STSJ Comunidad de Madrid 1251/2010, 1 de Julio de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1251/2010
Fecha01 Julio 2010

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.7

MADRID

SENTENCIA: 01251/2010

APELACION N 246/2010

PONENTE SRA. Carmen Alvarez Theurer

S E N T E N C I A

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SÉPTIMA

Ilmo. Sr. Presidente:

D. Gerardo Martínez Tristán

Ilmos. Sres. Magistrados:

Dña. María Jesús Muriel Alonso

Dª. Carmen Alvarez Theurer

En la Villa de Madrid, a uno de julio del año dos mil diez.

VISTO por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el recurso de apelación que con el nº 246/2010 ante la misma pende de resolución y que fue interpuesto por D. Vidal, contra la Sentencia dictada, con fecha 28 de diciembre de 2009, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 30 de los de esta Villa y en el Procedimiento Abreviado seguido ante el mismo con el nº 456/09, por la que se desestima el recurso interpuesto contra la Resolución de la Jefatura Superior de Policía de Madrid, de 22 de mayo de 2008, que deniega la autorización de residencia permanente solicitada por el recurrente.

Habiendo actuado como parte apelada el Abogado del Estado, en representación y defensa de la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 28 de diciembre de 2009, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 30 de los de esta Villa y en el Procedimiento Abreviado seguido ante el mismo con el nº 456/09, se dicta Sentencia por la que se desestima el recurso interpuesto contra la Resolución de la Jefatura Superior de Policía de Madrid, de 22 de mayo de 2008, que deniega la autorización de residencia permanente solicitada por el recurrente.

SEGUNDO

Notificada que fue la anterior Sentencia a las partes, por D. Vidal, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación, que, tras ser admitido a trámite, se sustanció por sus prescripciones legales ante el Juzgado de que se viene haciendo mención, el cual elevó, en su momento, las actuaciones a esta Sala. TERCERO.- Recibidas que fueron las actuaciones en esta Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, se acordó formar el presente rollo de apelación y dar a los autos el trámite previsto en los artículos 81 y siguientes de la Ley 29/1.998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; y siendo así que por ninguna de las partes se solicitó la celebración de vista ni la presentación de conclusiones, se señaló para la votación y fallo del presente recurso de apelación la audiencia del día 30 de junio del año 2010, en que tuvo lugar.

Ha sido Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Doña Carmen Alvarez Theurer, quien expresa el parecer de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso de apelación tiene por objeto la Sentencia dictada con fecha 28 de diciembre de 2009, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 30 de los de esta Villa y en el Procedimiento Abreviado seguido ante el mismo con el nº 456/09, por la que se desestima el recurso interpuesto contra la Resolución de la Jefatura Superior de Policía de Madrid, de 22 de mayo de 2008, que deniega la autorización de residencia permanente solicitada por el recurrente.

El Juez de instancia parte del hecho indiscutido relativo a la condena del recurrente, por Sentencia de 15 de marzo de 2005, como autor penalmente responsable de un delito de maltrato de obra y/o amenazas en el ámbito familiar a la pena de prisión por tiempo de cinco meses y diez días, prohibición de aproximarse a la víctima, familiares u otras personas, 13 meses y 10 días, y privación de tenencia y porte de armas durante 16 meses. La Sentencia transcribe el artículo 31.4 de la Ley de Extranjería, y, valorando las circunstancias establecidas en dicho precepto para la concesión de la autorización de residencia de aquellos extranjeros a los que les conste antecedentes penales, consistentes en que se haya cumplido la condena, hubiera sido indultado, o que se encuentren en la situación de remisión condicional de la pena, concluye sin embargo que no habiéndose aportado la certificación de...

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