STSJ Comunidad de Madrid 735/2007, 13 de Noviembre de 2007
Ponente: | JOSE IGNACIO DE ORO-PULIDO SANZ |
Número de Recurso: | 2599/2007 |
Procedimiento: | SOCIAL |
Número de Resolución: | 735/2007 |
Fecha de Resolución: | 13 de Noviembre de 2007 |
Emisor: | Sala de lo Social |
RSU 0002599/2007
T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.5
MADRID
SENTENCIA: 00735/2007
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO SOCIAL-SECCION 5ª
MADRID
Sentencia nº 735
Ilmo. Sr. D. Juan José Navarro Fajardo :
Presidente :
Ilmo. Sr. D. José Ignacio de Oro Pulido Sanz:
Ilmo. Sr. D. Luis Gascón Vera :
En Madrid, a trece de noviembre de dos mil siete.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
en el recurso de suplicación nº 2599/07-5ª, interpuesto por D. Jon representado por el Letrado D. Jesús María Moncayola Martín, contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 9 de los de Madrid, en autos núm. 76/07, siendo recurrida AIRFRAN AIRE ACONDICIONADO S.L., representada por el Letrado D. Pablo José Castro Ferrer. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. José Ignacio de Oro Pulido Sanz.
En el Juzgado de lo Social de procedencia tuvo entrada demanda suscrita por D. Jon, contra Airfran Aires Acondicionados S.L. en reclamación de cantidad, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia con fecha 26 de febrero de 2007, en los términos que se expresan en el fallo de dicha resolución.
En dicha sentencia, y como HECHOS PROBADOS, se declaraban los siguientes:
La empresa demandada AIRFRAN AIRES ACONDICIONADOS S.L. presentó solicitud de autorización de residencia y de trabajo para el actor DON Jon, que le fue denegada (folio 6 e interrogatorio parte actora).
El 23.11.06 presentó el actor papeleta de conciliación por despido celebrándose el acto administrativo ante el SMAC el 13.12.06, sin efecto ante la incomparecencia de la demandada.
Presentada demanda judicial repartida al Juzgado de lo Social nº 35 se llevó a cabo la conciliación judicial el 05.02.07, que el Acta recoge en los siguientes términos:
"La empresa, sin prejuzgar la existencia o no de relación laboral, ofrece por la finalización de la relación mercantil la cantidad neta de 4.000 euros, que hacen efectivos en este acto mediante entrega de cheque bancario de la entidad Caja Madrid con nº 9.601.274 6 8200 3.
El trabajador acepta.
Ambas partes manifiestan que del presente acuerdo quedan excluidas las posibles cantidades correspondientes a los trabajos realizados por el demandante por cuenta propia y no abonados por la empresa al trabajador".
El 23.11.06 fue registrada por el SMAC papeleta de conciliación en que el actor viene a reclamar 3.600 euros en concepto: Pagas extras, vacaciones, salarios de tramitación (folio 26).
El acto se celebró sin efecto ante la incomparecencia de la demandada el 13.12.06.
El actor ejecutó trabajos por su cuenta consistentes en instalaciones para aire acondicionado para la demandada, cobrando según lo pactado por obra ejecutada y dirigiendo el demandante el trabajo con total...
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