STSJ Comunidad de Madrid 1979/2007, 5 de Diciembre de 2007

PonenteSANDRA MARIA GONZALEZ DE LARA MINGO
ECLIES:TSJM:2007:20205
Número de Recurso723/2007
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución1979/2007
Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2

MADRID

SENTENCIA: 01979/2007

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

Sala de lo Contencioso Administrativo

Sección 2ª

Recurso de Apelación nº 723/2.007

Registro General nº 4.317/2.007

SENTENCIA Nº 1.979

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. JUAN FRANCISCO LÓPEZ DE HONTANAR SÁNCHEZ

MAGISTRADOS:

D. MIGUEL ÁNGEL GARCÍA ALONSO

D. FRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS

Dª SANDRA GONZÁLEZ DE LARA MINGO

D. MARCIAL VIÑOLY PALOP

En la Villa de Madrid, a cinco de diciembre de dos mil siete.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, constituida en Sección por los Señores anotadas al margen, el recurso de apelación que con el número 723/2.007 ante la misma pende de resolución interpuesto por PEDRO SERVICIOS HOSTELEROS, S.L., representado por la Procuradora Dª Paloma Ortiz Cañavate Levenfeld, y asistido por el Letrado D. Alfonso Turrión Macías, contra la Sentencia nº 73 de fecha 21 de febrero de 2.007, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 6 de Madrid, en el Procedimiento Ordinaria seguido ante el mismo con el número 30/2,006 contra el Decreto del Sr Gerente de Distrito de fecha 21 de noviembre de 2.005 por el que se desestimaba el recurso de reposición contra el Decreto de la misma autoridad de fecha 5 de septiembre de 2.005, por el que se dispuso el cese y clausura de la actividad de bar restaurante que se ejerce en la Calle Ibiza nº 42, por carecer de licencia municipal de funcionamiento. Siendo parte apelada el Excmo. Ayuntamiento de Madrid, representado y asistido de la Letrada Consistorial Dª María Suárez Junquera.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia apelada contiene parte dispositiva que copiada literalmente dice: FALLO: "Que desestimando el recurso contencioso-administrativo formulado por la Procuradora D_ Paloma Ortiz Cañavate Levenfeld en nombre y representación de PEDRO SERVICIOS HOSTELEROS, S.L., asistido por el Letrado D. Alfonso Turrión Macías contra el Decreto del Sr Gerente de Distrito de la Junta Municipal de Distrito de Retiro del Ayuntamiento de Madrid de 21 de noviembre de 2.005, en el expediente n_ 103/2004706347 que dispuso desestimar el recurso de reposición formulado por la hoy actora el 21 de octubre de 2.005, contra resolución de fecha 5 de septiembre de 2.005, por el que se dictaba el cese y clausura de la actividad de bar restaurante que se ejerce en la Calle Ibiza nº 42, por carecer de licencia municipal de funcionamiento".

SEGUNDO

Notificada la anterior Sentencia, por PEDRO SERVICIOS HOSTELEROS, S.L., representado por la Procuradora Dª Paloma Ortiz Ca_avate Levenfeld, y asistido por el Letrado D. Alfonso Turrión Macías se interpuso recurso de apelación, en el plazo de los quince días siguientes, que fue admitido en ambos efectos por providencia en la que también se acordó dar traslado del mismo a las demás partes para que, en el plazo común de quince días, pudieran formalizar su oposición.

TERCERO

Formuladas alegaciones por la parte apelada, el Juzgado de lo Contencioso-administrativo elevó los autos y el expediente administrativo, en unión de los escritos presentados, a la Sala de lo Contencioso-administrativo.

CUARTO

Recibidas las actuaciones se acordó dar a los autos el trámite previsto en los artículo 81 y siguientes de la Ley 29/1.998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa; y no habiéndose solicitado por las partes la celebración de vista o la presentación de conclusiones, se señaló para la deliberación y fallo del presente recurso de apelación el día veinte de noviembre de dos mil siete en cuyo acto tuvo lugar su celebración.

QUINTO

En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales, y en particular las previsiones de los artículos 80.3º y 81 y siguientes de la Ley 29/1.998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa.

Ha sido Ponente la Illa. Sra. Dª SANDRA GONZÁLEZ DE LARA MINGO, quien expresa el parecer de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso de apelación tiene por objeto la Sentencia nº 73 de fecha 21 de febrero de 2.007, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 6 de Madrid, en el Procedimiento Ordinaria seguido ante el mismo con el número 30/2.006, cuya parte dispositiva dice literalmente: "Que desestimando el recurso contencioso-administrativo formulado por la Procuradora Dª Paloma Ortiz Ca_avate Levenfeld en nombre y representación de PEDRO SERVICIOS HOSTELEROS, S.L., asistido por el Letrado D. Alfonso Turrión Macías contra el Decreto del Sr Gerente de Distrito de la Junta Municipal de Distrito de de Retiro del Ayuntamiento de Madrid de 21 de noviembre de 2.005, en el expediente n_ 103/2004706347 que dispuso desestimar el recurso de reposición formulado por la hoy actora el 21 de octubre de 2.005, contra resolución de fecha 5 de septiembre de 2.005, por el que se dictaba el cese y clausura de la actividad de bar restaurante que se ejerce en la Calle Ibiza n_ 42, por carecer de licencia municipal de funcionamiento".

El Procedimiento Ordinario nº 30/2.006 tenía por objeto, a su vez, el Decreto del Sr Gerente de Distrito de fecha 21 de noviembre de 2.005 por el...

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