APS Andalucía-Diasoft S.L., Sadiel Tecnologías de la Información S.A., Novasoft Ingeniería S.L. UTE Ley 18/1982", con CIF U-14900088, se constituyó por Escritura Pública otorgada ante el Notario de Córdoba D. Angel César Díez Giménez, el 23 de agosto de 2010.

Octavo

Con fecha 2 de marzo de 2006, el Servicio Andaluz de Salud sacó a concurso, por período de dos años, los servicios de soporte continuo para todos los Centros de Distrito, Centros de Salud y Centros de Urgencias del Servicio Andaluz de Salud.

Noveno

La codemandada, "Indra Sistemas, S.A." resultó adjudicataria del citado concurso, suscribiendo con el SAS el 27 de junio de 2008 "Contrato tipo de servicios" incorporado a los folios 724 a 727 de lo actuado, con duración inicial de un año, si bien el mismo fue prorrogado por un período de dos años, y en virtud de acuerdo suscrito entre ambas partes el 26 de junio de 2008.

Mediante cláusula adicional de 16 de mayo de 2008 ambas partes habían acordado modificar el objeto del citado contrato, a fin de ampliar el Soporte Avanzado para acometer las nuevas necesidades surgidas en el parque de microinformática y terminales ligeros de los Centros de Salud de Atención Primaria y que comprende la realización de las siguientes tareas: -Migraciones a la línea de RCJAv2, permitiendo así la entrada en Diraya de centros que actualmente, y debido a su tipo de línea, no lo pueden hacer, mejorando su capacidad.

-Actualización del nuevo antivirus corporativo en todos los PC's del parque. La version que se instala es actualizable remotamente.

-Nueva configuración Citrix en todos los PC's de los Centros de Salud motivada por la creación de granjas provinciales.

-Instalación y pilotaje de nuevas imágenes Linux en los PC's más antiguos del parque para mejorar su rendimiento,

-Creación e instalación particular de nuevos centros para el pilotaje de las nuevas versiones del módulo de Atención Primaria de Diraya.

-Implantación del visor de pruebas de radiodiagnóstico (RX) en ¡os Centros de Salud de Atención Primaria,

-Soporte de apoyo en los hospitales y los distritos reconvertidos en Areas de Gestión Sanitaria para la interconexión Diraya AP y Diraya AE.

Décimo

Con fecha 27 de julio de 2006 "Indra Sistemas S.A." y "Grupo AMS" suscribieron Acuerdo Marco (folios734 a 744, por reproducidos) cuyo objeto lo constituía "la regulación de los términos y de las condiciones aplicables a la prestación", por parte de "Grupo MAS" (proveedor) para "Indra" "de los servicios de consultoría, asesoramiento, y/o soporte, tanto técnico como administrativo que Indra Sistemas. S.A. pudiera solicitarle a través de las correspondientes Peticiones de Servicios en las cuales quedarán detallados los servicios a prestar por aquél".

En su Cláusula Cuarta del citado contrato, bajo ¡a rúbrica "Lugar de trabajo. Equipamiento. Sistemas de Información" se establecía:

"4.1. Lugar de trabajo.

La prestación de servicios por el proveedor podrá realizarse:

En sus locales y con sus propios medios.

En los locales de Indra, o en los de cualquier tercero cliente de Indra, cuando Indra lo considere necesario por razón de los servicios a prestar (...).

Cuando los servicios hayan de prestarse en los locales de Indra o de un tercero, INDRA advertirá al PROVEEDOR de todas las reglas y normas específicas o prácticas que deban cumplirse en las instalaciones de Indra o del tercero. El PROVEEDOR cursará las oportunas instrucciones a su personal para el cumplimiento de estas normas cuando se encuentre en las instalaciones de INDRA o del tercero.

El PROVEEDOR será responsable de que su personal respete en todo caso las normas de seguridad establecidas por INDRA y/o...

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