STSJ País Vasco 875/2012, 27 de Marzo de 2012

PonenteFLORENTINO EGUARAS MENDIRI
ECLIES:TSJPV:2012:780
Número de Recurso697/2012
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución875/2012
Fecha de Resolución27 de Marzo de 2012
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: 697/12

N.I.G. 48.04.4-11/001299

SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

En la Villa de Bilbao, a 27 de marzo de 2012.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los/as Iltmos/as. Sres/as. FLORENTINO EGUARAS MENDIRI, Presidente en funciones, D. JOSE LUIS ASENJO PINILLA y Dª ANA ISABEL MOLINA CASTIELLA, Magistrados/as, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación interpuesto por Regina, Africa y Elisenda contra la sentencia del Juzgado de lo Social num. 7 de los de Bilbao de fecha doce de Mayo de dos mil once, dictada en proceso sobre SSO (REINTEGRO GASTOS MEDICOS), y entablado por Regina, Africa y Elisenda frente a DEPARTAMENTO DE SANIDAD Y CONSUMO DEL GOBIERNO VASCO .

Es Ponente el/la Iltmo/a. Sr/a. Magistrado/a D./ña. FLORENTINO EGUARAS MENDIRI, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

1º Con fecha 26/11/2009, D. Darío, formuló ante la DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SANIDAD DE BIZKAIA, solicitud de reintegro de gastos médicos ocasionados por la asistencia sanitaria en la clinica La Luz en Madrid.

Con fecha 17/2/2010, la Dirección de Aseguramiento y Contrataciòn Sanitaria del Departamento de Sanidad y Consumo del Gobierno Vasco resuelve desfavorablemente la referida solicitud de reintegro de gastos médicos.

El Sr. Darío falleció con fecha 25/12/2009 . Con fecha 25/6/2010 se presenta por los familiares del Sr Darío reclamaciòn previa frente a la antedicha Resoluciòn.

Las demandates son, respectivamente, la viuda y las hijas Don Darío .

2º Don Darío fue atendido por los servicios sanitarios del SVS en el Hospital de Basurto, iniciándose el 9/3/2009, en el que el Sr Darío acude al servicio de urgencias por presentar un cuadro clínico de dolor abdominal supraumbilial. Tras la exploración general y complementaria se le diagnostica epigastralgia y GEA (gastroenteritis aguda), con analítica dentro de la normalidad y marcadores tumorales negativos, pautándole tratamiento farmacológico (omeprazol) presentando evolución favorable, dándosele de alta, con tratamiento y control por su médico de familia. Se le indica la realización de gastroscopia y cita con especialista de aparato digestivo.

Con fecha 18/3/2009 ingresa en el mismo servicio por dolor abdominal, practicándosele exploración general y pruebas complementarias de analítica rx electrocardiograma y Tac abdominal, que objetiva Pancreas de tamaño y morfología normal, con captación de contraste de forma homogenea, se identifica discreta dilataciòn del conducto pancreático principal y accesorio, sin signos que sugieran cambios de pancreatitis. Se le diagnostica pancreatitis, dándosele de alta, remitiendole a control con el especialista de digestivo, omeprazol y dieta blanda.

Con fecha 5/4/2009 ingresa en el mismo servicio por cuadro de dolor abdominal, vómitos y mareos. Tras exploración general y pruebas complementarias, se diagnostica dolor abdominal y vómitos, pautándole tratamiento farmacológico (paracetamol), presentando evolución favorable, dándosele de alta y reomendandole control por especialista.

Con fecha 7 de abril el Sr Darío ingresa en el servicio de aparato digestivo del hospital de Basurto, por presentar episodios de dolor abdominal de tipo cólico, vomitos y deposiciones desde hace dos meses. Se le practica exploración clínica y pruebas complementarias, analítica, gastroscopia ecografia abdominopélvica, Tac abdominopélvico, edema opaco, ecoendoscopia, concluyéndose como diagnóstico el de estreñimiento crónico, colicolocon cólicos biliares colelitiais pancreatitis crónica. Se le recomienda colcisstectomía siendo dado de alta el 28/4/2009.

Ingresa nuevamente en el servicio de cirugía general y aparato digestivo el 5/5/2009, con diagnóstico de colicistectomia laparoscópica, siendo IQ, confirmándose la existencia de microlitiasis de colesterol y pancreatitis, siendo dado de alta hospitalaria el 14/5/2009.

Con fecha 5/6/2009 se le practica una ecoendoscopia, evolucionando con normalidad, objetivándose cambios sugestivos de pancreatitis, si bien, a nivel del cuello hacia cabeza se apreciaba una imagen mal definida que producia distorsion de la imagen por los cambios pancreáticos. se realiza punción para estudio citológico. Se realiza informe de anatomía, que objetiva negativo para células malignas.

El 11/8/2009 se le realiza prueba analítica con elevación de determinaciones analíticas .

Por parte del comité de tumores pancreáticos desestimò la opciòn quirúrgica. El paciente es remitido con fecha 13/8/2009 desde el servicio de cirugía al servicio de hospitalizaciòn a domicilio para nutrición parenteral por probable neoplasia pancreática. Al Sr Darío presentaba un peso de 51 Kg, manteniéndose afebril con glucemias más o menos controladas, presentando diarreas por la nutrición parenteral . No toleraba la nutrición oral.

Con fecha 12/8/2009 los familiares del Sr Darío solicitaron en el Servicio de atención al paciente del Hospital de Basurto una segunda opinión, que se le fijó para el día 18/8/2009, cerrándose el trámite por inasistencia del paciente.

El día 17/8/2009 se realizó consulta por los familiares del paciente al centro privado Clínica La Luz, en Madrid, realizándosele prueba de Rm el 20/8/2009, siendo intervenido en dicho centro el 22/8/2009, permaneciendo ingresado hasta el 6/9/2009.

El especialista de la Clínica privada realiza un juicio clínico que indica tumoraciòn de páncreas compatible con adecarcinoma, aconsejando intervención quirúrgica para confirmar la posibilidad de realización de una exeresis del páncreas o, en su defecto, la realización de una triple derivación biliar gástrica y pancreática . Practicada la IQ, se objetiva tumoraciòn en cabeza de páncreas, sin que en los estudios extemporaneos se indique la presencia de tumoraciòn maligna. No obstante, la existencia de estudio histoquimico y el aspecto tumoral conducen a realizar la triple derivación sin resección del páncreas.

Con fecha 31/8/2009 se emite informe de la unidad de patología de la clínica La Luz, que indica como diagnóstico:

Neoplasia epitelial maligna de páncreas.

Se le dio de alta, tolerando la dieta blanda fraccionada, remitiéndosele a consulta oncológica para estudiar las posibilidades de iniciar tratamiento quimioterápico sistémico. Es visto en el servicio de oncología del hospital de Cruces el 16/9/2009, realizándosele TAC,...

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