STSJ Comunidad de Madrid 1058/2010, 1 de Diciembre de 2010

PonenteINES MARIA HUERTA GARICANO
ECLIES:TSJM:2010:17809
Número de Recurso980/2009
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución1058/2010
Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 1058

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION OCTAVA

Ilmos. Sres.

Presidente

Dña. Inés Huerta Garicano

Magistrados

D. Miguel Angel Vegas Valiente

D. Gregorio del Portillo García

En la Villa de Madrid a uno de diciembre de dos mil diez

VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los Autos del recurso contencioso- administrativo nº 980/09, interpuesto -en escrito presentado el día 10 de noviembre de 2009-por D. Arcadio, interno en el Centro Penitenciario de Zuera (Zaragoza), posteriormente representado por la Procuradora Dña. Mónica de la Paloma Fente Delgado, contra la Resolución del Ilmo. Sr. Director General de Coordinación Territorial y Medio Abierto de 4 de septiembre del mismo año, en el particular que mantiene su destino en dicho Centro Penitenciario.

Ha sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que postuló una sentencia que anulase la resolución impugnada.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicó se dictase sentencia desestimatoria del recurso.

TERCERO

No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba del proceso, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.

CUARTO

Para deliberación, votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 30 de noviembre de 2010, teniendo lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales, habiendo quedado fijada en indeterminada la cuantía de este pleito.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación. Siendo Ponente la Magistrada de la Sección Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente recurso se concreta en determinar si la Resolución impugnada, que, junto con el mantenimiento en el 2º grado del hoy actor, acuerda su mantenerles en el mismo Centro Penitenciario de Zuera, es o no conforme con el ordenamiento jurídico.

SEGUNDO

Del expediente remitido por la Administración demandada y de las alegaciones vertidas en los escritos forenses de las partes, quedan acreditados, por lo que aquí interesa, los siguientes extremos:

D. Arcadio, multirreincidente (con nueve condenas por delitos de robo, hurto y utilización ilegítima de vehículo de motor) e interno en el C.P. de Zuera desde el 30 de septiembre de 2008, en cumplimiento de tres penas (de 6 años y 12 meses, 4 años y 9 meses y 3 meses de prisión) por tres delitos de robo con violencia.

En la Propuesta de Clasificación y Destino de la Junta de Tratamiento del referido Centro constan, por lo que aquí interesa, tres faltas disciplinarias, sin que se aprecien factores de adaptación.

La Junta de Tratamiento, por unanimidad, acordó el mantenimiento del 2º grado y en el mismo Centro de Zuera

TERCERO

La demanda parece ignorar -ya que se centra única y exclusivamente en dicho pronunciamiento- que este Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo es incompetente jurisdiccionalmente para revisar el pronunciamiento relativo al mantenimiento del 2º grado penitenciario -cuyo enjuiciamiento compete al Juez de Vigilancia Penitenciaria (Orden Jurisdiccional Penal)-, quedando limitada su función revisora al particular relativo del mantenimiento en el mismo Centro Penitenciario, por lo que la pretensión relativa a la progresión de grado ha de ser inadmitida por incompetencia jurisdiccional.

Respecto del mantenimiento de destino -cuya impugnación está huérfana de todo argumento-, esta Sala y Sección se ha pronunciado ya en supuestos similares al de autos (a título de ejemplo, y entre otras muchas, cabe citar la Sentencia de 5 de mayo de 2004, dictada en el Rº 1277/01 ) en los que viene afirmando que, conforme al art. 80 del Reglamento Penitenciario, es "La Dirección General de Instituciones Penitenciarias es el órgano...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 22 de Septiembre de 2011
    • España
    • 22 Septiembre 2011
    ...de 2010, dictada por la Sección 8ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso nº 980/2009, sobre traslado de interno a otro centro penitenciario. SEGUNDO Por providencia de 30 de marzo de 2011 se acordó conceder a las partes un pla......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR